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Sesión Ordinaria 27 de Abril de 2010

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CAPITULO V)               MICRORREGIÓN SAN CARLOS

“Territorio de integración”

Artículo 24º) Imagen Objetivo 2025. Se la imagina como una Microrregión con un perfil que integra la valiosa diversidad territorial potenciando su desarrollo equilibrado basado en la diversificación de sus actividades productivas y el adecuado manejo de su valioso capital paisajístico y ecosistémico.

Se vislumbra el posicionamiento de la Ciudad de San Carlos con un perfil redefinido que complemente su faceta de “ciudad dormitorio”, incorporando nuevas oportunidades para sus habitantes.

Se avizora una zona balnearia con un fortalecido carácter de área costera de interfase entre la urbanidad de Punta del Este y el desarrollo costero rochense, adecuadamente conectada y servida.

Paralelamente, se vislumbra una ruralidad con un impulso al desarrollo agroproductivo complementado con actividades ecoturísticas.

Artículo 25º) Directrices Generales.

a) Protección y valorización del paisaje natural o construido.

b) Protección del sistema hídrico, en particular la cuenca de la Laguna del Sauce y de la Laguna Blanca y los humedales, principalmente el del arroyo Maldonado.

c) Mejora significativa del soporte construido y la calidad de vida de la población rural y urbana, en especial la de los sectores de menores ingresos.

d) Afianzamiento y diversificación de las actividades productivas:

d1) fortaleciendo el perfil de la Ciudad de San Carlos como nodo de servicios e infraestructuras de la Aglomeración Central Maldonado/Punta del Este-San Carlos;

d2) promoviendo el desarrollo de tecnología y logística avanzada a lo largo del eje vial Maldonado-San Carlos;

d3) consolidando la actividad agropecuaria articulándola a la de ecoturismo basado en la aptitud del suelo y las cualidades paisajísticas e histórico-culturales de la Microrregión.

e) Fortalecimiento del carácter de área costera de interfase entre la urbanidad balnearia costera de Punta del Este y la de alta naturalidad hacia el departamento de Rocha.

Artículo 26º) Directrices Específicas según la dimensión Físico - Espacial.

a) Reconocimiento de áreas singulares de la zona rural de la Microrregión.

Línea de acción: puesta en valor de las cualidades de paisaje natural y cultural del área rural de la Microrregión.

b) Posicionamiento de la ciudad de San Carlos en relación a la conurbación Maldonado/Punta del Este.

Línea de acción: redefinición del perfil de la Ciudad en relación a su alcance y especificidad, complementando su faceta de “ciudad dormitorio” e incorporando nuevas oportunidades para sus habitantes.

c) Fortalecimiento del carácter del área costera de la Microrregión como interfase entre la urbanidad (Punta del Este) y el ecoturismo (Rocha).

Línea de acción: recalificación de la franja de balnearios costeros procurando afirmar la identidad de cada uno de ellos.

d) Revalorización de la estructura e imagen urbana de la ciudad de San Carlos.

Línea de acción: recalificación de la imagen urbana y reordenamiento de actividades.

e) Reformulación y/o mejoramiento del sistema de enlaces (accesibilidad y conectividad).

Líneas de acción:

e1) recalificación del sistema vial de la Ciudad de San Carlos;

e2) superación de los conflictos de accesibilidad derivados del flujo automotor en la zona costera;

e3) fortalecimiento del sistema de transporte público (medios y mobiliario) en la Ciudad de San Carlos.

f) Consolidación de la infraestructura de saneamiento y evacuación de pluviales.

Líneas de acción:

f1) extensión y promoción de conexión a la red pública de saneamiento en la Ciudad de San Carlos;

f2) mejora y ampliación del sistema de desagües urbanos.

Artículo 27º) Directrices Específicas según la dimensión Socio Económica.

a) Diversificación de la actividad económica.

Línea de acción: estímulo a la instalación de nuevos emprendimientos productivos.

b) Fortalecimiento del tejido social organizado.

Línea de acción: promoción y/o consolidación de organizaciones sociales para el Ordenamiento del Territorio Microrregional.

c) Mejoramiento sustancial del hábitat de la población más vulnerable del área.

Línea de acción: regularización de tenencia y fortalecimiento del sistema de infraestructura, servicios a la población y de espacios públicos en “Áreas de Prioridad Social” en la Ciudad de San Carlos.

d) Fortalecimiento del perfil cultural de La Barra.

Línea de acción: fortalecimiento y promoción de la actividad artística.

Artículo 28º) Directrices Específicas según la dimensión Ecosistémica.

a) Recuperación, conservación y desarrollo sustentable de los recursos hídricos principalmente de los humedales y el sistema lagunar.

Línea de acción: protección de áreas de interés ecosistémico.

b) Protección costera.

Línea de acción: manejo costero integrado, recuperación de playas y control de actividades náuticas.

c) Mejoramiento de calidad ambiental.

Línea de acción: gestión de residuos sólidos, domiciliarios, vegetales y escombros.

d) Mitigación de los impactos negativos de las inundaciones en la ciudad de San Carlos “de la amenaza a la oportunidad”.

Líneas de acción:

d1) prevención y anticipación del fenómeno;

d2) recalificación de imagen urbana y definición de usos y actividades.

Artículo 29º) Directriz Específica según la dimensión Político - Jurídico - Institucional. Descentralización administrativa.

Línea de acción: generación de ámbitos de asesoría y consultivos de la Junta Local Autónoma y Electiva de San Carlos.

CAPITULO VI)              MICRORREGIÓN MALDONADO / PUNTA DEL ESTE

“Capital turística del Cono Sur”

Artículo 30º) Imagen Objetivo 2025. La Visión a futuro o Imagen- Objetivo para Maldonado-Punta del Este se explicita:

Por un lado en la idea de “Capital Turística del Cono Sur” y al mismo tiempo constituyéndose en el segundo polo metropolitano de la región costera Colonia-Montevideo-Maldonado-Punta del Este. La aglomeración Maldonado-Punta del Este-San Carlos presenta una expectativa de crecimiento poblacional que le haría alcanzar entre 150.000 y 160.000 habitantes al 2025, en baja temporada. Mientras que para alta temporada la prospectiva poblacional sería de 250.000 a 300.000 habitantes adicionales (población flotante).

Por otro lado con una sociedad conciliada y resuelta la gran contradicción existente entre los sectores más prósperos y los más vulnerables. El mayor ingreso de divisas a la aglomeración debido al turismo internacional, beneficiando igualitariamente a toda la población. Los grandes contrastes socio-económicos, generadores de situaciones de exclusión, quedando a su tiempo resueltos.

Asimismo existen consensos generales que plantean la conformación de un centro polifuncional con las siguientes cualidades:

a) Que se centrará en la aglomeración Maldonado-Punta del Este-San Carlos como segundo polo de la Región Metropolitana Sur.

b) Que centralizará algunas funciones urbanas que superen la escala de la Microrregión. La aglomeración puede ser funcional, en algunos aspectos, al departamento e incluso a localidades de departamentos vecinos, dadas las potencialidades de equipamientos existentes y en desarrollo que presenta.

c) Que se articulará al Subsistema Urbano Costero en el cual se reconocen y se potenciarán diversidades.

d) Que se vinculará y relacionará a otros centros urbanos funcionales al Área Rural.

e) Que se constituirá en asiento de actividades de investigación, universitarias y de actividades logísticas y tecnológicas.

Artículo 31º) Directrices Generales.

a) Fortalecimiento y potenciación del sistema de equipamiento existente -portuario, hotelero, educativo, de servicios, de esparcimiento, de ferias y congresos, etc.- como factores claves para el desarrollo del turismo como principal motor de su economía, afirmando las tendencias recientes de oferta turística y turístico-residencial con orígenes regional y extrarregional.

b) Mejoramiento de la calidad del hábitat de la población residente, y en especial de las condiciones de vida de la población más vulnerable.

c) Identificación, al interior del tejido urbano existente, de áreas de posible mayor densificación.

d) Mejoramiento de la infraestructura de accesibilidad y movilidad tanto para la recepción de población flotante como para la movilidad interna.

Artículo 32º) Directrices Específicas según la dimensión Físico - Espacial.

a) Reconocimiento de áreas singulares de la Microrregión ratificando la diversificación en la oferta turística en uso y en estacionalidad, con propuestas para baja temporada.

Líneas de acción:

a1) puesta en valor de la costa y el sistema insular, del paisaje serrano, del área rural, del sistema hídrico (arroyo Maldonado, laguna del Diario, Río de la Plata, Océano Atlántico) y del patrimonio histórico-cultural. Circuitos estacionales y temáticos diferenciados;

a2) puesta en valor de la historia e identidad de San Fernando de Maldonado y Punta del Este;

a3) difusión de capacidades y ofertas existentes en la aglomeración.

b) Posicionamiento de Maldonado-Punta del Este en relación a otros centros balnearios internacionales como destino turístico, residencial, de servicio y de actividades económicas y de negocios.

Líneas de acción:

b1) adecuación de la imagen de la localidad y su perfil turístico acorde a los requerimientos de mercados diferenciales e internacionales;

b2) incorporación a la oferta turística del departamento de la modalidad de turismo de convenciones.

c) Mejoramiento de la accesibilidad local.

Líneas de acción:

c1) fortalecimiento de la movilidad en relación a las localidades próximas, a nivel regional, y de su equipamiento;

c2) mejora de las capacidades de estacionamiento en temporada.

d) Fortalecimiento de la infraestructura de accesibilidad y servicios para la conectividad regional y extra regional.

Líneas de acción:

d1) mejora de la infraestructura portuaria;

d2) mejora de la infraestructura de servicios de acceso terrestre.

e) Consolidación de la infraestructura de saneamiento.

Línea de acción: extensión de la cobertura de saneamiento en la trama urbana consolidada, según previsiones del plan al 2025.

f) Consolidación del proceso de desarrollo de actividades educativas públicas y privadas.

Línea de acción: reposicionamiento en la región como ciudad universitaria.

g) Recalificación de la imagen de la ciudad con el perfil que la caracteriza.

Línea de acción: adecuación del marco de ordenamiento, normativo e institucional vigente para la Aglomeración (imagen urbana del frente costero y centralidades), sobre la base de la reafirmación de las cualidades de la actual morfología: predominio de los espacios libres a nivel de las parcelas, asociación de edificaciones por espacio y no por medianeras, relativa esbeltez en las construcciones, retiros en todas las orientaciones en función de la altura de las edificaciones, concentración de bloques altos (“torres”) en perímetros seleccionados y vivienda colectiva en tres categorías de agrupamientos (“bloque bajo, medio y alto”), entre otras.

h) Mejoramiento de la imagen urbana y la calidad del espacio público.

Línea de acción: ordenamiento del espacio de uso público y de las áreas verdes urbanas, estudios especiales de las ramblas urbanas.

Artículo 33º) Directrices Específicas según la dimensión Socio – Económica.

a) Diversificación de la actividad económica.

Línea de acción: estímulo a la instalación de nuevos emprendimientos productivos, de servicios y de ofertas turísticas no estacionales.

b) Fortalecimiento del tejido social organizado.

Línea de acción: promoción y/o consolidación de organizaciones sociales del área, en particular las comisiones de vecinos de los barrios de Maldonado.

c) Mejoramiento sustancial del hábitat de la población más vulnerable del área.

Línea de acción: fortalecimiento de obras y programas de equipamiento, servicios y espacios públicos en las “áreas de prioridad social”.

d) Fortalecimiento de identidades locales.

Línea de acción: llamado a propuestas con el fin de contribuir a la valorización de las identidades locales.

Artículo 34º) Directrices Específicas según la dimensión Ecosistémica.

a) Manejo integrado de los recursos hídricos. Recuperación, conservación y desarrollo sustentable de los recursos hídricos principalmente el frente marítimo, los humedales, el sistema lagunar y el sistema insular.

Líneas de acción:

a1) coordinación de políticas respecto al sistema costero. Recuperación, conservación y desarrollo sustentable de los recursos hídricos principalmente el frente marítimo, los humedales, el sistema lagunar y el sistema insular;

a2) gestión y conservación de las condiciones ambientales de la Laguna del Diario (compartido con Directriz de la Microrregión Punta Ballena);

a3) concreción de figuras de Protección para las áreas de interés ecosistémico, vinculado a la propuesta del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas.

b) Puesta en valor de la flora y fauna local.

Línea de acción: relevamiento y difusión de capacidades y valores.

Artículo 35º) Directrices Específicas según la dimensión Político - Jurídico - Institucional.

a) Descentralización y fomento de la participación ciudadana.

Línea de Acción: aproximación de los mecanismos de toma de decisión a los directamente involucrados.

b) Adecuación del marco de ordenamiento, normativo e institucional vigente.

Línea de Acción: reformulación del Marco Normativo actual en función de nuevos requerimientos y de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible.

c) Promoción e Impulso de la confianza mutua entre la administración y la sociedad.

Línea de Acción: acentuación de la transparencia de los procedimientos municipales.

CAPITULO VII)                        MICRORREGIÓN SOLÍS GRANDE

“Portal oeste de Maldonado”

Artículo 36º) Imagen Objetivo 2025. Retomando la visión preliminar de futuro asumida por los participantes en la Sesión de Apertura del Taller Territorial, a la Microrregión se la avizora al 2025 con su potencial productivo agropecuario diversificado y articulado con la actividad turística; contemplando a la vez la protección y valorización del sistema de serranía y de la costa, ambas de singular belleza, aprovechados al máximo como las palancas fundamentales de un desarrollo sostenible, integrado armoniosamente con el del resto del Departamento, asegurando así el arraigo y la calidad de vida de su población.

Artículo 37º) Directrices Generales.

a) Promoción y manejo responsable de modalidades de uso y ocupación de los bienes y recursos naturales y culturales que conforman la significativa oferta ambiental.

b) Mejora significativa del soporte construido y de la calidad de vida de la población residente en especial de los sectores de menores ingresos.

c) Protección y valorización de las áreas rurales de producción agropecuaria y las áreas rurales de paisaje natural o construido, conjuntamente con la promoción de nuevas actividades productivas (incluyendo las industriales de tradición en áreas con esa vocación) en la búsqueda de la desestacionalización de las actividades económicas.

d) Mejora significativa del sistema de interconexión entre la faja costera y el interior de la Microrregión y de ésta con el resto del Departamento.

Artículo 38º) Directrices Específicas según la dimensión Físico - Espacial.

a) Reconocimiento de áreas singulares de la Microrregión.

Línea de acción: puesta en valor del área rural, paisaje serrano y del arroyo Solís.

b) Mantenimiento de la imagen de “balneario verde” conteniendo responsablemente la expansión del tejido urbano.

Líneas de acción:

b1) incremento discreto de la densidad de vivienda a partir de la ocupación de lotes vacíos en fraccionamientos ya existentes;

b2) puesta en valor e incremento de la masa vegetal en espacios públicos y privados.

c) Mejoramiento sustancial del hábitat de la población más vulnerable del área.

Líneas de acción:

c1) fortalecimiento de servicios públicos y sociales;

c2) fortalecimiento del sistema de infraestructura y servicios a la población.

d) Mejoramiento de la accesibilidad.

Líneas de acción:

d1) fortalecimiento del transporte público (medios y equipamiento);

d2) mejora del sistema vial.

e) Reformulación del acceso terrestre oeste a la costa del departamento.

Línea de acción: reestructuración funcional del Área como “puerta de entrada” terrestre del turismo regional y extrarregional.

Artículo 39º) Directrices Específicas según la dimensión Socio – Económica.

a) Diversificación de la actividad económica.

Líneas de acción:

a1) involucramiento en la modificación de la matriz energética nacional;

a2) fortalecimiento del área agroturística y áreas rurales productivas;

a3) dotación de alternativas de alojamiento de pequeña escala (camping, albergues, bed & breakfast).

b) Fortalecimiento del tejido social organizado.

Línea de acción: promoción y/o consolidación de organizaciones sociales del área (AFODEPA, SOLYAGUA, Club Las Flores, Comisiones Vecinales de Dos Puentes, Cerros Azules, Estación Las Flores, Balneario Las Flores, Bellavista y Balneario Solís).

c) Mejoramiento sustancial del hábitat y condiciones de vida de la población más vulnerable del área.

Línea de acción: fortalecimiento del sistema habitacional, de infraestructura y servicios a la población y de espacios públicos en las áreas con mayor proporción de hogares con carencias críticas (Cerros Azules, Estación Las Flores y norte de Balneario Solís).

Artículo 40º) Directrices Específicas según la dimensión Ecosistémica.

a) Protección costera.

Línea de acción: recuperación de la línea de costas en las playas del estuario y de Barra de Arroyo Solís Grande.

b) Mejoramiento de calidad ambiental.

Línea de acción: gestión de residuos sólidos.

Artículo 41º) Directrices Específicas según la dimensión Político - Jurídico - Institucional.

Resolución de problemáticas asociadas a la gestión compartida del territorio con los Departamentos de Canelones y Lavalleja.

Línea de acción: Formación de grupos de trabajo interdepartamentales para la gestión de territorios compartidos.

CAPITULO VIII)                       MICRORREGIÓN PAN DE AZÚCAR

“Vocación productiva y turística en el paisaje serrano”

Artículo 42º) Imagen Objetivo 2025. Se avizora la Microrregión y la ciudad de Pan de Azúcar al 2025 con un perfil productivo reactivado donde Parque Industrial desempeña un rol fundamental en el eje agro-industrial y de industria liviana Pan de Azúcar-Aznárez con una intensa actividad extractiva y un impulso de carácter turístico alternativo, desarrollado en el marco de un protegido y valorado sistema de serranía e hídrico. Paralelamente, se vislumbra una ciudad con un desarrollo socio-espacial equilibrado con infraestructura y servicios de calidad.

Artículo 43º) Directrices Generales.

a) Protección y valorización del paisaje natural o construido.

b) Protección del sistema hídrico, en particular la Laguna del Sauce.

c) Mejora significativa del soporte construido y la calidad de vida de la población rural y urbana, en especial la de los sectores de menores ingresos.

d) Afianzamiento de nuevas actividades productivas en de la Microrregión.

e) Consolidación de las actividades extractivas.

f) Fortalecimiento de la Ciudad de Pan de Azúcar como nodo de servicios e infraestructuras.

g) Consolidación de la Ciudad de Pan de Azúcar, como polo de desarrollo agro-industrial y de industria liviana del sistema productivo Pan de Azúcar-Aznárez, impulsado por el Parque Industrial.

h) Diseño de un perfil turístico alternativo de la Microrregión basado en sus cualidades paisajísticas e histórico-culturales.

Artículo 44º) Directrices Específicas según la dimensión Físico - Espacial.

a) Reconocimiento de áreas singulares de la Microrregión.

Línea de acción: puesta en valor del área rural y del paisaje serrano y zona lacustre.

b) Posicionamiento de la ciudad de Pan de Azúcar en relación a Piriápolis demás localidades del Departamento.

Línea de acción: redefinición del perfil de la Ciudad en relación a su alcance y especificidad, con una faceta turística complementaria a la de “ciudad dormitorio”.

c) Consolidación de la infraestructura de saneamiento.

Línea de acción: corrección de la problemática de conexiones clandestinas de pluviales al saneamiento separativo existente que afecta la Cuenca de la Laguna del Sauce y extensión de la red de saneamiento.

d) Fortalecimiento de la infraestructura de accesibilidad y servicios.

Líneas de acción:

d1) fortalecimiento del transporte (público y otros medios) y equipamiento para la movilidad en relación a otras localidades;

d2) fortalecimiento de las Rutas de accesos terrestres y conexión con otras localidades.

Artículo 45º) Directrices Específicas según la dimensión Socio – Económica.

a) Diversificación de la actividad económica.

Líneas de acción:

a1) fortalecimiento de emprendimientos agroturísticos;

a2) apoyo a la generación de nuevos emprendimientos productivos, agropecuarios, de generación de energías limpias, industriales y agroindustriales.

b) Fortalecimiento del tejido social organizado.

Línea de acción: promoción y/o consolidación de organizaciones barriales de la ciudad de Pan de Azúcar y de Gerona.

c) Mejoramiento sustancial del hábitat de la población más vulnerable del área.

Línea de acción: fortalecimiento del sistema de infraestructura y servicios a la población y de espacios públicos en el área de “prioridad social” de la Ciudad de Pan de Azúcar.

Artículo 46º) Directrices Específicas según la dimensión Ecosistémica.

a) Manejo integrado de los recursos hídricos.

Línea de acción: coordinación de políticas públicas centrales y sectoriales respecto al Arroyo Pan de Azúcar (efluentes industriales, saneamiento, etc.) y otros cursos de agua de la zona.

b) Mejoramiento de calidad ambiental.

Línea de acción: gestión de residuos sólidos.

Artículo 47º) Directrices Específicas según la dimensión Político - Jurídico - Institucional.

Adecuación del marco de ordenamiento, normativo e institucional vigente.

Línea de acción: revisión del marco normativo urbano-edilicio para la Ciudad de Pan de Azúcar y su entorno, que contemple nuevas realidades y el rol futuro de la Ciudad de Pan de Azúcar.

CAPITULO IX)                     MICRORREGIÓN AIGUÁ

“Capital de la aventura”

Artículo 48º) Imagen Objetivo 2025. Retomando la visión preliminar de futuro asumida por los participantes en la Sesión de Apertura del Taller Territorial, a la Microrregión se la avizora al 2025, con su potencial productivo agropecuario diversificado y articulado con la actividad turística. Contemplando a la vez la protección y valorización del sistema de serranía de singular belleza, aprovechados al máximo como las palancas fundamentales de un desarrollo sostenible, integrado armoniosamente con el del resto del Departamento, asegurando así el arraigo y la calidad de vida de su población.

Más específicamente a la Microrregión se la imagina a futuro:

a) Con la Ciudad de Aiguá, definitivamente consolidada como capital del turismo ecológico y rural y como centro estratégico de su Microrregión y de un área de influencia extendida también a los departamentos de Lavalleja, Treinta Tres y Rocha.

b) Con una modalidad de gestión y de marco institucional operativo de desarrollo local interdepartamental, de carácter transversal y multidimensional y posibilitador de la participación ciudadana.

Artículo 49º) Directrices Generales.

a) Valorización y promoción de las áreas rurales de producción agropecuaria de pequeña y mediana escala, con la matriz actual ampliamente diversificada –lechería, cultivos permanentes, cultivos cerealeros.

b) Protección y valorización del paisaje natural o construido.

c) Protección del bosque natural y control del desarrollo forestal de manera de no comprometer el ecosistema natural y paisajístico de la Microrregión.

d) Fomento del ecoturismo y el turismo rural.

e) Mejora significativa del soporte construido y de la calidad de vida de la población rural y urbana, en especial la de los sectores de menores ingresos.

f) Consolidación de la Ciudad de Aiguá, importante nodo de la red vial nacional -rutas 13, 39 y 109-, como centro de servicios para la actividad agropecuaria y como puerta de entrada de una parte importante del turismo receptivo procedente de Brasil hacia los centros turísticos de la franja costera.

Artículo 50º) Directrices Específicas según la dimensión Físico - Espacial.

a) Reconocimiento de Áreas Singulares de la Microrregión.

Línea de acción: puesta en valor del área rural y del singular paisaje de valle y sierra.

b) Posicionamiento de la ciudad de Aiguá como capital del turismo-ecológico y rural- , y puerta de entrada Norte del Turismo extrarregional.

Líneas de acción:

b1) redefinición del perfil de la ciudad en relación a la especificidad y alcance de los servicios y a su imagen urbana;

b2) dotación de infraestructura de saneamiento.

c) Fortalecimiento de la infraestructura de accesibilidad y servicios para la conectividad regional y extra regional.

Línea de acción: fortalecimiento de Ruta 39 como conexión a la zona costera y a la Ruta 8 (conexión a la frontera), y de la 13 y 109 como conexión a Rocha.

Artículo 51º) Directrices Específicas según la dimensión Socio – Económica.

a) Diversificación de la actividad económica.

Líneas de acción:

a1) fortalecimiento de la producción rural agrícola ganadera y promoción de actividades productivas emergentes;

a2) implementación de servicios y equipamiento de apoyo a la actividad ecoturística serrana con perfil de desarrollo local, promoción de Turismo alternativo a Sol y Playa.

b) Mejoramiento sustancial del hábitat de la población más vulnerable del área.

Línea de acción: fortalecimiento de los sistemas de infraestructura, accesibilidad y servicios a la población más vulnerable de la ciudad de Aiguá, Los Talas, y parajes Sarandí de Aiguá, Centinela, la Coronilla, Cerro Negro, Valdivia, Cerrillos.

c) Fortalecimiento del tejido social organizado.

Línea de acción: promoción y/o consolidación de la red de organizaciones sociales de Aiguá y de productores rurales, especialmente los jóvenes.

Artículo 52º) Directrices Específicas según la dimensión Ecosistémica.

Protección y manejo integrado del paisaje serrano.

Línea de acción: protección, conservación, manejo integral y sustentable de laderas y cumbres acorde a las calidades paisajísticas y ambientales.

Artículo 53º) Directrices Específicas según la dimensión Político- Jurídico - Institucional.

a) Aplicación del Derecho de Paso a áreas de alto valor paisajístico y patrimonial.

Línea de acción: acceso a áreas privadas de excepcional interés paisajístico.

b) Formación de grupos de trabajo para la gestión de territorios compartidos.

Línea de acción: resolución de problemáticas asociadas a la gestión compartida con otros departamentos.

c) Formación de grupos de trabajo para el desarrollo y mejoramiento de las actividades productivas.

Línea de acción: apoyo a las instituciones existentes.

CAPITULO X)       MICRORREGIÓN GARZÓN / JOSÉ IGNACIO

“De la campaña a las lagunas y el mar”

Artículo 54º) Imagen Objetivo 2025. Retomando la visión planteada en el Taller por la Administración Local, a la Microrregión de Garzón-José Ignacio se la avizora al 2025 como un territorio de alta naturalidad que integra y abarca toda su diversidad, “De la Campaña a las Lagunas y el Mar”. Esto implica afirmar su identidad como lugar eco-turístico alternativo, articulando con las actividades productivas y culturales emergentes y promoviendo un manejo responsable del ambiente.

Aspiraciones todas ellas equilibradamente promovidas y gestionadas mediante la conjunción de la acción pública, social y privada.

En particular a la Microrregión se la vislumbra:

a) Con sus acontecimientos geográficos singulares preservados y puestos en valor: Borde costero, Sistema lagunar y Sierra de Garzón.

b) Conectada al Este (Rocha) de la Costa Uruguaya a través de un puente fluvial blando e infraestructuras con salvaguarda de sustentabilidad ambiental.

c) Con la localidad balnearia de José Ignacio apostando a su perfil de enclave singular desde el punto de vista ambiental y paisajístico, implementando normas que cooperen a ordenar su desarrollo.

d) Con el pueblo de Garzón, transformado en paraje de interés turístico debido a nuevos emprendimientos que involucran a la población local, con la puesta en valor de su patrimonio histórico, social y cultural, y bien conectado con la región.

Artículo 55º) Directrices Generales.

a) Promoción y manejo responsable de la significativa oferta ambiental de la Microrregión: la franja costera, las Cuencas de las Lagunas de José Ignacio y Garzón y la Sierra de Garzón.

b) Fomento de un desarrollo sustentable con Identidad Local de los centros poblados de José Ignacio y Garzón, en base a su perfil de enclaves singulares desde el punto de vista ambiental, paisajístico y de su patrimonio urbano-edilicio.

c) Manejo de urbanizaciones puntuales y controladas, compatibles con el paisaje de alta naturalidad predominante, así como con los establecimientos agro productivos existentes.

Artículo 56º) Directrices Específicas según la dimensión Físico - Espacial.

a) Reconocimiento de áreas singulares de la Microrregión.

Línea de acción: puesta en valor de las cualidades de paisaje natural, productivo y cultural del área rural de la Microrregión.

b) Manejo prudente de la mancha urbana para coadyuvar a la protección y valorización de las áreas rurales y de paisaje natural o construido.

Línea de acción: ordenamiento sostenible para las urbanizaciones y otras formas de ocupación residencial, tanto en zona costera como en zona rural.

c) Fortalecimiento del carácter singular de los pueblos de José Ignacio y Garzón.

Líneas de acción:

c1) caracterización diferencial de áreas en el Pueblo José Ignacio innovando su actual marco normativo;

c2) mejoras respecto a señalética, publicidad y funcionamiento de establecimientos comerciales en José Ignacio;

c3) valorización del patrimonio edilicio del pueblo Garzón.

d) Mejoramiento de la accesibilidad de la Microrregión.

Líneas de acción:

d1) fortalecimiento de los medios e infraestructura de transporte público;

d2) mejoramiento del sistema de interconexión vial de la Microrregión a nivel regional;

d3) superación de los conflictos de accesibilidad peatonal a las playas, de accesibilidad vehicular y estacionamiento en zonas costeras.

e) Mejoramiento de sistemas de disposición final de efluentes domiciliarios.

Línea de acción: completamiento y mejora de disposición final de efluentes domiciliarios.

Artículo 57º) Directrices Específicas según la dimensión Socio – Económica.

a) Mejoramiento sustancial del hábitat de la población más vulnerable del área.

Línea de acción: fortalecimiento del sistema de infraestructura y servicios a la población y de espacios públicos en área de “prioridad social” al norte de La Juanita.

b) Consolidación y diversificación de la actividad económica.

Línea de acción: estímulo a la instalación de nuevos emprendimientos productivos (agropecuarios, eco-turismo).

c) Definición y fomento de medidas tendientes a la permanencia de la población local de Garzón.

Línea de acción: apoyo a la capacitación de jóvenes y de emprendimientos productivos de carácter familiar-local.

d) Fortalecimiento del tejido social organizado.

Línea de acción: promoción y/o consolidación de organizaciones sociales del área.

e) Promoción de “Garzón cultural”.

Línea de acción: complemento y fortalecimiento del perfil cultural del área (costumbres locales, conservación de la tradición oral).

Artículo 58º) Directrices Específicas según la dimensión Ecosistémica.

a) Protección de la faja costera de la Microrregión. Interfase entre la urbanidad (Punta del Este) y el ecoturismo (Rocha).

Líneas de acción:

a1) manejo responsable del sistema de accesibilidad de la faja costera;

a2) conservación de playas y espejos de agua del sistema lagunar.

b) Recuperación, conservación y desarrollo sustentable de los recursos hídricos principalmente del sistema lagunar.

Línea de acción: concreción de figuras de Protección para las áreas de interés ecosistémico.

Artículo 59º) Directrices Específicas según la dimensión Político - Jurídico - Institucional.

a) Adecuación del marco de ordenamiento, normativo e institucional vigente.

Línea de acción: revisión del marco normativo para la Microrregión de Garzón-José Ignacio en consonancia con las disposiciones de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible.

b) Formación de grupos de trabajo para la gestión de territorios compartidos.

Línea de acción: resolución de problemáticas asociadas a la gestión compartida con otros departamentos.

CAPÍTULO XI)              DISPOSICIONES ESPECIALES

Artículo 60º) Planificación derivada. Las Directrices Departamentales y Microrregionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible identifican los instrumentos derivados que se establecen por los artículos  61º y siguientes.

La enumeración no excluye otros instrumentos que puedan resultar necesarios o pertinentes y para cuya elaboración se sigan los procedimientos establecidos.

El orden en que se glosan corresponde al de su exposición en los antecedentes, sin que indique prelación alguna entre ellos.

Artículo 61º) Planes Locales.

a) Plan Local para la Aglomeración Central Maldonado-Punta del Este-San Carlos;

b) Plan Local para José Ignacio y Área adyacente entre Lagunas José Ignacio y Garzón desde Ruta 9 al Sur y Plan Especial de uso, ocupación y Manejo Integral (Zona de Protección de Fuentes de Aguas y Recursos Hídricos);

c) Plan Local para Piriápolis;

d) Plan Local para el Tramo Costero de la Punta Panorámica de Punta Ballena-Piedras del Chileno y de Ordenamiento Urbano para la Avenida 10 (Ruta Nacional Nº 10) La Barra-Manantiales;

Artículo 62º) Planes Parciales.

a) Planes parciales para la Aglomeración Central Maldonado-Punta del Este-San Carlos;

b) Plan Parcial de Ordenamiento Urbano para la ciudad de Pan de Azúcar;

c) Plan Parcial de Ordenamiento Urbano para Aiguá;

d) Plan Parcial de Ordenamiento Urbano para Garzón;

e) Plan Parcial de Ordenamiento Urbano para Solís;

f) Plan Parcial de Ordenamiento Urbano para el Frente Costero de Piriápolis (Rambla de los Argentinos-Rambla de los Ingleses-Cerro de San Antonio);

g) Plan Parcial de Ordenamiento Urbano para el Centro Histórico de la Ciudad de Maldonado y Plan Parcial de Ordenamiento Urbano para su Área Central;

h) Plan Especial para el Frente Costero del Tramo Costero de la Punta Panorámica de Punta Ballena-Piedras del Chileno;

i) Plan Parcial de Ordenamiento Urbano para la Península de Punta del Este y el área de La Pastora;

j) Plan Parcial para La Capuera “Área de Prioridad Social”;

k) Plan Parcial de Ordenamiento Urbano para Tramos y Sectores Costeros en áreas singulares de la franja costera (Playa Verde, Playa Hermosa, Playa Grande, San Francisco, Punta Colorada, Punta Negra);

l) Plan Parcial de Ordenamiento Urbano para la ciudad de San Carlos y Plan Especial de conexiones a saneamiento;

m) Plan Parcial para Parte de los barrios Halty, Rodríguez Barrios, F. de León, Lavagna y Abasolo de la ciudad de San Carlos;

n) Plan Parcial y Proyecto Urbano de Detalle para la Rambla, Paseo y Parque de San Carlos;

o) Planes Parciales para los barrios Cuñetti, Cerro Pelado, Maldonado Nuevo y otros de la ciudad de Maldonado;

p) Plan Parcial para los barrios Sur y Goicochea de la ciudad de Pan de Azúcar;

Artículo 63º) Planes Especiales.

a) Plan de Manejo para la promoción de actividades de protección, turismo y recreación orientados a la delimitación de paisajes culturales, definiendo las acciones en cada caso acorde a un proyecto territorial particular, que incluye: inventario detallado de recursos patrimoniales, definición de itinerarios, necesidades de equipamiento y acondicionamiento del territorio, delimitación de usos y actividades, medias de gestión;

b) Plan Especial Departamental de Vivienda de Interés Social, en conjunto con Plan de Acción “Producción Social del Hábitat”;

c) Plan Especial Departamental de Huertas a nivel familiar;

d) Plan de Manejo Integral de la Cuenca de la Laguna del Sauce;

e) Plan Especial para el desarrollo de actividades logísticas y tecnológicas avanzadas en el Eje San Carlos-Maldonado;

f) Plan de Manejo para el Área de los humedales del arroyo Maldonado, Laguna Blanca y Laguna de José Ignacio;

g) Plan Especial de protección del monte autóctono a nivel de las riberas de los cursos de agua de todo el departamento;

h) Plan de Manejo de conservación, mantenimiento, renovación, incremento y control de la Masa Vegetal a nivel público y privado en las áreas urbana y rural en conjunto con plan de Mantenimiento y Difusión del valor de la Flora y Fauna Local;

i) Plan de Manejo Conjunto para los bordes del Arroyo Solís Grande;

j) Plan Integrado de Manejo para las Grutas de Salamanca;

k) Plan de Movilidad para todo el departamento;

Artículo 64º) Inventarios y Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos, para la implementación de un Sistema Departamental de Protección.

a) Inventario del patrimonio urbano-arquitectónico existente y categorización, en Piriápolis;

b) Inventario de bienes de interés patrimonial y definición de grados de protección para Pueblo Garzón;

Artículo 65º) Implementación de las Directrices. Los postulados y determinaciones de las presentes Directrices Departamentales y Microrregionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible se implementan a través de las regulaciones normativas y de las determinaciones de orientación para las actuaciones de la Intendencia que contienen.

La orientación para las actuaciones de gobierno quedan determinadas por el conjunto de instrumentos de planificación identificados.

La conducción de la gestión para la implementación de las Directrices reside en el Ejecutivo Departamental. La Intendencia estructurará su actuación en el territorio del departamento en función de sus determinaciones.

Con la actual estructura organizativa de la Intendencia, corresponde a la Unidad de Gestión del Plan Estratégico Territorial, dependiente de la Dirección General de Planeamiento Urbano y Planeamiento Territorial, la conducción del proceso de implementación del Plan y la continuidad del sistema de planificación participativa estratégica derivada y la articulación con las diversas instancias nacionales implicadas.

Artículo 66º) Monitoreo. Evaluación. A efectos del seguimiento técnico y el monitoreo social para la evaluación del proceso de implantación del plan y de sus resultados, la Intendencia establecerá un sistema para el seguimiento de la vigencia de las presentes Directrices Departamentales y Microrregionales y el comportamiento de los factores en el territorio.

Artículo 67º) Vigencia y revisión. La vigencia de las Directrices Departamentales y Microrregionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible será indefinida a partir de su promulgación.

Se iniciará el proceso para la revisión de las presentes Directrices cuando se cumplan alguna de las siguientes circunstancias:

a) se cumplan siete años de la vigencia del Plan;

b) sea solicitada por la Junta Departamental o dispuesta por el Intendente, al valorar el desajuste por variación en alguno de sus supuestos o la necesidad de ajustes por la variación de las condiciones que la promueven.

La revisión de las Directrices podrá ser parcial o general. La revisión será general cuando se deban afectar los objetivos y finalidades de las Directrices o sus líneas estratégicas.

Cualquiera de los contenidos de ordenamiento territorial general podrán ser revisados en forma parcial siempre que no se efectúen dentro de las líneas estratégicas y no se desnaturalicen sus objetivos y finalidades.

CAPÍTULO XII)                        DISPOSICIONES CAUTELARES

Artículo 68º) Alcance. Las disposiciones del presente Decreto son aplicables al territorio de jurisdicción del Departamento de Maldonado hasta tanto se aprueben instrumentos de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible específicos, sin perjuicio de las demás normativas contenidas en los Decretos y Ordenanzas departamentales vigentes.

Todas las divisiones de tierra, cualquiera sea su finalidad o régimen, quedan sujetas a las disposiciones contenidas en las normativas departamentales. Para proceder a cualquier división territorial en el departamento deberá contarse con la aprobación de la Intendencia, la que tendrá en cuenta en su consideración las estrategias contenidas en el presente Decreto.

Quedan sujetos a permiso de construcción todos los actos de edificación, sean de construcción nueva, de intervención en edificios existentes o de demolición y de todas las obras reguladas por el Decreto Departamental Nº  3718 (TONE). El alcance para esta determinación se extiende para todas las propiedades ubicadas en zonas urbanas, suburbanas y rurales del Departamento.

Artículo 69º) Categorización inicial de suelo. Se establecen las categorías y subcategorías de suelo cuya delimitación surge de la Lámina Nº 1 que se adjunta y que forma parte integrante del presente Decreto.

En forma anexa se realiza el deslinde de las delimitaciones establecidas con referencias expresadas por escrito, en la redacción de estos instrumentos de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible específicos.

69.1 Para todos aquellos casos,  en el ámbito rural de todo el departamento de Maldonado, en que  existan construcciones cuyo destino sea el de viviendas individuales o agrupadas, que por sus características constructivas estén comprendidas en las categorías D y E, de acuerdo a la tabla descripta en el Art. 41 inc. 1 del Decreto Departamental Nº  3718 (TONE) para Viviendas Suntuosas y Grandes Residencias respectivamente,   se faculta al Ejecutivo Departamental para la aprobación de la transformación  del suelo  categoría rural - que a tales  efectos y en forma cautelar (art 30 de la ley 18 308)   se le otorga el  atributo potencialmente transformable  en forma genérica  sobre todo el departamento -,  a suelo suburbano residencial campestre.  El plazo máximo de aplicación de la medida cautelar será de 5 años.

Para operar la transformación del suelo rural en suburbano en el marco del Decreto Departamental Nº 3833/ 2007 y de la presente normativa,   el Ejecutivo Comunal deberá  promover de oficio un Programa de Actuación Integrada (art. 21 de la ley 18 308; en adelante PAI.) en el que además del cumplimiento de las condicionantes legales sobre el particular se tendrá especialmente en cuenta lo dispuesto por el art. 6 y concordantes del decreto departamental citado. 

Una vez transformado el suelo rural en suburbano en el marco del presente artículo,  los padrones  afectados y   los que de ellos se deriven, estarán sujetos a las siguientes limitaciones:

a) En caso de ser  predios rurales de superficie menor a 10 Ha, el procedimiento antes descrito se podrá aplicar solo por única vez.

b) La parte del padrón que pasa a ser suburbano deberá ser sujeto de división respecto del padrón original cumpliéndose los requisitos catastrales vigentes lo que será de cargo del titular del inmueble. Si ello no se realiza en el plazo de un año desde que se aprueba el PAI, se cobrará contribución inmobiliaria suburbana sobre la totalidad del predio original donde se encuentren construidas las fincas suntuarias.  Para este tipo de situaciones el Ejecutivo Departamental quedará facultado para realizar la transformación a suelo suburbano de la totalidad del predio original.

c) Sobre la parte del padrón afectado  que continúa categorizado rural, solo se reconoce el derecho a construir  una  vivienda que por sus características constructivas no esté comprendida en las categorías D y E, de acuerdo a la tabla descripta en el Art. 41 inc. 1 del Decreto 3718 para Viviendas Suntuosas y Grandes Residencias respectivamente y siempre de   conformidad con  lo dispuesto por el art. 39 de la ley Nº 18 308.  A los efectos de la aplicación de este literal, se computarán exclusivamente las áreas habitables (vivienda). Los tinglados, depósitos, galpones, etc., no se considerarán y su metraje no significará la aplicación de una categoría superior.

d) El  inmueble  que se transforma en sub urbano solo se puede usar con destino de vivienda familiar, salvo que otro instrumento de Ordenamiento Territorial habilite otros usos. 

e) En el marco de aplicación del presente artículo, se podrán autorizar la existencia de predios rurales con una superficie mínima de 45 000 (cuarenta y cinco mil) metros cuadrados. 

69.2 En caso de detectar errores materiales como consecuencia de la aplicación práctica de las disposiciones del presente decreto, en lo referente a la categorización de suelo a nivel de padrón, se habilita expresamente al Ejecutivo Departamental para que los corrija por medio de resolución en la que se exprese el fundamento de la medida. Dichas resoluciones serán publicadas en el Diario Oficial y notificadas expresamente a la Junta Departamental.

Artículo 70º) Transformación de Categoría. Para la implementación de la transformación de suelo rural en suburbano o en urbano, en los ámbitos en que esto es posible, además de las previsiones generales estipuladas, al realizarse el respectivo Programa de Actuación Integrada deberá tenerse en cuenta:

f)         El uso preferente agropecuario en los ámbitos cuya aptitud de uso de la tierra corresponda a “tierras cultivables con muy escasas limitaciones para la generalidad de los tipos de utilización de tierras” y en las “tierras cultivables con moderadas limitaciones para la generalidad de los tipos de utilización de tierras” , según la determinación del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca, caracterizados respectivamente  como A1 y A2 en el mapa de aptitud de suelo que se adjunta (Lámina Nº 2) y que forma parte del presente decreto. Estos ámbitos en general se reservarán para usos vinculados a la actividad agropecuaria.

g)       La fundamentación socioeconómica y ambiental concreta para los usos en los ámbitos cuya aptitud de uso de la tierra corresponda a “tierras cultivables con severas limitaciones para la generalidad de los tipos de utilización de tierras” según la determinación del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca, caracterizado como A3 en el mapa de aptitud de suelo que se adjunta (Lámina Nº 2) y que forma parte del presente decreto. Se identifican los siguientes ámbitos: 1) norte de Pan de Azúcar, 2) tramo del Arco del Sol entre Pueblo Edén y la Sierra de los Caracoles, 3) norte de Ruta 9 en la zona cercana al Arroyo Garzón hasta alrededores de Pueblo Garzón, 4) sur de Ruta 9 entre la Sierra de la Ballena y el Arroyo Maldonado, 5) sur de la Ruta 9 entre el Arroyo Maldonado y el Arroyo y Laguna José Ignacio, 6) sur de la Ruta 9 entre el Arroyo y Laguna José Ignacio y el Arroyo y Laguna Garzón, 7) sur de las rutas 9 y 73 al oeste de Piriápolis. En estos ámbitos las divisiones de suelo y otras actuaciones (que impliquen nuevos usos del suelo rural potencialmente transformable), podrán afectar hasta un 10% de la superficie total del ámbito y se deberá justificar cualitativa y cuantitativamente sus aportes concretos para la mejora de las condiciones sociales, ambientales y económicas en el área. Para la cuantificación del porcentaje de transformación del territorio rural y por ende su control para estar por debajo del 10% aludido, se tomarán amplias áreas de territorio de superficie no menor a 1.000 hectáreas de área del territorio no transformado a la fecha del presente decreto.

h)       La fundamentación socioeconómica y ambiental concreta para los usos en los ámbitos cuya aptitud de uso de la tierra corresponda al resto de tierras del departamento, excluidas las caracterizadas como A1, A2, A3 mencionadas en los literales anteriores. Las divisiones de suelo y otras actuaciones (que impliquen nuevos usos del suelo rural potencialmente transformable) podrán afectar hasta un 20% de la superficie total del ámbito y deberán justificar cualitativa y cuantitativamente sus aportes concretos para la mejora de las condiciones sociales, ambientales y económicas en el área. Para la cuantificación del porcentaje de transformación del territorio rural y por ende su control para estar por debajo del 20% aludido, se tomarán amplias áreas de territorio de superficie no menor a 1.000 hectáreas de área del territorio no transformado a la fecha del presente decreto.

i)         El especial cuidado en la atribución de usos en las zonas altas y bajas del territorio, siendo obligatoria la realización de una evaluación de los impactos en los ecosistemas y en el paisaje con sus principales conos visuales.

j)         La consideración del manejo costero integrado, para las zonas cercanas a la costa, destacando entre otras la consideración del paisaje, del ambiente y del acceso público a la costa.

k)       Las perspectivas de los sistemas estructurantes del territorio en todas las actuaciones, especialmente en la red vial actual y las previsiones mínimas para su desarrollo futuro que aseguren la conectividad general y local, evitando la generación de áreas extensas no atravesables. En suelo suburbano se podrán admitir superficies mayores a diez mil metros cuadrados para las áreas comprendidas entre los componentes de la trama de la circulación pública en función de la estructura territorial adoptada y del uso turístico como destino principal, siempre que se asegure la continuidad de la trama de la circulación pública y la libre accesibilidad a los espacios públicos actuales y a aquéllos que se creen o se encuentren previstos. El diseño urbano-territorial concreto deberá atender a las singularidades de cada sitio, con diversos grados de formalización y equipamiento acorde, asegurando la accesibilidad a puntos notables y las costas de los cuerpos de agua.

l)         En los ámbitos de suelo rural que se transformen a la categoría suburbano sólo se podrán implantar emprendimientos de clubes de campo, urbanizaciones en régimen común, de propiedad horizontal o similares. En las áreas adyacentes a suelo de categoría urbana, este tipo de emprendimiento no podrá implantarse en forma continua entre sí. Con excepción de aquellos casos en que el gobierno Departamental promueva una continuidad por razones de un Plan de desarrollo Territorial.

m)     En los ámbitos de suelo de la categoría suburbano según la Lámina Nº 1, se podrán efectuar fraccionamientos con un mínimo de 4.000 metros cuadrados por fracción, además de los emprendimientos de los tipos antes indicados, que deberán asegurar una densidad de ocupación bruta similar. En zonas de prioridad social o adyacentes a éstas, el mínimo será de 300 metros cuadrados. Con carácter excepcional en las actuaciones de los programas públicos de viviendas de interés social llevados a cabo por la Intendencia o por convenio con ésta, se admitirán superficies menores. Para el caso de zona suburbana al Norte de Punta del Este, el mínimo de superficie será de 1.000 metros cuadrados. Para el caso de la subcategoría de suelo suburbano de actividades productivas de bienes y servicios, la superficie mínima será de 1.000 metros cuadrados.

Si se trata de suelo adyacente o contigua a zona categorizada urbana y que no sean de interés de desarrollo social, los lotes correspondientes a los fraccionamientos deberán respetar un mínimo de mil metros cuadrados.

i) Toda transformación en la categoría de suelo requiere de un Programa de Actuación Integrada. En estas zonas y siempre que el emprendimiento (tales como: club de campo, hotel de campo, resort, cancha de golf o actividades hípicas, emprendimiento de salud y tratamientos médicos, emprendimiento cultural, etc.) se ajuste en su totalidad a las condicionantes establecidas en las Directrices Departamentales y Microrregionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible y los decretos vigentes y aplicables, se faculta al Ejecutivo Departamental para la aprobación de la transformación en la categoría de suelo rural con el atributo de potencialmente transformable a Suburbano, sin perjuicio de las facultades de contralor de la Junta Departamental.

j) Los instrumentos de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible específicos redimensionarán los ámbitos territoriales en los que se aplicó cautelarmente por la presente norma el atributo de potencialmente transformable en función de los objetivos y estrategias que desenvuelvan.

k) No necesariamente significará la transformación de categoría emprendimientos de la figura de Centrales de Generación Eólica, Parques Ecológicos – Ecotemáticos, Hotel de Campo u otro establecimiento turístico de hospedaje en la zona de categoría Rural. Todos estos programas deberán contar necesariamente con la anuencia de la Junta Departamental.

l) En aquellos padrones que corresponden a la faja costera, deberá preverse la accesibilidad publica a la playa a distancias no mayores a trescientos metros entre sí.

m) La localización de puertos deportivos y/o de cruceros, darán lugar a un cambio de categoría de aquellos terrenos rurales que sean afectados por este tipo de proyecto, sin necesidad de cursar los procedimientos de transformacion de categoria del Suelo estipulados. Este tipo de proyectos se realizarán de manera concertada con la Intendencia Departamental de Maldonado. Requiriendose la realización del PAI y el EIA que corresponda.

Artículo 71º) Régimen de gestión. Los ámbitos territoriales de aplicación para las estrategias cautelares generales de manejo se establecen (casi en su totalidad) en la Lámina Nº 2 adjunta, la que forma parte integrante del presente Decreto.

Sin perjuicio de las normativas vigentes y aplicables, en tanto se aprueben instrumentos específicos de ordenamiento territorial, las zonas delimitadas quedan sujetas a las estrategias generales de manejo que con carácter cautelar y por 5 años se establecen más adelante.

En general para las zonas aquí establecidas la Intendencia deberá extremar los cuidados en las autorizaciones y en las actuaciones en vía de proteger los bienes sociales y ambientales cautelados y promover la elaboración de instrumentos particulares de ordenamiento territorial para su desarrollo sostenible.

Las estrategias generales de manejo comprenden:

h)       Zonas de Prioridad Social en: La Capuera, Balneario Buenos Aires, barrios Halty, Rodríguez Barrios, F. de León, Lavagna, Abasolo de la ciudad de San Carlos, Cerro Pelado y alrededores, Maldonado Nuevo y alrededores en la ciudad de Maldonado, Barrio Obrero de Piriápolis, Estación Las Flores y barrios Sur y Goicochea de la ciudad de Pan de Azúcar  y demás barrios de la periferia de los principales centros poblados del departamento así como barrios pertenecientes a los demás centros urbanos. En estas zonas se priorizarán acciones para el mejoramiento habitacional y urbano.

i)         Zonas de Prioridad Patrimonial y Ambiental, en: la totalidad de la faja costera, el ámbito de la isla Gorriti - extremo de la Península de Punta del Este - Isla de Lobos, el ámbito de Punta Ballena-Portezuelo-Solanas, el ámbito de los cerros de Piriápolis (Pan de Azúcar, del Burro-La Virgen, del Toro, del Indio-del Mono, del Inglés-San Antonio), el ámbito de la península de José Ignacio. En estas zonas, se restringirán las intervenciones, extremando los cuidados para las nuevas actuaciones de edificación. En la faja costera, se permitirán las instalaciones de paradores, pero con las condicionantes antes establecidas.

Para los padrones rurales no potencialmente transformables, ubicados entre el Río de la Plata – Océano Atlántico y la Ruta Nacional Nº 93 o Nº 10 (ubicada más cercana a la costa), se admitirá uso residencial unifamiliar o uso colectivo con previo programa de actuación integrada, condicionado a que:

c)       para la aprobación del permiso de construcción se obtenga la cesión de faja costera de 150 mts (ciento cincuenta metros) de ancho para los  frentistas a la costa

d)       para la aprobación del permiso de construcción se obtenga la cesión de terrenos para vía pública, si así lo requiere el conformar adecuados ingresos a la costa.

e)       Se respete la libre circulación de las arenas a efectos de preservar en lo posible la dinámica costera

f)         Si la construcción involucrada se ubica dentro de la Faja de Defensa de Costas definida por el artículo 153 del Código de Aguas y sus modificativos, aún cuando sea admitida por la presente ordenanza, requerirá el cumplimiento de la normativa vigente referente a Autorización Ambiental Previa.

g)       Se respeten los niveles naturales de terreno, admitiéndose modificaciones imprescindibles y leves.

h)       Se respete la vegetación propia del lugar y no se avance con jardinería que interfiera con la dinámica costera.

u)       Zonas de Protección de las Fuentes de Agua y Recursos Hídricos, en: la totalidad de la cuenca de la Laguna del Sauce y los ámbitos delimitados de: el Bañado del Arroyo Maldonado, la Laguna José Ignacio, la Laguna Garzón, la Laguna Del Diario, la Laguna Blanca y la Laguna Escondida. En estas zonas se desestimularán los emprendimientos de usos agropecuarios de carácter intensivo y se acordarán con las autoridades nacionales competentes los mecanismos para el control en el uso de  agroquímicos. Asimismo, se asegurarán densidades de ocupación extremadamente bajas. Para desarrollos turísticos se reglamentarán la jardinería de forma de limitar la incorporación de ejemplares de especies exóticas y el uso de agroquímicos.

Se destaca la zona del Bañado del Arroyo Maldonado y alrededores, por su gran importancia en la oferta ambiental, la alta fragilidad de su ecosistema y por la importante presión de modificación en el uso del territorio que hoy se está observando; para lo cual se llevará adelante un Programa de Actuación Integrada extendido a toda el área de interés, como paso previo a dar curso a futuros emprendimientos.

v)        Zonas de Protección Paisajística y de Nacientes de Cursos de Agua y Biodiversidad, en: Sierra de las Ánimas, Sierra de los Caracoles-de la Ballena, Sierra de Carapé-Cerro Catedral-Salamanca, entre otros. En estas zonas se desestimulará la forestación con montes de rendimiento y se asegurarán densidades de ocupación extremadamente bajas. Se deberá preservar la vegetación nativa (autóctona) y para todo nuevo emprendimiento se deberá considerar la incidencia del impacto que el mismo produzca sobre el aspecto paisajístico, las nacientes de agua o la biodiversidad.

w)      Zonas de monte serrano, zonas de monte ripario (galería o ribereño) y zonas de monte y matorral psamófilo. En estas zonas se estimulará la preservación de la biodiversidad que allí existe y los aspectos paisajísticos asociados.

x)       Zonas de promoción de la actividad agropecuaria, en: Valle de Aiguá, proximidades de Garzón, norte de San Carlos y cuenca baja del arroyo Solís y área de  Gregorio Aznarez. En estas zonas se acordarán con las autoridades nacionales competentes mecanismos para el estímulo a los emprendimientos productivos de carácter agropecuario. Asimismo, otras actuaciones deberán ser compatibles con este uso preferente.

y)       Zonas para gestión de residuos sólidos y líquidos. Para la utilización de suelo para la gestión de residuos sólidos y/o líquidos urbanos, incluyendo tratamiento, almacenamiento y disposición fina,l deberá realizarse previamente el análisis y evaluación técnica, sanitaria, ambiental, económica y paisajística.

z)       Accesos públicos. Todas las actuaciones deberán asegurar que existan accesos públicos en número suficiente a las costas y a puntos notables por las cuencas visuales que existen desde ellos hacia el paisaje. El número de accesos estará directamente proporcionado a la densidad de ocupación y división de suelo en el entorno. También se asegurará el acceso público a entornos atractivos de paisaje singular o sobre puntos significativos del territorio.

Artículo 72º) Pase al Ejecutivo Comunal a sus efectos. Declárase urgente.

Durante el tratamiento de este asunto, se retiró el Edil Eugenio Pimienta e ingresó el Edil Fernando Velázquez.-

SEÑOR FERNÁNDEZ.- Ahora sí quiero fundamentar.-

SEÑOR GONZÁLEZ.- Señor Presidente…

SEÑOR PRESIDENTE.- Señor Enrique González…

SEÑOR GONZÁLEZ.- Para fundamentar el voto.-

            Lo primero que quiero decir es que acá no era solamente el tema de la gente de Cañada Aparicio, acá hay unos cuantos proyectos que están esperando por la resolución de estas caracterizaciones, pero voy un poco más atrás.-

            Evidentemente hay gente que no la conocía; cuando entró, en setiembre de 2009, había gente que estaba haciendo campaña política, que ya se veía en el Parlamento y que solamente venía a firmar     -ni media hora- y ahora acusa de que no hubo discusión, de que no hubo intervención de las Comisiones en este tema, cuando todos los integrantes de las Comisiones tenían copia del expediente y de los tres expedientes que estábamos tratando.-

Pero creo que se minimiza la discusión, creo que se minimiza cuando lo que se tenía que decir es que acá no había nada desde el punto de vista del ordenamiento territorial, cuando acá se dividían, se fraccionaban padrones dentro de los bañados “jodían” gente y los gobiernos departamentales no decían nada y no pasaba nada. Le vendían terrenos fraccionados a la gente     -habilitados por los Gobiernos Departamentales- arriba de cañadas, adentro de bañados y hasta el día de hoy estamos esperando…

(Aviso de tiempo).-

            …-redondeo, Presidente- y no se habla de eso.-

            Lo otro -y termino, Presidente-: este expediente estuvo en las Comisiones, fue tratado y también hago mías las palabras con respecto a los Secretarios de las Comisiones, que las convocaron y se reunieron las Comisiones para discutir este tema y sí, fueron hoy, fueron hoy las dos, pero se reunieron las Comisiones.-

            Y para terminar -porque se me terminó el tiempo-, esto es un proyecto que arranca desde cero porque  no había nada; estarán más adelante lo que son los planes locales donde se va a hablar del Balneario Buenos Aires, donde se va a hablar también de la zona de las lagunas -donde nunca se hizo nada-, se va a hablar también de la zona de José Ignacio, de la Zona Oeste del Departamento y a partir de ahora se obliga a respetar, cosa que en estos Gobiernos anteriores nunca se hizo, en los quince años del Partido Nacional nunca se hizo. Entonces podrán decir que no les gustan algunas cosas, podrán decir un montón de cosas, lo que no pueden decir es que esto no lo empieza a regular el Gobierno del Departamento y a hacer respetar lo que muchos antes no respetaban.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Redondee…

SEÑOR GONZÁLEZ.- Con las dos manos.-

Gracias, Presidente.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Gracias, señor Edil.-

Señor Edil Daniel Fernández.-

SEÑOR FERNÁNDEZ.- En primer lugar, no esperábamos nada menos del Partido de la oposición, porque todo el Partido Nacional -todo el Partido Nacional- siempre estuvo en contra de la Ley de Ordenamiento Territorial, la cual, desde nuestra humilde opinión, es la mejor Ley que ha sacado este Gobierno, ¿verdad? Hemos hecho un montón de exposiciones hablando sobre el centralismo que tiene Uruguay e, indudablemente, si de descentralización hablamos, darle el poder a cada Departamento para que organice su territorio me parece que es un hecho revolucionario para los cambios que vemos en política.-

            Me extraña que Ediles que no participan en las Comisiones quieran saber hoy de noche -cuando hace meses que lo estamos discutiendo- sobre cuestiones puntuales, cuando no se han molestado ni siquiera en leerla, porque siempre han estado en contra de esta Ley, como estuvieron en contra del Fondo de Retorno por Mayor Valor para el cambio de la Normativa de la Construcción -lo cual vamos a votar un poco más tarde- y que también me parece revolucionario, aunque hace añares que se usa en Estados Unidos y en España, por ejemplo.- (a.f.r.)

            Lo que pasa es que Uruguay era una pequeña chacrita para unos pocos partidos y para unas pocas personas. Esto descentraliza poder, poder de decisión, como nada que se haya hecho antes. Entonces, ¿cómo no votarlo?

            Y en el caso particular de los vecinos, por supuesto que hoy se da el caso de que eso estaba incluido en esto, pero esto va mucho más allá -mucho más allá- y se termina lo que hoy decía el compañero Ruben Toledo de los “maracanaces” que vienen del pueblo, como digitar desde allá lo que se hace con tal zona o con tal territorio. Como se va a dar -como bien dice Ruben Toledo- con los molinos para la energía eólica, que antes se decidía desde los Ministerios en Montevideo dónde los ponían y quién los ponía. Ahora se terminó, tienen que venir, tienen que ir a ese nuevo Municipio o a esa vieja Junta Local, hacer un plan y ver si se les permite o no. Esto es revolucionario.-

            Y bueno, errores podemos encontrar -como hemos dicho todos- miles, pero por primera vez se va a empezar a discutir democráticamente qué territorio vamos a tener, qué realmente es tierra rural y cuál tierra no es rural. Va a entrar a pagar un montón de gente que pagaba 50 centésimos y la mayoría de ellos lo único que ha hecho ha sido reclamar servicios, reclamar seguridad, reclamar limpieza, reclamar caminería y resulta que a fin de año pagan $ 160, $ 170. Entonces, para contribuir a eso que ellos reclaman, aportan muy poco…

(Aviso de tiempo).-

Y generalmente son personas que están muy bien económicamente y son los que más podrían participar de la contribución económica para solucionar lo que después reclaman.-

            Entonces, nos parece desde todo punto de vista que esto es revolucionario y que, aparte, va a obligar a profesionalizar más a los Ediles y a que vengan y participen, porque si no, se quedan descolgados de todo, como ha pasado hasta ahora, que no han participado de nada y ni saben de qué estamos hablando.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Gracias, señor Edil.-

            Tiene la palabra la señora Edila Arrieta.-

SEÑORA ARRIETA.- Gracias, señor Presidente.-

            Sí sabemos de qué se trata el tema, por supuesto que sabemos, pero la verdad es que lo que ha ocurrido aquí, esta noche, es un nuevo atropello hacia las minorías, un nuevo atropello hacia la oposición.-

            Algún Edil bienintencionado dice que esto tiene que ser política de Estado, que tenemos que participar todos y que tenemos que trabajar todos en esto. Vaya manera de participar, si desde el 15 de marzo, que fue aprobado el informe por la Comisión de Medio Ambiente, se introducen una serie de modificaciones y hoy…

(Murmullos en la barra).-

SEÑOR PRESIDENTE.- Perdón, señora Edila.-

            Señoras en la barra, les pido por favor que no haya dialogado.-

            Muchas gracias.-

SEÑORA ARRIETA.- …-gracias, señor Presidente-, hoy, 27 de abril, pasa a gran velocidad por dos Comisiones y, más allá de que nuestros compañeros Ediles del Partido Nacional hayan podido o no asistir a la Comisión, de hecho, no estuvieron presentes. Y, de hecho, pasó por dos Comisiones en el día de hoy, no estaba en el Orden del Día, la Bancada del Partido Nacional no estaba en conocimiento de que esto se iba a tratar en el día de hoy, por lo cual, de ninguna manera podemos aprobar un decreto de tal importancia sin el estudio correspondiente de las modificaciones y de los ochenta y pico de artículos que tiene.-

            Además, nos sorprenden muchísimo las expresiones de algunos Ediles oficialistas, en las cuales se nos dice que acá se parte de cero, cuando aquí hace años que están vigentes leyes de protección del medio ambiente que implican el estudio del impacto ambiental para distintos fraccionamientos o emprendimientos, con lo cual acá estamos diciendo que todo se va a gestionar desde Maldonado. Así que parece que Maldonado es un mundo aparte nomás, porque, en definitiva, no interesan las leyes nacionales y no interesa nada, todo tiene que gestionarse acá, sin…

(Dialogados).-

SEÑOR PRESIDENTE.- Señores Ediles, no dialoguen, por favor.-

SEÑORA ARRIETA.- …sin saber si hay contradicción o no con las leyes nacionales o, como decía mi compañero, con el Tribunal de Cuentas.-

Entonces acá nos juntamos, vemos si nos interesa o no, si nos parece bien y le damos para adelante, cuando en realidad hace años que acá               -posteriormente a la Ley de Centros Poblados- no se hace ningún fraccionamiento sin que los Técnicos del Municipio, de la Intendencia de Maldonado, estudien el fraccionamiento, las calles, los espacios verdes, las curvas de nivel para ver los escurrimientos y que no existan inundaciones de los terrenos ni que estén en bañados, cómo se van a evacuar las aguas pluviales y las aguas servidas, así como se les exigen las obras de saneamiento, agua y luz antes de la aprobación de un fraccionamiento, por si algún Edil no lo sabe.- (a.g.b.)

            Y eso hace años que está vigente y que se aplica, no ni de dos, ni de tres, ni de quince años de Administraciones anteriores, sino desde el 70 y pico cuando entró en vigencia la Ley de Centros Poblados. Así que acá no empezó Maldonado con el Frente Amplio.-

(Aviso de tiempo).-

SEÑOR PRESIDENTE.- ¿Puede redondear, señora Edila?

SEÑORA ARRIETA.- Sí, señor Presidente, ya redondeo.-

            No empezó Maldonado con el Frente Amplio ni partimos de cero, sino que con esto estamos corriendo el riesgo de contradecir leyes nacionales, aprobadas por el propio Gobierno. Y la Ley… por supuesto que el Partido Nacional ha estado en contra de esa Ley, porque tiene grandes problemas que reconoce el Gobierno Central.-

            Muchas gracias, Presidente.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Gracias, señora Edila. Tiene la palabra el señor Edil Rodríguez Lima.-

SEÑOR JOSÉ RODRÍGUEZ.- Presidente, primera cosa: me hubiese gustado que, aunque se votara en contra, estuvieran los quince colegas del Partido Nacional. Primera cosa.-

            Voy a hablar con tranquilidad, porque no estoy en campaña electoral y aparte…

SEÑOR FERNÁNDEZ.- Y que vienen cuando hay temas importantes.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Señores Ediles, no dialoguen, por favor. Está fundamentando el voto.-

(Murmullos).-

            Está fundamentando el voto, señor Edil, por favor.-

SEÑOR JOSÉ RODRÍGUEZ.- Decía, Presidente, que voy a fundamentar con tranquilidad, porque no estoy en campaña electoral y aparte las encuestas me dan tranquilidad: 48 a 28, ya ni me preocupa.-

SEÑORA ARRIETA.- Confíense nomás.-

SEÑOR JOSÉ RODRÍGUEZ.- Lo que sí me quedó claro  hoy es que los Ediles del Partido Nacional no conocen el tema y ahí está la gravedad. No han leído el expediente; hicieron preguntas a la Mesa para que la señora Secretaria dijera la fecha y eso es lo que me pone nervioso, porque hace meses que tenemos este expediente en la Junta Departamental y ni siquiera lo han mirado.-

Pero, Presidente, para ser positivo le voy a decir que me voy contento, por la gente, primera cosa, por la gente de Cañada Aparicio, pero también me voy contento porque es real lo que plantea nuestro compañero Enrique González; no se limita este tema sólo a Cañada Aparicio.-

Presidente, es un tema que nosotros lo hemos tratado con tal seriedad, pero con tal seriedad que hasta incluso en la Bancada del Frente Amplio se hicieron las preguntas necesarias para que hoy la Bancada tuviera las dieciséis manos levantadas y que estemos todos tranquilos; muy lejos de lo que plantea algún Edil, casi abogado, del Partido Nacional… de que esto es tomar a la ligera un tema de importancia como es la categorización de suelos en Maldonado.-

Lo que fundamentan algunos Ediles del Partido Nacional es el reconocimiento, y vuelvo a lo que planteaba mi colega Enrique González, que como estaban en otra cosita  y se veían de traje y corbata en el Parlamento, hubo expedientes a los que no le dieron importancia. Y es una pena, porque este expediente marca un antes y un después en los cinco años que nosotros tenemos en esta Junta Departamental, porque créame Presidente, que yo me considero un Edil medianamente serio, ¿verdad?, y cada expediente que me llega lo leo, lo analizo, le busco lo que    muy pocos  le    buscan, y esto -esto- me da la tranquilidad de que es un expediente de tal importancia que me dice…

(Aviso de tiempo).-

            …-redondeo- “‘Chino’, fue importante tu pasaje en estos cinco años por esta Junta Departamental”.-

            Gracias, Presidente.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Gracias, señor Edil.-

            Señor Edil Rodrigo Blás.-

SEÑOR BLÁS.- Señor Presidente, decir que a partir de este instrumento la Intendencia toma el manejo de sus tierras -que yo creo que lo dicen de buena fe- es el disparate más grande que he escuchado.-

            A partir de la Constitución de 1917, los Gobiernos Departamentales tienen la Policía, el ordenamiento de la construcción en sus tierras y en función de eso hace ciento cincuenta años que existen las Juntas Departamentales, que existen las Comisiones y que son los Gobiernos Departamentales los que deciden. Es más: los Ediles que hoy dicen que a partir de hoy han pasado cinco años decidiendo dónde se fracciona, dónde no se fracciona, si se fracciona, y los Gobiernos Departamentales…

(Dialogados).-

SEÑOR PRESIDENTE.- No dialoguen. Señores Ediles, no dialoguen, por favor.-

SEÑOR BLÁS.- Entonces, esta no es la piedra fundamental, este es un nuevo ordenamiento de gestión de suelo que se establece.-(cg)

            Que es importante, cómo no va a ser importante si es la categorización de los suelos de todo el Departamento.-

Quizás sea tan importante que hubiese merecido que se llamase -como se llamó para la Ordenanza- a los técnicos de todos los  Partidos para que hicieran sus aportes; no debe ser tan importante, porque no llamaron a nadie.-

            Si hubiera sido tan importante quizás hubiesen llamado -como llamaron a los arquitectos, a la Sociedad de Arquitectos para la Ordenanza- a la Sociedad de los Ingenieros Agrónomos, que saben de campo, de los Agrimensores, que saben de fraccionamientos; no se llamaron, al único que llamaron fue al “Dios Villarmarzo”, que viene, dibuja, escribe, vota y después salimos a  corregir…

SEÑORA MUNIZ.- No se llamó…

SEÑOR BLÁS.-  Al único que han llamado.-

            Entonces, no me haga que vamos a hacer gárgaras con jugo de fruta.-

            Acá hay una solución particular y para salir del lío de la solución particular, que se arreglaba bien fácil, porque, ¿existen cooperativas de viviendas en Maldonado? Existen. Entonces no hacía falta la Ley.-

            ¿Existen viviendas sociales? Existen. No es a partir de esta Ley.-

            ¿Existe el campo? Existe el campo.-

            ¿Existen chacras? Existen chacras.-

            ¿Existen barrios? ¡Existen barrios!

            ¿O no es Maldonado un Departamento con ciudades, chacras, barrios? ¿Que nació ahora? ¡Por favor!     

            Ahora están para solucionar un problema particular de una cooperativa o de cinco cooperativas y en Maldonado hay dieciocho cooperativas de viviendas más, que ya terminaron sus viviendas y podemos arrancar ahí, frente a los Bomberos, en el año 60.-

No la inventaron ahora a la cooperativa de viviendas ni al terreno para cooperativas, toda la vida ha existido.-

Si había un problema particular, arreglen el problema particular, no metan la mano en todo el Departamento sin saber qué es lo que están tocando para después empezar a chocar contra las distintas realidades.-

            Si todo esto era tan importante lo hubiesen estudiado en tiempo y forma, lo hubiesen mandado al Tribunal, lo hubiesen consultado y no lo hubiesen traído de apuro, un martes, a diez días de las elecciones municipales…

(Aviso de tiempo).-

            …porque hay que sacar expedientes y porque tenemos gente enojada.-

            Lo que le puedo decir, señor Presidente -para redondear- es que hace un año que leí este expediente -con corbata, sin corbata-; si de algo no se puede acusar acá es de que yo no conozca y no lea los expedientes.-

            Es más, he pedido, en este y en el anterior, que alguien me los explique y nadie me los supo explicar. Hablé de zonas, de porcentajes y nadie me supo decir. ¿Sabe, por qué? Porque están votando la entelequia, “es bueno, a partir de ahora empezó”... Empezó hace años.-

            Existen diecinueve Departamentos, todos con sus barrios y  sus ciudades, ahora lo que hay es una obligación de reordenar, no de cambiar, ojo, de reordenar… Entonces, nada empezó hoy y estamos votando una ley que vamos a cambiar una y mil veces más cuando empiecen a chocar contra la realidad de lo que hicieron…

SEÑOR FERNÁDEZ.- Exacto.-

SEÑOR BLÁS.- Bueno, así no se legisla.-

            Gracias, señor Presidente.-

SEÑOR FERNÁNDEZ.- Si a ustedes no les dio con 15 años.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Señor Edil Toledo, ¿usted va a fundamentar…?

SEÑOR TOLEDO.- Sí, gracias, Presidente.-

            Se me vino el alma abajo…

            ¿Cómo se dice cuando se te cae un ídolo…?

(Hilaridad).-

SEÑOR HEBERT NÚÑEZ.- Se te cae un ídolo.-

SEÑOR TOLEDO.- Se te cae un ídolo.-

SEÑOR BLÁS.- Te pasó con Darío, te pasó con el “Flaco” y lo dijiste el otro día en la televisión, todos los días se te cae alguno.-

SEÑOR TOLEDO.- Se me cayó un ídolo.-

            Yo pensé, yo pensé…

SEÑOR PRESIDENTE.- Señores Ediles, no dialoguen, por favor.-

SEÑOR TOLEDO.- Yo no estoy dialogando, estoy fundamentando el voto.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Adelante, señor Edil, está en su derecho.-

SEÑOR TOLEDO.- Voté favorable, Presidente, voté favorable, porque creo que empezamos seriamente. Primero, a ordenar el territorio, a gestionar el territorio y a descentralizar verdaderamente -a descentralizar verdaderamente- y, lamentablemente, hay gente que no entiende y lamentablemente hay gente que no entiende por razones políticas.-

            Mire, Presidente, hace unos meses atrás concurrimos a un Seminario que se hizo en Treinta y Tres sobre esta Ley de Ordenamiento Territorial, al que fueron varios Departamentos: estuvo Rocha, Treinta y Tres, Cerro Largo, Lavalleja, Maldonado y, ¿sabe una cosa? Los Departamentos que llevaban adelante esta Ley eran los Departamentos de Maldonado, Treinta y Tres, Rocha y Cerro Largo en parte; Lavalleja, como era un Gobierno del Partido Nacional y estaba en contra de la Ley -esto fue antes de las elecciones nacionales, pensaban que todavía se podía cambiar, derogar esa Ley-, no habían hecho absolutamente nada. Hoy son el tapón del tapón en lo que a esta Ley se refiere y lo lamento por la gente del Departamento de Lavalleja.- (m.g.g)

Y ahí se vio y se discutió, se vieron las razones políticas, era político. Todos los argumentos son políticos, no hay ningún argumento por el que se pueda decir por qué se está en contra de esa Ley y por qué se está en contra de esta gestión del Departamento. Y no se entiende todavía. Por eso digo que a veces la gente inteligente que se apura a fundamentar, como algún Edil…, me quedo en esto, yo pensaba, es mejor tener al señor Edil que me precedió en la palabra adelante y no a Ipharraguerre, pero creo que voy a empezar a decir Ipharraguerre era mejor. No se apuraba tanto a decir tanto disparate, decía disparates pero los decía con seriedad.-

(Murmullos).-

            Señor Presidente, lo dejo por ahí.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Gracias, señor Edil.-

            Víctor Hugo Castro tiene la palabra.-

SEÑOR CASTRO.- Paso.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Señor Edil Velázquez tiene la palabra.-

SEÑOR VELÁZQUEZ.- Prácticamente no me dejaron hablar nada así que voy a dar brevemente mi opinión.-

(Dialogados).-

El gran tema y lo fundamental en todo esto que se ha aprobado, señor Presidente, es que votamos los lineamientos de caracterización de suelos, reglamentando lo que es la Ley de Ordenamiento Territorial. ¿Qué es lo importante de todo esto? Es que esta Ley es un instrumento donde el pueblo gestiona a través del Gobierno estrategias de desarrollo, limitando las imposiciones del capital ante ausencia de legislación. Eso es lo importante. Lo demás es perfectible y va a ser perfectible.-

Ahora, si en este mini debate que hubo acá hay gente que cree que esto tenía que pasar por el Tribunal de Cuentas, se está hablando de cualquier cosa.-

            Gracias, señor Presidente.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Gracias, señor Edil.-

            No habiendo más anotados pasamos al tratamiento del Expediente 276/09.-

            ¿Votamos este?

(Dialogados).-

SEÑOR TOLEDO.- ¿Se terminaron los Asuntos Entrados?

SEÑOR PRESIDENTE.- Sí, no había más apuntados, señor Edil, por eso proseguimos. Estaban fundamentando.-

            Seguimos.-

SEÑORA SECRETARIA.- EXPEDIENTE 276/09: Fernando Cairo propone la realización de distintas actividades para el 4/6/2010, conmemorando importante episodio en la Historia de Maldonado, relacionado con la Revolución de Mayo.-

            Dice la Comisión de Cultura:

            VISTO: El presente expediente.-

            CONSIDERANDO I: Que el próximo 25 de mayo se cumple el bicentenario de la Revolución de Mayo, con la cual se logró la independencia de los pueblos del Cono Sur.-

            CONSIDERANDO II: Que con fecha 4 de junio de 1810 el Cabildo de Maldonado fue el primero de la Banda Oriental en adherirse al Movimiento Juntista de Buenos Aires.-

            ATENTO: A lo precedentemente expuesto.-

            La Comisión de Cultura, por unanimidad de presentes, al Cuerpo ACONSEJA: 1°) Prestar aprobación para la realización de un homenaje en conmemoración del bicentenario de la Revolución de Mayo en la Sesión Ordinaria del próximo 1° de junio del presente año. 2°) Se coordine a través de la Mesa del Cuerpo la colocación de una placa recordatoria de tan importante episodio de nuestra Historia y demás gestiones pertinentes a efectos del mencionado evento.-

            Por la Comisión firman los Ediles Mario Lafuente, la Edila Lilia Muniz y el Edil Hebert Núñez.-

SEÑORA MUNIZ.- Señor Presidente.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Sí, señora Edila.-

SEÑORA MUNIZ.- Quisiéramos que se invitara al señor Fernando Cairo para que expusiera, en la Sesión Ordinaria de la Junta, sobre lo que fue el Cabildo del 4 de junio de 1810.- (g.t.)

            Y que, por supuesto, la Mesa se encargue de hacer las invitaciones pertinentes porque nos parece, en la Comisión de Cultura, que es un hecho trascendente y que debemos conmemorar el bicentenario de la Independencia con este hecho.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Tenemos fecha para el 1º de junio. ¿Correcto?

SEÑORA MUNIZ.- Sí, está bien.-

VARIOS SEÑORES EDILES.- Que se vote.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Que se vote.-

SE VOTA: unanimidad, 18 votos.-

VISTO: lo informado por la Comisión de Cultura que este Cuerpo comparte, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Autorízase la realización de un Homenaje, en conmemoración del bicentenario de la Revolución de Mayo, en la Sesión Ordinaria del 1º de junio del cte. año. 2º) Encomiéndase a la Mesa del Cuerpo, la colocación de una placa recordatoria de tan importante episodio de nuestra historia y demás gestiones pertinentes a efectos del mencionado evento. 3º) Téngase presente y cumplido, archívese.-

Durante la consideración de este asunto, se retiraron los Ediles Marilín Moreira, Rodrigo Blás, Daniel de Santis e ingresó el Edil Hebert Núñez.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Votamos el criterio para tratar en conjunto los expedientes de los numerales 2 al 34 inclusive.-

SEÑOR CORREA.- Sí, que los expedientes de los numerales 4, 18 y 27 queden afuera. Numeral 4: Expediente Nº 629/09; numeral 18: Expediente Nº 58/10 y numeral 27: Expediente Nº 592/09.-

(Dialogados).-

SEÑORA SECRETARIA.- Dejamos afuera el 4, el 18 y el 27. Con esa salvedad, votamos.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Votamos  del 2 al 34, con la salvedad del 4, del 18 y del 27. Los que estén por la afirmativa, sírvanse expresarlo.-

SE VOTA: 17 en 19, afirmativo.-

Entre las últimas votaciones registradas, ingresó el Edil Rodrigo Blás.-

(Dialogados).-

SEÑORA BURGUEÑO.- ¿Puedo fundamentar por qué no lo voté?

SEÑOR PRESIDENTE.- Bueno. Me agarraron de buen humor.-

(Dialogados).-

            Adelante, señora Edila.-

SEÑORA BURGUEÑO.- No votamos los del Tribunal de Cuentas  hasta que no venga el señor Intendente a explicarnos todos estos expedientes que están pasados de rosca, en los períodos correspondientes. Hasta que no venga a explicar el déficit que hay en la Intendencia Municipal de Maldonado, que explica que el Tribunal de Cuentas los ha observado.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Gracias, señora Edila.-

SEÑORA SECRETARIA.- EXPEDIENTE Nº 208/09: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación a la Licitación Pública Municipal Nº 40/08, para la explotación publicitaria de las casetas de guardavidas, para las temporadas 2008, 2009 y 2010.-

EXPEDIENTE Nº 195/09: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación al gasto efectuado por la Intendencia Municipal de Maldonado para la adquisición de materiales eléctricos para stock.-

EXPEDIENTE Nº 678/09: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación formulada al gasto derivado de la Licitación Pública Municipal convocada para la construcción de Microcentro en Barrio Belvedere de Pan de Azúcar.-

EXPEDIENTE Nº 613/09: Tribunal de Cuentas de la República  mantiene la observación formulada al gasto emergente de la Licitación Pública Municipal Nº 6/09, para la construcción de Escuela en Balneario Buenos Aires.-

EXPEDIENTE Nº 553/09: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación al gasto de la Licitación Pública Municipal Nº 41/08, para la construcción de veredas  en zona de los Balnearios El Tesoro, La Barra y Manantiales.-

EXPEDIENTE Nº 536/09: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación al gasto de la Licitación Pública Nº 21/08, para la realización de obras de iluminación en Ruta 10 entre Camino Lussich y Parada 39.-

EXPEDIENTE Nº 534/09: Tribunal de Cuentas de la República  mantiene la observación formulada al gasto de la Licitación Pública Municipal Nº 16/08, para construcción de un conjunto habitacional en Barrio San Martín en el marco del convenio con el PIAI (Padrón Nº 21.971).-

EXPEDIENTE Nº 533/09: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación formulada al gasto de la Licitación Pública Municipal Nº 05/09, para construcción de un Centro Comunal y Policlínica en Nueva Carrara.-

EXPEDIENTE Nº 532/09: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación formulada al gasto de la Licitación Pública Municipal Nº 17/08, para construcción de la 1ª etapa de un polideportivo en Barrio Cerro Pelado de nuestra ciudad.-

            Son todas observaciones del Tribunal de Cuentas, que se desprenden de la convocatoria para la Sesión de hoy.-

            En estos primeros expedientes la Comisión de Presupuesto y Hacienda ACONSEJA: 1º) Aceptar las observaciones del Tribunal de Cuentas. 2º) Indicar al Ejecutivo Comunal que deberá disponer las medidas pertinentes a efectos de dar cumplimiento a lo preceptuado en el Artículo 105 de la Ley Nº 18.172, efectuando la publicación correspondiente en la página electrónica de compras estatales, cuando así corresponda.-

            Este informe lo firman los Ediles Ruben Toledo, Daniel Rodríguez y Eugenio Pimienta.- (m.r.)

(Murmullos, dialogados).-

SEÑORA SECRETARIA.- El EXPEDIENTE Nº 151/09: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación a la reiteración del gasto derivado del pago de tributos municipales con bienes inmuebles por parte de un particular.-

            EXPEDIENTE Nº 120/09: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación a la reiteración del gasto derivado del Convenio Específico suscrito entre la  Universidad de la República y el Ejecutivo Comunal.-

            EXPEDIENTE Nº 63/09: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación a la reiteración del gasto de la Licitación Pública Municipal Nº 69/07, para la construcción de veredas de hormigón en zonas de Maldonado.-

            EXPEDIENTE Nº 55/09: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación a la reiteración del gasto de la Licitación Pública Municipal Nº 23/01, para el servicio de recolección de residuos y transporte hasta su disposición final.-

            EXPEDIENTE Nº 810/1/08: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación a la contratación directa, para el arrendamiento de equipos mecánicos para ejecución de obras viales.-

            EXPEDIENTE Nº 953/2/07: Tribunal de Cuentas de la República remite resolución manteniendo la observación formulada a la reiteración del gasto emergente de la Licitación Pública Nº 41/06, convocada por la Intendencia Municipal de Maldonado, para el arrendamiento de equipos mecánicos para obras viales.-

            EXPEDIENTE Nº 35/10: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación formulada al gasto de la Licitación Municipal Nº 21/09, para el barrido manual de Punta del Este.-

            EXPEDIENTE Nº 323/1/08: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación a la reiteración del gasto emergente de la Licitación Pública Municipal Nº 45/07, para el suministro de hormigón en obras del Departamento.-

            EXPEDIENTE Nº 58/1/08: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación formulada a la reiteración del gasto derivado de la Licitación Pública Municipal Nº 22/07, para el arrendamiento de vehículos para el mantenimiento del alumbrado público del Departamento.-

            EXPEDIENTE Nº 693/09 Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación formulada al gasto de la Licitación Pública Municipal Nº 58/07, para la ejecución de bases granulares, cordón cuneta y colectores pluviales, en varias zonas del Departamento.-

            EXPEDIENTE Nº 629/1/08: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación del gasto emergente de la Licitación Pública Municipal Nº 44/07, para trabajos de pavimentación en Pueblo Las Flores y Balneario Las Flores.-

            EXPEDIENTE Nº 707/09: Tribunal de Cuentas de la República, mantiene la observación formulada al gasto derivado de la prórroga de la Licitación Pública Nº 2/06, para el suministro, colocación, reposición, recolección e hidrolavado de papeleras  para colocar en espacios públicos del Departamento.-

            EXPEDIENTE Nº 8/10: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación a la reiteración del gasto de la prórroga del convenio suscrito entre la Intendencia Municipal de Maldonado y FUECI, para el período  marzo/junio 2009.-

            EXPEDIENTE Nº 195/1/09: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación al gasto efectuado por la Intendencia Municipal de Maldonado, para la adquisición de materiales eléctricos para stock.-

EXPEDIENTE Nº 591/09: Tribunal de Cuentas de la República mantiene observación a la reiteración del gasto efectuado por la Intendencia Municipal de Maldonado correspondiente al Programa de Jornales Solidarios 2009.-

EXPEDIENTE Nº 548/09: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación a la ampliación de la Licitación Pública Municipal Nº 26/06, para el suministro e instalación de señales reglamentarias de prevención en calles y rutas del Departamento. (Antecedentes Expedientes  Nos. 233/07 y 233/1/07).-

            EXPEDIENTE Nº 540/09: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación al gasto de la Licitación Pública Municipal Nº 55/07, para la construcción de Presa de Laminación del Cerro del Toro de Piriápolis.-

            EXPEDIENTE Nº 284/1/07: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación formulada al gasto de la Licitación Pública Municipal Nº 5/04, para el mejoramiento de barrios situados al Oeste de la Avenida Alvariza de San Carlos.

            EXPEDIENTE Nº 630/1/08: Tribunal de Cuentas de la República mantiene la observación a la reiteración del gasto emergente de la Licitación Pública Municipal Nº 29/07, para trabajos de mantenimiento de calles en Zona Oeste del Departamento.-

            EXPEDIENTE Nº 448/09: Tribunal de Cuentas de la República remite  resolución manteniendo observación formulada a la reiteración del gasto derivado de la contratación directa por excepción para la adquisición del producto Roadtec (estabilizador de suelos).-

            EXPEDIENTE Nº 446/09:  Tribunal de Cuentas de la República remite resolución manteniendo la observación formulada a la reiteración del gasto derivado de la contratación de servicio, recuperación, reciclaje y enterramiento de residuos  sólidos bajo la forma de relleno sanitario.-

(Dialogados en la Mesa).-

SEÑORA SECRETARIA.- En estos expedientes la Comisión de Presupuesto ACONSEJA: Aceptar las observaciones del Tribunal de Cuentas.-

            Y firman todos los informes los Ediles Ruben Toledo, Eugenio Pimienta y Daniel Rodríguez.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Los que estén por la afirmativa, sírvanse expresarlo.-

SE VOTA: 17 en 19, afirmativo.-

En base a la votación registrada y sobre cada uno de  los Expedientes Nos. 208/09, 195/09, 678/09, 613/09, 553/09, 536/09, 534/09, 533/09, 532/09, recae la misma RESOLUCION, que a continuación se detalla:

VISTO: lo informado por la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones que este Cuerpo comparte, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: 1º) Acéptanse las observaciones del Tribunal de Cuentas de la República, indicando al Ejecutivo Comunal que deberá disponer las medidas pertinentes a efectos de dar cumplimiento a lo preceptuado en el Art. 105) de la Ley 18.172, efectuando la publicación correspondiente en la página electrónica de compras estatales, cuando así corresponda. 2º) Pase al Ejecutivo Comunal a sus efectos.-

En el mismo sentido, sobre cada uno de  los Expedientes Nos. 151/09, 120/09, 63/09, 55/09, 810/1/08, 953/2/07, 35/10, 323/1/08, 58/1/08, 693/09, 629/1/08, 707/09, 8/10, 195/1/09, 591/09, 548/09, 540/09, 284/1/07, 630/1/08, 448/09, 446/09, recae la misma RESOLUCION, que a continuación se transcribe:

VISTO: lo informado por la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones que este Cuerpo comparte, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE: Acéptanse las observaciones del Tribunal de Cuentas de la República y siga a la Intendencia a sus efectos.-

SEÑOR TOLEDO.- Presidente, ¿puedo fundamentar?

SEÑOR PRESIDENTE.- Claro que sí puede.-

SEÑOR TOLEDO.- Todos estos expedientes tienen las tres firmas de los Ediles del Frente Amplio, es porque el otro Partido no se presentó.-

(Hilaridad).-

SEÑOR PRESIDENTE.- Gracias, señor Edil.-

SEÑORA SECRETARIA.- EXPEDIENTE Nº 629/09: Tribunal de Cuentas de la República mantiene observación al gasto derivado de la Licitación Pública Nº 54/2008, para la producción general de la Edición 2009 - 2010 del Festival de Rock de Punta del Este.-

SEÑOR CORREA.- Presidente.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Sí, señor Edil.-

SEÑOR CORREA.- Me gustaría que se leyera por Secretaría el expediente, lo que viene… Todo el expediente, porque es muy poco -lo que queda ahí, la observación-, que lea bien, que dé las cifras.-

            Gracias, Presidente.-

(Interrupciones del señor Edil Toledo).-

SEÑOR CORREA.- No me cambie de tema, Toledo. Déjeme que lean el expediente…, las observaciones.-

SEÑOR TOLEDO.- Como miembro informante, ¿puedo opinar?

SEÑOR CORREA.- Que lo lea primero.-

SEÑOR TOLEDO.- Si ustedes hubieran estado, si hubieran participado de la Comisión, lo hubiéramos discutido.-

SEÑOR CORREA.- Presidente, me gustaría que…

SEÑOR PRESIDENTE.- Señor Edil, el criterio de la Presidencia va a ser que se lea el expediente… Es una hoja.-

SEÑOR CORREA.- Es una hoja.-

            Gracias.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Vamos a leer la observación. Sí, sí, vamos a leer eso, exactamente.-

SEÑOR TOLEDO.- Siempre se leyeron las observaciones, ¿en qué consiste la observación?

(Dialogados, murmullos).-

SEÑORA SECRETARIA.- VISTO: El Oficio Nº 749/09 de fecha 2 de abril de 2009, remitido por la Contadora Delegada en la Intendencia Municipal de Maldonado, relacionado con la reiteración del gasto derivado de la Licitación Pública Nº 54/2008 para la producción general, artística, marketing, incluyendo programación e infraestructuras, como así también los servicios auxiliares necesarios para las Ediciones 2009 y 2010 del Festival de Rock de Punta del Este.-

            RESULTANDO I: Que el Intendente Municipal, mediante Resoluciones Nos. 00367/2009 y 00764/2009 de fechas 16/01 y 29/01, ambas de 2009, dispuso adjudicar a SAVIL S.A. por un monto de U$S 200.870 -más IVA- la Edición 2009 y U$S 200.000 -más IVA- la Edición 2010, dejando constancia que no se incluyen los impuestos por concepto de AGADU y FONAM, a pagar una vez finalizada cada edición en función de los espectadores que concurran -sobre un ficto de $ 4,70 y $ 2,35 respectivamente para la Edición 2009-, y que el adjudicatario percibirá, además del precio, un 50% de toda suma efectivamente ingresada a la Hacienda Municipal, por concepto de patrocinios económicos que producto de su gestión apoyen el evento, y un 50% sobre la tasación que realice la División de Adquisiciones sobre contrapartidas por esponsorización que sean materiales y/o servicios a favor del Municipio logrados producto de su gestión, porcentajes que deberán determinarse con impuestos incluidos.- (c.i.)

            RESULTANDO II: Que este Tribunal, en sesión de fecha 4 de marzo de 2009, observó el gasto por contravenir lo dispuesto en el Artículo 47 del TOCAF, en cuanto no se realizó la correspondiente publicación en la página electrónica de compras estatales.-

RESULTANDO III: Que en esta oportunidad, por Resolución Nº 02100/2009, el Intendente Municipal dispuso reiterar el gasto expresando, entre otros, que el Municipio comenzó con el cumplimiento de la publicación de las licitaciones en la página de compras estatales a partir del 23 de marzo de 2009, por lo que en el procedimiento de referencia, que es anterior a dicha fecha, no se realizó la misma.-

            CONSIDERANDO: Que sin perjuicio de los argumentos esgrimidos se mantiene incambiada la situación que ameritó la observación oportunamente efectuada.-

            ATENTO: A lo dispuesto por el Artículo 211, Literal B de la Constitución de la República.-

            El Tribunal ACUERDA: 1º) Mantener la observación formulada con fecha 4/3/09. 2º) Dar cuenta a la Junta Departamental de Maldonado. 3º) Comunicar a la Administración actuante y a la Contadora Delegada.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Señor Edil Toledo.-

SEÑOR TOLEDO.- Gracias, Presidente.-

Como se verá, esta observación corresponde… A ver, no sé cómo tildar todo esto porque a alguno en la Intendencia habría que cortarle la cabeza. Yo no sé si esto lo hacen a propósito o no.-

            No, no me mires con esa cara.-

            Te diste vuelta como… Sí, hay que cortarle, a alguno hay que cortarle… En algún momento a alguno hay que cortarle la cabeza, pero ojo, porque no sé para dónde patea, creo que patea para el otro lado, no patea para nosotros, porque lo que están haciendo es muy feo, se están olvidando de hacer las publicaciones.-

            Esto no está observado por el Artículo 15, porque no hay recursos; está observado por una pavada, porque no lo publicaron. Esa es la observación.-

            Ahora, si me dicen: “Está observado por el Artículo 15 porque no hay recursos”, es otra cosa, que eran todas las observaciones que teníamos en el Período anterior. Miles y miles de dólares observados por el Tribunal de Cuentas por el Artículo 15 del TOCAF.-

            Acá la mayoría de las observaciones -y eso creo que tiene una aclaración especial en el informe, si después la señora Secretaria lo lee-… Le estamos recordando al Ejecutivo que tenga en cuenta esto, se lo estamos recordando desde acá y aceptando esa observación del Tribunal.-

            Gracias, Presidente.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Gracias, Presidente.-

Señor Edil Correa.-

SEÑOR CORREA.- Señor Presidente, esto fue el Festival de Punta Rock, cuatrocientos y pico de mil dólares, cuatrocientos y pico de mil dólares, Presidente, que gastó esta Intendencia por cuatro noches de espectáculo.-

            U$S 400.000 es lo que sabemos, más el 50% de lo recaudado por la Intendencia; con lo que recaudó la Intendencia por concepto de esponsorización las cuatro noches, esta empresa -que por si alguno no lo sabe es del hijo de Astori, porque fue el que cobró el cheque en la Intendencia, Presidente, es el hijo de Astori- cobró U$S 400.000 -por cuatro noches de espectáculos- más el 50% de la esponsorización, que no sabemos cuánto es, porque cuando en su momento hicimos un pedido de informes por este tema, hasta el día de hoy no nos han respondido. Así que este muchacho, Astori “Junior”, se llevó de las arcas municipales la friolera de, en cuatro noches, más de U$S 400.000 más el 50% de lo recaudado por concepto de esponsorización, que no sabemos cuánto es, puede ser muchísimo más de U$S 400.000, seguramente lo sea.-

            Usted se acordará -o los que más o menos tienen interés en las cosas que pasan en el Departamento de Maldonado- que esto estaba esponsorizado por ANCEL, por el Banco de Seguros, todas empresas del Estado, ¡oh casualidad!, Presidente.-

            Entonces, cuando hablamos de que hay una observación del Tribunal de Cuentas y el señor Toledo dice: “Había plata”, bárbaro, me alegro que en ese momento hubiera dinero para pagarle esa plata al hijo de Astori, nos encanta. Hoy está parada la perimetral porque no hay plata, pero para el hijo de Astori había plata, no hay problema, bárbaro.- (a.f.r.)

            Le hicimos dos cheques de U$S 200.000 cada uno para el hijo de Astori, más la esponsorización de las empresas del Estado. ¿Qué empresa del Estado le iba a decir que no al Senador Astori…, perdón, al hijo del Senador Astori, para esponsorizar esto?

            Señor Presidente, más allá del rubro, más allá del detalle de que no se publicó en la página -que, como dijo el señor Toledo, hay que arrancarle la cabeza, lo dijo usted, Toledo, no lo dije yo-, creemos que es algo totalmente desmedido que debe tratarse y, por suerte, estamos tratándolo o, por lo menos, dándolo a conocer esta noche. Si no pasaría por acá como un expediente más de unas baldosas en una cuadra, que están acá entreverados, o lo que está entreverado de un par de focos en un barrio que están entreverados porque no había rubro, que está entreverado con el de cunetas, colectores y pluviales, porque no había rubro, y en el medio nos iban a meter esto del hijo de Astori.-

            Entonces, Presidente, ante la gravedad de esto… Porque esto es grave, esto no es broma, porque lo denunciamos y hasta el día de hoy no nos han podido responder cuánto fue el ingreso de la Intendencia por gasto de esponsorización que este muchacho, Astori “Junior”, se llevó -se llevó- para Montevideo. Más de 400.000… Que quede claro, Presidente -y terminamos-, el hijo de Astori, SAVIL S.A., se llevó de la plata de los vecinos de Maldonado U$S 400.000 en cuatro noches…

UN SEÑOR EDIL.- ¡Qué noche!

SEÑOR CORREA.- ¡Qué noche “Teté”!

(Hilaridad).-

            Más el 50% de algo que no sabemos cuánto es. Es decir, ¡un fenómeno! El hijo de Astori: ¡un fenómeno!

            Gracias, Presidente.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Gracias.-

SEÑOR CASTRO.- Presidente, yo tenía la palabra…

SEÑOR CARLOS NÚÑEZ.- Moción de orden…

SEÑOR PRESIDENTE.- Sí, señor Edil.-

SEÑOR CASTRO.- ¡No, para, para…!

SEÑOR CARLOS NÚÑEZ.- Cuarto intermedio de tres minutos.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Sí, señor Edil.-

            Que se vote, por favor…

SEÑOR CASTRO.- No seas malo, Carlitos…

SEÑOR PRESIDENTE.- Sí, votalo, Víctor Hugo. Votalo…

            Gracias.-

(Dialogados).-

SE VOTA: unanimidad, 19 votos.-

Siendo la hora 00:57 minutos del 28 de los corrientes, se pasa a un cuarto intermedio, que es levantado a la hora 01:03 minutos, retomando la Presidencia su titular, con la asistencia además, de los Ediles titulares Sres. Enrique González, Hebert Núñez, Carlos Núñez, Daniel Fernández, Víctor H. Castro, Ruben Toledo, Rodrigo Blás y de los Ediles suplentes Sres. Lilia Muniz, Eugenio Pimienta, Daniel Rodríguez, Graciela Caitano, Beatriz Jaurena, Daniel de Santis, Graciela Ferrari, Juan J. Pérez, José Rodríguez, Darwin Correa y Elisabeth Arrieta.-  

SEÑOR PRESIDENTE.- Estando en número, proseguimos.-

            Vamos a pasar a leer el informe del expediente…

SEÑOR CASTRO.- No, no, estaba yo.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Perdóneme, Víctor Hugo, disculpe.-

SEÑOR CASTRO.- Mire, podemos perdonar al Edil preopinante, porque indudablemente no está en el tema; no es lo mismo manejar un almacén que esto.-

            Voy a decir dos o tres cosas, nada más. Cuando él habla de que hay U$S 400.000 que se llevó Astori -que fue el organizador de esto-, él deberá pensar que Astori fue, organizó y tocó la guitarra, que no contrató a nadie, porque de otra manera no se puede llevar la cifra que le dio la Intendencia. Indudablemente tenemos la organización de este tipo de eventos que felizmente se hacen en Maldonado, porque antes el atractivo máximo que teníamos en temporada era tirar cuetes. Tirábamos cuetes tres, o cuatro días, mirábamos para arriba como unos nabos y eso salía más o menos lo mismo que sale un Festival de Rock.-

            Y no quiero decir… el Partido Nacional tercerizaba hasta el Festival de Pan de Azúcar. Todo tercerizaba, la Fiesta del Jabalí en Aiguá, el Festival de Pan de Azúcar. Siempre lo… (a.g.b.)  

(Murmullos).-

            Si me ampara, porque yo lo respeté.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Vamos a ampararlo en el uso de la palabra. Hemos respetado, señor Edil. Le agradezco.-

SEÑOR CASTRO.- Casualmente quienes organizaban ese tipo de eventos era toda gente afín al Partido Nacional, también. Pero era gente de acá, afín a la Intendencia de acá.-

            Yo no manejo los costos que sale esta banda de rock; tendría que preguntarle a quienes organizan el Festival de Durazno o a quienes organizan el Festival de Tacuarembó a ver cuánta plata sale organizar un evento de estas características. Él no lo sabe porque no puede manejar un almacén. -

(Dialogados).-

            Entonces, como no lo sabe -tú no puedes manejar un almacén-, habla sin saber.-

(Dialogados).-

SEÑOR PRESIDENTE.- No dialoguen.-

SEÑOR CORREA.- Si está ofendiendo…

SEÑOR PRESIDENTE.- Señor Edil, mire la hora que es.-

SEÑOR CORREA.- ¿Qué tiene que ver la hora?

SEÑOR CASTRO.- Por lo cual, Presidente, lo que se plantea acá por parte del Edil…, primero, habla con falta de conocimiento simplemente por el hecho de decir algo, pero está pegando más en la herradura que en el clavo. Yo le sugiero que vaya y hable con Astori y le pregunte cuánto salió el Festival. Seguramente ha llevado ganancia; nadie hace nada para regalar.-

SEÑOR BLÁS.- Salvo los socialistas.-

SEÑOR CASTRO.- Ahora, lo que sí le digo es que felizmente este Departamento y este balneario tienen y cuentan con un espectáculo como este, que no lo teníamos, y que significa también un espectáculo turístico sin dudas, porque han sido un éxito cualquiera de los dos que se han realizado. Y ojo que no es el palo de uno, pero sabemos que estos espectáculos han tenido, indudablemente, muchísima   aceptación    en  la gente. Y no se llevó Astori U$S 400.000, porque es imposible. No creo que él haya tocado la guitarra y haberse llevado la plata.-

            Gracias, Presidente.-

SEÑORA SECRETARIA.- La Comisión ACONSEJA: Aceptar las observaciones del Tribunal de Cuentas e indicar al Ejecutivo Comunal que deberá disponer las medidas pertinentes a efectos de dar cumplimiento a lo preceptuado en el Artículo 105 de la Ley Nº 18.172, efectuando la publicación correspondiente en la página electrónica de compras estatales cuando así corresponda.-

            Firman este informe los Ediles Ruben Toledo, Eugenio Pimienta y Daniel Rodríguez.-

SEÑOR PRESIDENTE.- Bueno, ponemos a votación. Los que estén por la afirmativa, sírvanse expresarlo.-

SE VOTA: 18 en 19, afirmativo.-