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3984

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DECRETO Nº 3984

 

LIBRO DE SESIONES XLVIII. TOMO X. Maldonado, 19 de diciembre de 2017

 

VISTO: Lo informado por las Comisiones de Nomenclatura y Tránsito y Transporte y de Legislación que este Cuerpo comparte,

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, DECRETA:

 

Artículo 1º) Modifícase el inciso b) del Artículo 15º) del Decreto Departamental Nº 3661/1992, el que queda redactado de la siguiente forma: "b) Ser automóviles de 4 o 5 puertas, de hasta 7 pasajeros, incluido el conductor, tener una cilindrada igual o mayor a 1.400 centímetros cúbicos en el caso de vehículos con motores Turbo, o igual o mayor a 1.600 centímetros cúbicos en el caso de vehículos con motores atmosféricos (según catálogo), ser de antigüedad no mayor a 5 años y estar equipados con aire acondicionado"

Artículo 2º) Modifícase el inciso c) del Artículo 15º) del Decreto Departamental Nº 3661/1992, en la redacción dada en el Artículo 1º del Decreto Departamental Nº 3736/2000, el que queda redactado de la siguiente forma: "c) Los vehículos destinados a este servicio, serán identificados con la letra "R" que será mayor que el tamaño de los números de la chapa de la matrícula, en la que constará y que será indicativa del servicio. Se podrá optar por los colores del vehículo entre gris, azul o negro"

Artículo 3º) Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos. Declárase urgente.

 

 

 

Rodrigo Blás

Presidente

 

Susana Hualde

Secretaria General