3734

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DECRETO Nº 3734

3 de diciembre de 1999

Libro XXXV - FS 389

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DE LA FECHA,

DECRETA:

 

Modifícase el Decreto Nº 3728 del 18/12/98, que quedará redactado en los siguientes términos:

 

Art.1º) Los promitentes compradores y propietarios de terrenos y viviendas de Interés Social, construidas y adjudicadas por la Intendencia Municipal de Maldonado, estarán exonerados del pago del Impuesto de Contribución Inmobiliaria, cuando la adjudicada, sea su única propiedad destinada a casa habitación o a la edificación de la misma.

 

Art.2º) Los prominentes compradores de terrenos y viviendas de Interés Social, construidas y adjudicadas por la Intendencia Municipal de Maldonado, estarán exonerados por el plazo de 10 (diez) años, del pago de tasas por servicios prestados por la Intendencia Municipal, siempre y cuando se encuentren al día en sus obligaciones respecto al pago de las cuotas correspondientes.

 

Art.3º) (REMISION DE ADEUDOS)Los adeudos por concepto de Impuesto de Contribución Inmobiliaria, que hayan generado las situaciones previstas en el Art. 1º), se declaran remitidos.- (Art. 37 del Código Tributario). Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos, declarándose urgente.