DECRETO 3986/2018
LIBRO DE SESIONES XLVIII. TOMO XI. Maldonado, 15 de mayo de 2018
VISTO: Lo informado por la Comisión de Obras Públicas que este Cuerpo comparte,
LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, DECRETA:
"ARTÍCULO ÚNICO: Modifícase el Artículo 259º) del Decreto Departamental Nº 3718/1997 (TONE) en la redacción dada por el Artículo 13º) del Decreto Departamental Nº 3733/1999, el que queda redactado en los siguientes términos: “Artículo 259º) Zona 1.1. Centro. Es el área comprendida entre las calles: Misiones desde Uruguay hasta Gregorio Sanabria, excluidos los predios frentistas a su acera norte; Gregorio Sanabria desde Misiones hasta Tucumán; Tucumán desde Gregorio Sanabria hasta Manuel Freire; Dr. Héctor Barrios desde Manuel Freire hasta Avenida Bulevar Gral. José Gervasio Artigas, incluyendo los predios frentistas a las calles Santos Negro González desde Dr. Héctor Barrios hasta Oficial Nº 0291; Oficial Nº 0291 y Arquitecta Emilia Alperovich desde Dr. Héctor Barrios hasta Oficial Nº 0291, Avenida Bulevar Gral. José Gervasio Artigas desde Misiones hasta Rambla de los Argentinos; Rambla de los Argentinos desde Bulevar Gral. José Gervasio Artigas hasta Bulevar Francisco Piria; Bulevar Francisco Piria desde Rambla de los Argentinos hasta 25 de Mayo; 25 de Mayo desde Rambla de los Argentinos hasta Uruguay; Uruguay desde 25 de Mayo hasta Misiones excluyendo a todos los predios frentistas a calle Uruguay. En esta zona se incluyen los predios de las manzanas Nº 26, 27, 28, 29, 34, 35 y 36.
Esta zona se divide en las siguientes subzonas:
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Subzona 1.1.1.- Rambla Costanera Centro
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Subzona 1.1.2.- Tucumán
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Subzona 1.1.3.- Puerto
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Subzona 1.1.4.- Resto”
Siga a la Intendencia Departamental a sus efectos.Declárase urgente. ---------------------
Rodrigo Blás
Presidente
Susana Hualde
Secretaria General