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Sesión Extraordinaria 26 de Octubre de 2018

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DIARIO DE SESIÓN Nº 149.- En la ciudad de Maldonado, siendo la hora 18:58 minutos, previo llamado reglamentario a sala, se da inicio a la sesión extraordinaria convocada para el día viernes 26 de octubre de 2018.

Asisten los Ediles Titulares: Darwin Correa, Rodrigo Blás, Damián Tort, Jacinto Martínez, Francisco Olivera, Adolfo Varela, Eva Abal, Leonardo Delgado, María de los Ángeles Fernández Chávez, Andrés de León, Susana De Armas y los Ediles Suplentes: Maia González, Américo Lima, Ana María Fernández, Marta Torres, Wilma Noguez, Nicolás Sosa, Nelson Balladares, María José Mafio, Oscar Freire, Lilia Muniz, Fernando Borges, Milton Hernández, Walter Plada, Cristina Pérez, Robinson García, María Servetto, Daniel Ancheta, Cristina Rodríguez y Marcelo Galván. Preside el acto: Darwin Correa (Segundo Vicepresidente). Actúa en Secretaría: Susana Hualde.

PRESIDENTE.- Buenas noches. Estando en número, damos inicio a la sesión extraordinaria de este viernes 26 de octubre de 2018, con el único punto del orden del día: EXPEDIENTE Nº 408/2018: Intendencia Departamental remite Modificación Presupuestal 2018/20250 (Vuelto informado del Tribunal de Cuentas de la República).

En primer lugar, la Mesa va a dar lectura al informe en mayoría.

SECRETARIA.- “VISTO: El Expediente Nº 408/2018 (E.E. Nº 2018-88-01-11221) que ilustran estas actuaciones.

RESULTANDO I: El Mensaje de Modificación Presupuestal del Ejecutivo para los Ejercicios 2018 a 2020, elevado por el señor Intendente de Maldonado en Resolución Nº 5431/2018 de fecha 29 de junio de 2018.

RESULTANDO II: La Resolución 3299/2018 del Tribunal de Cuentas de la República (TCR) respecto del Decreto Nº 3996/2018 de fecha 9 de octubre de 2018, glosado en autos.

RESULTANDO III: Que el Tribunal de Cuentas de acuerdo a lo establecido en los artículos 211 ‒literal A‒ y 225 de la Constitución de la República emitió dictamen observando el referido documento por lo expuesto en los párrafos 3.1 a 3.3, 4.2, 4.4, 4.6 y 4.7.

RESULTANDO IV: Que asimismo indica tener presente lo señalado en los párrafos 4.3, 4.5 y 4.8.

CONSIDERANDO I: Con relación a la observación del párrafo 3.1, se sugiere la aceptación de la misma y la instrucción al Ejecutivo Departamental a realizar los ajustes, ampliar información e incorporar los documentos requeridos de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 70 del TCR de fecha 20 de julio de 1994.

CONSIDERANDO II: Respecto a la observación del párrafo 3.2, no se acepta la misma, ya que la información de referencia fue expuesta en el Presupuesto quinquenal para el período 2016-2020, no habiendo sido modificada en la presente instancia, por lo cual no se constata incumplimiento.

CONSIDERANDO III: En lo que se refiere a la observación del párrafo 3.3), téngase presente e instrúyase al Ejecutivo en lo pertinente.

CONSIDERANDO IV: Con relación al párrafo 4.2), no se acepta dicha observación al amparo del artículo 61 del Decreto departamental Nº 3947/2016 - Presupuesto Quinquenal para el período 2016-2020 y a los efectos del estricto cumplimiento del convenio colectivo firmado. (m.r.c.)

CONSIDERANDO V: Respecto a lo dictado en el párrafo 4.4), no se acepta la observación en cuanto que, en forma contraria a lo dictado por el TCR, el haber realizado restricciones y graficado subcategorías no significa ampliar el sujeto pasivo, por lo tanto la iniciativa de marras es suficiente.

CONSIDERANDO VI: No aceptar la observación comprendida en el numeral 4.7), al amparo de los fundamentos expuestos en el Presupuesto quinquenal para el período 2016-2020.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto, la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones, reunida en el día de la fecha al Cuerpo ACONSEJA: 1º) Acéptase la observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República en el numeral 3.1) de su dictamen constitucional del 24 de octubre de 2018, encomendando al Ejecutivo Departamental la realización de los ajustes pertinentes. 2º) Acéptase la observación expresada en el párrafo 4.6) del dictamen antes referido, adecuándose el artículo 17 del proyecto, el que quedará redactado de la siguiente manera: 'Artículo 17. Autorízase al Ejecutivo Departamental a otorgar las siguientes facilidades para los deudores de tributos, precios y otros ingresos públicos, excluidos impuestos creados y fijados por ley nacional (contribución inmobiliaria rural e impuesto a los remates y semovientes'. 3º) Dispónese no aceptar las observaciones formuladas en los párrafos citados a continuación, del dictamen de referencia: 3.2), 4.2), 4.4) y 4.7), por los fundamentos expuestos en los Considerando II, IV, V y VI. 4º) Téngase presente e instrúyase al Ejecutivo en lo pertinente al párrafo 3.3). 5º) Recomiéndase a la Intendencia Departamental de Maldonado, tener presente lo dictado en los párrafos 4.3), 4.5) y 4.8). 6º) Remítase el Proyecto de Modificación Presupuestal con lo actuado a consideración de la Asamblea General, conforme a lo establecido en el artículo 225 de la Constitución de la República. 7º) Declárase urgente.

Está firmado por los Ediles Blás, Tort, Varela, Jacinto Martínez y Susana De Armas.

PRESIDENTE.- Muy bien. Ese es el informe en mayoría.

También llegó a la Mesa un informe en minoría, al que le vamos a dar lectura a través de la misma.

SUBDIRECTORA BUSNADIEGO.- A la Junta Departamental.

“VISTO: El pronunciamiento del Tribunal de Cuentas de fecha 24 de octubre de 2018 en los términos del dictamen que forman parte de estas actuaciones respecto al Proyecto de Modificación Presupuestal de la Intendencia de Maldonado para el período 2016-2020.

RESULTANDO I: Que la bancada del Frente Amplio, además de caracterizar la iniciativa del Gobierno afirmando que este Proyecto de Modificación Presupuestal va a profundizar las tendencias negativas en el gasto de la Intendencia, que seguirá incrementando el peso de los Servicios Personales y el Funcionamiento en detrimento de una inversión decreciente, que seguirá sin responder a las verdaderas necesidades de la población de Maldonado y del desarrollo del departamento, y que además, se endeuda en forma creciente y peligrosa llevando el déficit acumulado a cifras que seguirán batiendo todos los registros históricos, advirtió en su informe en minoría respecto a incumplimientos de normas constitucionales y legales que contenía el proyecto, por las razones que se expusieron en las consideraciones del mismo.

RESULTANDO II: Que el dictamen del Tribunal de Cuentas contiene un conjunto de fundamentaciones relacionadas con el análisis de las asignaciones presupuestales proyectadas y con el cumplimiento de normas constitucionales, legales y reglamentarias.

RESULTANDO III: Que el Tribunal de Cuentas observa el proyecto por lo expuesto en los párrafos 3.1 a 3.3, 4.2, 4.4, 4.6 y 4.7. (k.f.)

RESULTANDO IV: que el Tribunal de Cuentas indica que se debe tener presente lo que se expresa en los párrafos 4.3, 4.5 y 4.8.

CONSIDERANDO I: Sobre las asignaciones presupuestales proyectadas: 1) Por el fundamento expresado en el punto 3.1 el Tribunal observa el 'incumplimiento con lo establecido en el artículo 216 de la Constitución de la República y la Ordenanza Nº 70 del Tribunal de Cuentas de fecha 20 de julio de 1994' porque el Proyecto ha sido 'presentado en forma comparativa con el vigente solo respecto al Rubro 0 y gastos de funcionamiento'.

Creemos que esta observación debe ser aceptada, y la Junta debe instruir a la Intendencia a los efectos de que presente esta información faltante a la Junta Departamental y al Tribunal de Cuentas. 2) Con lo expresado en el punto 3.2 se observa el incumplimiento 'con lo establecido en la Ordenanza Nº 70 del Tribunal de Cuentas de fecha 20 de julio de 1994' porque 'no se detallan los escalafones y sueldos funcionales distribuidos por programas tanto para funcionarios presupuestados como contratados'.

Creemos que esta observación debe ser aceptada, y la Junta debe instruir a la Intendencia a los efectos de que presente esta información faltante a la Junta Departamental y al Tribunal de Cuentas, actualizando los datos por los cambios que se hayan producido desde la aprobación del Presupuesto Quinquenal. 3) En el punto 3.3 se establece el fundamento de la siguiente observación: 'Con relación al déficit acumulado presentado por la Intendencia al 31 de diciembre de 2017, el mismo asciende a $2.167.280.802' (Pesos uruguayos dos mil ciento sesenta y siete millones, doscientos ochenta mil ochocientos dos), '(no aprobado aún por este Tribunal). Los ingresos presupuestados para los años 2018 a 2020, no son suficientes para financiar el déficit acumulado en el quinquenio, contraviniéndose en consecuencia lo dispuesto por el Artículo 225 de la Constitución de la República'.

Decíamos en el informe en minoría cuando tratábamos en sesiones pasadas este Proyecto de Modificación Presupuestal, analizando las cifras globales remitidas por el Mensaje del Ejecutivo: '2. Corregidas algunas de estas cifras' (las de recaudación departamental cuyo total no incluía ítems que figuraban en los detalles y las del Presupuesto de la Junta Departamental que no figuraban por el actualmente vigente, ajustes ambos que mejoran los números finales en tanto aumentan la recaudación y disminuyen el gasto) los importes correspondientes son para los años 2018 a 2020: (a) Ingresos totales: 20.549 millones (Recaudación de origen nacional y departamental).

Egresos totales: 18.842 millones (Servicios personales, Funcionamiento, Inversiones, Junta Departamental ajustada a las cifras de su Presupuesto vigente).

Diferencia: 1.707 millones.

(b) Nos están diciendo, en síntesis, que si se cumple con lo presupuestado, en esos tres años se generará un superávit de 1.707 millones de pesos y que por lo tanto cuando lleguen las Rendiciones de Cuentas correspondientes, el déficit acumulado –que al cierre de 2017 es de 2.167 millones–, se va a reducir a 460 millones (en valores de 2018 como se plantean todos los importes del Mensaje de la Modificación).

(c) O sea que nos quieren hacer creer que el gobierno del Intendente Antía, que llevó en dos años el déficit de 1.450 millones de pesos al cierre del 2015 a 2.167 millones al cierre del 2017 con dos Ejercicios que suman un Resultado negativo corriente de 717 millones, y que para financiarlo aumentó el endeudamiento bancario autorizado a más 72 millones de dólares equivalentes a 2.103 millones de pesos, ¿ahora va a lograr tres Ejercicios seguidos con un superávit total de 1.707 millones? ¿El gobierno del Partido Nacional y algún socio 'concertante' nos quiere hacer creer que con el modo de administrar que ha demostrado en estos tres años de gobierno, piensa realmente bajar el déficit a 460 millones de pesos?

(d) La pregunta obvia, inevitable, y esencial que corresponde hacer, que le hacemos al Gobierno departamental, que le repetimos a la mayoría oficialista de esta Junta, que nos tendrían que contestar los señores Ediles que se dispongan a votar esta Modificación Presupuestal, es la siguiente: si estos números son ciertos, si van a bajar el déficit en los términos que se declara, si van a generar este superávit de 1.707 millones de pesos entre 2018 y 2020, ¿para qué necesitan una nueva anuencia adicional de 20 millones de dólares?, ¿por qué están pidiendo en el mismo mensaje aumentar el tope de endeudamiento autorizado en 677 millones de pesos y llevándolo a más de 3.057 millones de pesos equivalentes a más de 90 millones de dólares? (g.t.d.)

¿Por qué en lugar de bajar el endeudamiento utilizando el superávit están tan apurados por conseguir la ampliación de tope que han llegado a desglosar el artículo 23 con la esperanza de ponerlo en vigencia más rápidamente? ¿Por qué envían además –por fuera de la Modificación- un proyecto para aumentar adicionalmente el endeudamiento en otros 35 millones de dólares?

La respuesta también es obvia: estos números que nos declaran no son creíbles, estos números no establecen las metas reales de la Ejecución Presupuestal de los años 2018-2020, se está falsificando la realidad, se están encubriendo las intenciones...'

A esa opinión del Frente Amplio respecto a la falsedad esencial de los números globales del Proyecto (y que entre otros elementos señalaba que el imaginario déficit previsto se iba a 'reducir a 460 millones' al fin del quinquenio, o sea que ni siquiera en términos 'imaginarios' se preveía su eliminación) se suma esta constatación realizada ahora por el Tribunal de Cuentas, recordando el punto de partida nunca mencionado en la Modificación: el déficit al cierre de 2017 de más de $2167 millones, y sobre todo la violación constitucional que representa remitir y aprobar un Mensaje que omite el cumplimiento de lo establecido en el artículo 225. Es otra actitud de desprecio a la legalidad vigente, es otra falta de respeto a las disposiciones constitucionales, por lo que entendemos que debe ser aceptada esta observación instruyendo al Ejecutivo a modificar sus cálculos y remitirlos a conocimiento de la Junta Departamental.

CONSIDERANDO II) Sobre el incumplimiento de Normas Constitucionales, Legales y Reglamentarias: 1) En el punto 4.2) el Tribunal determina su observación al artículo 7.3, del Proyecto de Modificación Presupuestal porque 'deja librado a la reglamentación que dicte con posterioridad el Ejecutivo Departamental el monto de la reducción o pérdida de la partida de Asiduidad, contraviniendo lo dispuesto por el artículo 86 de la Constitución, en tanto establece que la fijación de las dotaciones debe estar prevista por la norma presupuestal'.

El artículo 7.3 regula el porcentaje de reducción o de pérdida de dicha partida para 'aquellos funcionarios que hayan estado en actividad en la Administración durante todo el período de medición de la Asiduidad y hagan usufructo de licencia médica ininterrumpida superior a 7 días', estableciendo que dicho porcentaje de reducción o de pérdida 'será motivo de estudio y resolución por acto administrativo fundado, de conformidad a lo que establezca la Reglamentación'.

A partir del fundamento expresado por el Tribunal –el cual advierte sobre potestades del legislativo que han sido ignoradas por el Ejecutivo-, creemos que la observación debe ser aceptada, y a los efectos de garantizar la legalidad y el cumplimiento del Convenio con ADEOM, se debe instruir a la Intendencia a remitir a la mayor brevedad posible el Proyecto de Reglamentación a la consideración y aprobación de la Junta Departamental, subsanando el incumplimiento.

2) En el punto 4.3) de su dictamen el TCR determina tener presente que los 'artículos 12 a 15, que regulan la Tasa de higiene y salubridad creada por el artículo 11… si bien determinan el sujeto pasivo y el monto, no precisan cuál es el servicio que prestará la Intendencia, que constituye un elemento esencial para determinar la naturaleza jurídica del tributo y si se trata, efectivamente, de una tasa', por lo cual 'en tanto se encomienda al Ejecutivo Departamental la reglamentación de la tasa que se crea' el Tribunal 'se expedirá respecto de su legalidad en el momento en el que le sea remitida la misma'.

En el informe en minoría del Frente Amplio habíamos afirmado sobre los cambios tributarios propuestos: '(a) Corresponde que seamos muy claros al respecto: antes de cualquier evaluación del impacto en los ingresos que puede llegar a producir estos cambios de normativa, debemos afirmar con absoluta claridad que no debe haber peor momento que este semestre del año que corre para instrumentar una medida de este tipo. (b) En efecto, conociendo la situación de la región más cercana, la recesión e inestabilidad económica argentina, la recesión y crisis política de Brasil, con las gestiones que los sectores vinculados al turismo realizan para aminorar los impactos negativos para la próxima temporada turística 2018-2019, con las medidas que a iniciativa del Ministerio de Turismo toma el Gobierno nacional con el mismo objetivo de mitigar los posibles efectos nocivos de las crisis de nuestros vecinos en una de las principales actividades económicas del departamento y el país como es el turismo. ¿Cómo se le puede ocurrir a un gobierno de Maldonado -¡y justo ahora…!-, estos tres cambios tributarios que afectan a edificios con apartamentos de alquiler o de propietarios no residentes ocupantes de verano, a hoteles, a supermercados y shopping, con aumentos que en cualquier caso son trasladables a los precios…? ¿Cómo se les ocurre estos cambios tributarios en el mismo momento que el Gobierno departamental solicita prudencia en los precios y en el sector privado se preparan las ofertas de los productos turísticos…? (m.g.g.)

c) Realmente, no hay palabras para describir el asombro que esto produce y el tratamiento que se le pretende dar: sin convocar y sin dar conocimiento a ninguno de los sectores empresariales y de trabajadores involucrados. Se pretende seguir adelante con un conjunto de artículos que deberían ser desglosados, sin más, del proyecto –por razones de mínima prudencia y responsabilidad‒, a la espera de una mejor situación regional y de una mejor evaluación del impacto económico que causarían'.

Y sobre el caso particular de la nueva Tasa de higiene y salubridad, decíamos: “Además de señalar la avidez recaudatoria y fiscalista de este Gobierno del Partido Nacional, tal como lo señalamos en la votación del Presupuesto quinquenal, vuelven a recaer en el mismo error de definir la cuantía de la tasa en base a un elemento variable –el valor por metro cuadrado‒, que no tiene ninguna equivalencia razonable y demostrable con el valor del servicio público que en contrapartida la Administración realiza; ni se preocupan por argumentarlo o intentar demostrarlo. El artículo 12 del Código Tributario expresa: Tasa es el tributo cuyo presupuesto, de hecho, se caracteriza por una actividad jurídica específica del Estado hacia el contribuyente; su producto no debe tener un destino ajeno al servicio público correspondiente y guardará una razonable equivalencia con las necesidades del mismo’. Al cobrar por metro cuadrado y no por el valor del servicio realizado en contrapartida al contribuyente, se viola la disposición legal precedente'.

El dictamen del TCR es muy claro al establecer que los artículos correspondientes del proyecto 'no precisan cuál es el servicio que prestará la Intendencia', coincidiendo en el problema que habíamos advertido desde el Frente Amplio, por lo cual entendemos que se debe instruir a la Intendencia para que remita a consideración de esta Junta la reglamentación de la tasa que se crea para que sea aprobada por este Legislativo, como debió haber sido desde el principio.

3) Por el fundamento expresado en el punto 4.4 del dictamen del Tribunal, se observa que 'la ampliación de los sujetos pasivos del Impuesto general municipal por el Legislativo departamental, dispuesta por el literal A del artículo 16, que agrega el término similar ‒tiempo compartido, condo-hotel o club de campo‒, vulnera lo preceptuado por el artículo 275 de la Constitución de la República, que requiere la iniciativa del Intendente a esos efectos'.

Creemos que, por la base de esta consideración –la violación de la norma constitucional‒, debe ser aceptada esta observación, instruyéndose al Ejecutivo a los efectos de que eventualmente considere la pertinencia de la iniciativa en una próxima instancia presupuestal.

4) Por lo expresado en el punto 4.5, el TCR determina tener presente que 'la supresión de sujetos pasivos por la Junta Departamental en el artículo 16 disminuye los ingresos, por lo que deberá ser compensado abatiendo gastos en forma proporcional'.

La consideración del Tribunal en este punto es de orden constitucional. En efecto, el artículo 225 de la Constitución establece en su primer inciso: 'Las Juntas Departamentales solo podrán modificar los proyectos de presupuesto para aumentar los recursos o disminuir los gastos, no pudiendo prestar aprobación a ningún proyecto que signifique déficit ni crear empleos por su iniciativa'.

En tanto el dictamen del Tribunal alerta sobre una disminución de los ingresos, entendemos que debe instruirse a la Intendencia a remitir a esta Junta la determinación de los gastos que serán abatidos para compensar la reducción de ingresos que determinó la supresión de sujetos pasivos del aumento de la alícuota del Impuesto general municipal votado por la mayoría de esta Junta.

5) Con el fundamento desarrollado en el punto 4.6, es observado por el Tribunal que 'los artículos 17 al 22, al autorizar genéricamente al Ejecutivo departamental a otorgar facilidades a los deudores de tributos en forma genérica, excede las potestades de los Gobiernos departamentales en tanto incluye impuestos creados y fijados por ley nacional, como es el caso de la contribución inmobiliaria rural y el Impuesto a los remates y semovientes'.

Con respecto a la inclusión de la contribución inmobiliaria rural en los artículos incluidos en la Modificación presupuestal que establecen un plan de facilidades de pago de adeudos, corresponde establecer que está plenamente vigente el artículo 775 de la Ley Nº 18.719 –aprobado en 2011 por iniciativa del Diputado frenteamplista por nuestro departamento, señor Pablo 'Yuyo' Pérez‒ por el cual se establece:

'Facúltase a los Gobiernos departamentales, previa autorización del Ministerio de Economía y Finanzas, a establecer, con respecto a la contribución inmobiliaria rural, iguales planes de regularización de adeudos a los establecidos para la contribución inmobiliaria urbana y suburbana'.

Dicha norma, plenamente vigente, fue ignorada en un plan de facilidades de pago aprobado por el actual Gobierno en el año 2015 en el Decreto 3937 –excluyendo expresamente a la contribución rural de la refinanciación‒, pese a la advertencia del Frente Amplio. Posteriormente, el propio Gobierno reconoció su error e, invocando la misma norma habilitante, volvió a incluir en la refinanciación el referido tributo en el texto del artículo 5º del Decreto 3944. (a.t.)

Teniendo en cuenta que los sectores del campo afectados por deudas de contribución inmobiliaria rural son presumiblemente los productores de menor porte y atendiendo a que no hay razón alguna para cometer la inequidad de excluir a nadie de un plan de facilidades de pago, sobre todo cuando hay base legal perfectamente habilitante, creemos que no debe ser aceptada esta observación en lo referente a la contribución inmobiliaria rural, instruyéndose a la Intendencia a requerir del Ministerio de Economía y Finanzas la autorización que indica la Ley Nº 18.719.

En lo referente al Impuesto a los remates y semovientes, creemos que la observación debe ser aceptada.

6) Por lo expresado en el punto 4.7, el Tribunal de Cuentas observa que 'las partidas presupuestales para viviendas, que se incluyen en los planillados remitidos, no encuadran en las competencias de los Gobiernos departamentales, en tanto carecen de norma legal habilitante para la construcción de viviendas'.

Se trata de una consideración habitual del Tribunal de Cuentas sobre la que ya ha sido expresado por esta bancada: 'En varias oportunidades anteriores –tales como en el tratamiento de los Presupuestos quinquenales 2006-2010 y 2011-2015, y la anuencia para enajenar terrenos de propiedad municipal para constituir un fideicomiso destinado a la construcción de vivienda social esta Junta Departamental, con mayorías especiales y un respaldo jurídico específico y vigente, al que nos remitimos y en el que se cuentan la Ley Orgánica Municipal 9.515, la Ley 13.728, y últimamente la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, Nº 18.308, y sin invadir la especialidad de otros organismos nacionales, ha defendido la facultad propia de los Gobiernos departamentales en la construcción de viviendas, tanto en forma autónoma –por la importancia y gravedad del problema social que se intenta remediar, como en forma de colaboración en el cumplimiento de metas y objetivos comunes con organismos tales como el MVOTMA y la Agencia Nacional de Vivienda'.

Por lo expuesto, al igual que en ocasiones anteriores, creemos que no debe aceptarse esta observación.

7) Finalmente, por lo expresado en el punto 4.8 de su dictamen, el Tribunal indica tener presente que 'con relación al Municipio de San Carlos, atento a la vigencia del artículo 2 de la Ley Nº 11.250…, la Intendencia deberá poner a su disposición, para la atención de sus necesidades y servicios, un monto equivalente como mínimo al 90% de las rentas que se produzcan dentro de su jurisdicción'.

Con respecto a esta indicación del TCR –de orden legal‒, creemos que no corresponde otra cosa que instruir a la Intendencia en el sentido de que se tenga presente dicha advertencia.

ATENTO: A lo expuesto precedentemente.

La Comisión de Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones, reunida en el día de la fecha, en informe en minoría, al honorable Cuerpo ACONSEJA: 1) Aceptar las observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas en su dictamen de fecha 24 de octubre de 2018, expresadas en los Considerandos 3.1, 3.2, 3.3, 4.2, 4.4.

2) En consecuencia: a) Instruir a la Intendencia a los efectos de que presente esta información faltante sobre la presentación comparativa con el Presupuesto vigente de los programas de inversiones y de la Junta Departamental señalada en el Considerando 3.1 del dictamen a la Junta Departamental y al Tribunal de Cuentas.

b) Instruir a la Intendencia a los efectos de que presente la información faltante señalada en el Considerando 3.2 del dictamen a la Junta Departamental y al Tribunal de Cuentas, actualizando los datos por los cambios que se hayan producido en los detalles de sueldos y escalafones distribuidos por programa desde la aprobación del Presupuesto quinquenal.

c) Instruir al Ejecutivo a modificar los cálculos aludidos en el Considerando 3.3, respecto a los montos globales de recaudación y gasto y sus detalles de apertura correspondientes y remitirlos a conocimiento de la Junta Departamental.

d) Instruir a la Intendencia a remitir a la mayor brevedad posible el proyecto de reglamentación que se señala en el Considerando 4.2 del dictamen del Tribunal, a la consideración y aprobación de la Junta Departamental, a los efectos de garantizar la legalidad y el cumplimiento del convenio con ADEOM y de subsanar el incumplimiento.

e) Instruir al Ejecutivo a los efectos de que eventualmente considere la pertinencia de la iniciativa faltante indicada en el Considerando 4.4 del dictamen‒, en una próxima instancia presupuestal.

3) Aceptar la observaciones formuladas en el párrafo 4.6 solo en lo referente al Impuesto a los remates y semovientes y, en consecuencia: a) Instruir a la Intendencia a remitir a la Junta los recálculos producidos en el ítem correspondiente y los totales de la recaudación prevista. (a.g.b.)

4) No aceptar la observación formulada en el párrafo 4.6 en lo referente a la contribución inmobiliaria rural.

5) No aceptar la observación formulada en el párrafo 4.7 respecto a la presunta falta de norma legal habilitante para la construcción de viviendas por parte de las Intendencias.

6) Indicar a la Intendencia que deberá tener presente lo indicado por el Tribunal de Cuentas en los párrafos 4.3, 4.5 y 4.8 de su dictamen, y en consecuencia: a. Instruir a la Intendencia –de acuerdo a lo indicado por Tribunal en el Considerando 4.3 para que remita a consideración de esta Junta la reglamentación de la nueva Tasa de higiene y salubridad que se crea para que sea aprobada por este Legislativo, como debió haber sido desde el principio. b. Instruir a la Intendencia a remitir a esta Junta la determinación de los gastos que serán abatidos para compensar la reducción de ingresos que determinó la supresión de sujetos pasivos del aumento de la alícuota del Impuesto general municipal votado por la mayoría de esta Junta, de acuerdo a lo señalado en el Considerando 4.5 del dictamen del Tribunal de Cuentas. c. Instruir a la Intendencia en el sentido de que se tenga presente la advertencia del Tribunal expresada en el Considerando 4.8 de su dictamen respecto al mínimo del 90% de las rentas producidas en su jurisdicción que deberán ser puestas al servicio de las necesidades y servicios del Municipio de San Carlos, según Ley Nº 11.250.

7) Remítase todo lo actuado en el proyecto de Adecuación presupuestal a consideración de la Asamblea General, de acuerdo a lo establecido en el artículo 225 de la Constitución de la República.

8) Declárase urgente”.

El informe lo firman los Ediles Guerra, Washington Martínez, Fermín de los Santos y Leonardo Delgado.

PRESIDENTE.- Muchas gracias, Escribana Busnadiego.

Está a consideración el informe en mayoría.

EDIL BLÁS.- Que se vote.

EDIL DE LOS SANTOS.- Hay anotados.

PRESIDENTE.- Hay anotados...

(Dialogados en la Mesa).

Tiene la palabra el señor Edil Federico Guerra.

EDIL GUERRA.- Muchas gracias, señor Presidente.

El Tribunal de Cuentas ha mandado el estudio sobre la Adecuación presupuestal y, como le corresponde, hace varios considerandos y observaciones en términos formales y legales, pero también hay ‒y creo que es lo más importante‒ algunos aspectos que hacen esencialmente a lo político y al desarrollo del Gobierno departamental.

Se vuelve a reafirmar, por parte del Tribunal, lo mismo que se hizo para la concesión de la última línea de préstamo ‒de U$S20.000.000‒ en cuanto a que no está planteada la financiación del déficit acumulado, y esto es reiterativo. Cuando hablamos sobre la Rendición de cuentas, en su momento, cuando intervinimos y se escribió en el informe sobre la anuencia para los 20.000.000, planteábamos esta temática que queda refrendada y planteábamos que la situación de la Adecuación presupuestal no apunta para ese lado sino que apunta a un incremento del déficit que tiene la Intendencia.

Esta situación que planteamos, que nos preocupa, no es para crear ninguna forma de terrorismo verbal ni para generar desconfianza, ni como se ha sugerido por parte del señor Intendente y del señor Director General de Hacienda como que poco menos que queremos desestabilizar al Gobierno departamental. No; lo planteamos por una preocupación por el departamento y su economía, no lo planteamos para desestabilizar a nadie. Lo planteamos para buscar soluciones que no están en nuestras manos y fue una discusión que se generó al inicio de este período cuando discutimos el Presupuesto y los planteos que había en él. (dp)

Y bueno, lamentablemente para los habitantes de Maldonado, tenemos que decir que no nos equivocamos; se está llegando a eso.

Hay aspectos en los que podemos llegar a coincidir con el planteo que hace el Partido Nacional, como son las partidas para viviendas, pero no lo hacemos por capricho sino porque hay fundamentos para eso y lo explicamos en el informe. Además, tenemos una línea clara y una preocupación por los déficits de vivienda para los sectores de menores recursos. Ha sido y es una prioridad que el Frente Amplio mantiene y sostiene, el buscar lograr soluciones.

Por lo tanto, no solo es el fundamento legal sino político; creemos que es correcto no aceptar dicha observación, fundamentalmente en lo político ‒aunque no soy un hombre lego ni cosa que se le parezca‒; en ese aspecto sí coincidimos. Estamos defendiendo algo que ya se hizo, que es incluir la contribución inmobiliaria rural dentro de las facilidades para deudores de tributos.

Ya lo hicimos en la primera propuesta que hubo en esta legislatura. El compañero Fermín de los Santos lo planteó, posteriormente se hizo el trámite y se logró incluir.

Lo que nos extraña acá es que el Partido Nacional no defienda esto, porque venimos de un Presupuesto que habla de un departamento netamente agropecuario y dicen que no les interesa refinanciar las deudas de contribución inmobiliaria rural, fundamentalmente por los pequeños y medianos productores. Pero nos extraña más todavía, no solo por aquel Presupuesto, sino por grandes exposiciones que hemos escuchado acá de lo mal que se está en el agro en cuanto a producción. Y si está mal, posiblemente se endeuden…

No lo entendemos, nosotros lo defendemos, tiene que estar en las refinanciaciones, fundamentalmente por los pequeños y medianos productores. No creemos en ese grado de crisis del que se habla si bien hay sectores que no la están pasando bien, pero es una línea política general la de defender la producción y buscar lo productivo.

También hay una observación con relación al Municipio de San Carlos. Nos cuesta decir si es correcto o incorrecto porque no tenemos información de cuánto se recauda en el Municipio de San Carlos ni en ningún Municipio. Entonces, si bien cuando el Presupuesto se atribuyó que las partidas que se daban a los Municipios estaban en relación a lo que recaudaban y a la morosidad ‒cosa de la que nunca tuvimos la información y seguimos sin tenerla‒, no podemos decir si efectivamente se le da el 90% o no, si se le da más o menos.

Esta es una información que reclamamos en su momento ‒como tantas otras‒, pero nunca llegó, como pasa con el tema de la observación sobre el Rubro 0. No se cambia lo que está en el Presupuesto…, bueno, sí, perfecto. (a.f.r.)

Entiendo al Tribunal ‒perfectamente‒, porque ¿cómo sé si no hay cambios si no hago la comparación? Creo que no es un tema de confianza sobre confianza, es un tema de documentaciones, porque si no se le envía la documentación correspondiente a la fecha, no puede comparar con lo que era el año 2016 y, por lo tanto, no puede emitir si hubo cambios o si no los hubo.

Hay algunos otros aspectos.

Uno de ellos lo marcamos en la Comisión, y es que nos parecía que no era correcto que se dejara el tema de la prima por presentismo, que refuerza la prima de temporada estival, porque si eran más de siete días continuos no se sabe si va a cobrar, no va a cobrar o cuánto va a cobrar, lo que quedaba a criterio del Director de Recursos Humanos, del Director del Departamento, del Jefe ‒no sé‒. Nosotros dijimos que no nos parecía correcto. Hoy se nos dio la fundamentación de que eso era en caso de que un funcionario o una funcionaria, por ejemplo, se sometiera a una intervención quirúrgica y tuviera que tomarse más días, y que no lo podíamos comparar con las licencias parciales.

Creemos que es bueno y que hay que reglamentarlo; y que esa reglamentación no incumple el convenio con ADEOM, porque dicha reglamentación se puede discutir con la dirigencia de ADEOM, llegar a un acuerdo y remitirlo a la Junta Departamental. No es que por reglamentarlo se incumpla, porque el acuerdo dice que se reglamentará.

Entonces, es ahí...

(Aviso de tiempo).

PRESIDENTE.- Terminó su tiempo, señor Edil.

VARIOS EDILES.- Prórroga de tiempo...

PRESIDENTE.- Están pidiendo prórroga; tenemos que votarla.

EDIL BLÁS.- ¿Quién es el miembro informante?

PRESIDENTE.- ¿Usted es el miembro informante por el Frente Amplio, Guerra?

EDIL GUERRA.- Soy yo.

PRESIDENTE.- Muy bien; como miembro informante le corresponden cinco minutos más.

EDIL BLÁS.- Tiene diez.

PRESIDENTE.- Sí, tiene diez, pero tiene cinco más por ser miembro informante.

(Dialogados).

SE VOTA: 28 en 30, afirmativo.

Puede continuar, señor Edil Federico Guerra.

EDIL GUERRA.- Muchas gracias, señor Presidente Correa; muchas gracias, señoras y señores Ediles.

PRESIDENTE.- Bueno, así es un placer...

(Hilaridad).

EDIL GUERRA.- Decíamos que hay que reglamentarlo, y lo decíamos porque no somos amigos de que quede a la deriva del “dedito para arriba” o del “dedito para abajo”. Ese aspecto también nos parece importante; más allá del artículo que sea, de la legislación que sea, nos parece que pasa por el criterio de cómo manejar las relaciones.

Hoy, en definitiva, y más allá de estos aspectos del Tribunal, se pondrá a consideración de esta Junta Departamental la definición de la Adecuación presupuestal, lo que luego llamamos el decreto confirmatorio, y nosotros ya tenemos una postura. Lo que marca el Tribunal no nos hace cambiar nuestra postura; la adelantamos cuando discutimos la Adecuación, antes de remitirla, y no hay nada que nos indique cambiar la posición que tuvimos.

No vamos a acompañar la Adecuación en general, pero vamos a solicitar que se desglosen sus artículos porque hay un par de situaciones que sí estamos dispuestos a acompañar. (m.r.c.)

Y vamos a volver a dejar sentado, para que quede claro, que en su momento en la Comisión pedimos que los anexos se separaran en lo que era el anexo por Ingresos, el del Rubro 0 y Gastos de funcionamiento, y el de Inversiones, porque estábamos dispuestos a acompañar las inversiones, tal cual lo hicimos en el Presupuesto quinquenal, pese a que no nos satisfacían del todo. Pero no quiso el Partido Nacional hacer ese desglose y, obviamente, por votar las inversiones no estamos dispuestos a votar U$S10.000.000 para subrogaciones, mucho menos en esta situación, donde se marcan los problemas del déficit y su financiación.

Queremos dejar sentado esto porque, además, se hace mucha propaganda con las inversiones de una Adecuación y con que no las votó el Frente, cuando más del 90% de lo que figura en la Adecuación ‒porque además se rebajan las inversiones en la Adecuación; no se aumentan, se rebajan‒ ya estaba en el Presupuesto quinquenal y ya el Frente Amplio lo había votado.

Queremos dejarlo aclarado porque se sale a la prensa, a los medios de comunicación, a las redes sociales, buscando acusar al Frente Amplio de que no quiere a Maldonado, que no quiere que mejore, que no quiere inversiones, y no es verdad, no es cierto. No lo votamos por esa situación, pero, además, más del 90% ya está en el Presupuesto quinquenal y nosotros lo votamos.

Queremos dejar constancia de estas situaciones, que son más políticas que legales, repito. No soy lego; esto no es algo que me apasione mucho, pero es la lectura y la interpretación que hacemos de estas cuestiones.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE.- Gracias, señor Edil.

La Mesa le recuerda, con respecto al desglose que usted solicitó, que lo que se está votando, lo que se vota, son los informes; no se vota la Adecuación presupuestal, se está votando el informe. Entonces, usted no puede pedir un desglose de la Adecuación porque lo que se están votando son los informes.

EDIL DE LOS SANTOS.- Pedimos el desglose de la Adecuación, ¿por qué no?

PRESIDENTE.- No; el envío de la Adecuación se votó en su oportunidad, ahora estamos votando los informes.

EDIL GUERRA.- Porque hay cambios en la redacción de la Adecuación.

PRESIDENTE.- Pero se votan los informes.

EDIL GUERRA.- Tenemos que volver a votar los artículos de la Adecuación.

PRESIDENTE.- No, no; se votan los informes, la Adecuación ya fue a…

EDIL GARLO.- Presidente, ¿me permite hacer una consulta a la Mesa?

(Dialogados).

Presidente, ¿me permite una pregunta?

PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Edil Fermín de los Santos.

EDIL GARLO.- Presidente…

PRESIDENTE.- Garlo, dígame.

EDIL GARLO.- Respecto a esto…

PRESIDENTE.-¿Por una aclaración?

EDIL GARLO.- Por una aclaración, sí.

Esto requiere un decreto confirmatorio y ese decreto confirmatorio, que es un nuevo acto legislativo que la Junta debe sancionar, debe ser sometido a consideración del Cuerpo; no basta con un informe que modifique otro decreto que ya fue aprobado, porque lo que se remitió al Tribunal fue el decreto original.

PRESIDENTE.- Señor Edil Garlo…

EDIL GARLO.- Eso sucedió con el Presupuesto quinquenal, por ejemplo.

PRESIDENTE.- No…

EDIL BLÁS.- No sucedió con el Presupuesto quinquenal.

EDIL GARLO.- Busque las actas y...

EDIL BLÁS.- Busque las actas, sí…

PRESIDENTE.- Por favor, evitemos los dialogados.

EDIL BLÁS.- El Presupuesto de 2005, de 2006, de 2011…

EDIL DE LOS SANTOS.- A ver, ¿quién contesta? ¿La Mesa, el Edil Blás? ¿Cómo es?

(Superposición de voces).

PRESIDENTE.- Señor Edil Garlo, ya le contestamos.

Tiene la palabra el señor Edil Fermín de los Santos.

EDIL DE LOS SANTOS.- Gracias, Presidente.

Lo primero que queremos poner en valor es que, luego de llegado el dictamen del Tribunal de Cuentas de la República, nosotros volvemos a poner a consideración un informe con todo el rigor, el trabajo y la responsabilidad que requiere un informe de este tipo y de estas características para algo tan importante como son, sobre todo, los destinos de los dineros de Maldonado.

Y en el Resultando I del informe en minoría hay una síntesis ‒que me parece que es perfecta‒ de lo que manejamos nosotros como definición y que voy a tomar. (k.f.)

Este Proyecto de Modificación Presupuestal va a profundizar las tendencias negativas en el gasto de la Intendencia, que seguirá incrementando el peso de los Servicios Personales y el Funcionamiento en detrimento de una inversión decreciente, que seguirá sin responder a las verdaderas necesidades…

PRESIDENTE.- Perdón, señor Edil, por una aclaración: usted está leyendo el informe en minoría, acaba de decir que estaba considerando el informe en mayoría. Se lo aclaro porque está entreverando.

EDIL DE LOS SANTOS.- Vale la aclaración.

PRESIDENTE.- Puede comenzar de vuelta.

EDIL DE LOS SANTOS.- No, está bien; gracias, Presidente.

...y el funcionamiento en detrimento de una inversión decreciente que seguirá sin responder a las verdaderas necesidades de la población de Maldonado y del desarrollo del departamento. Además –lo hemos dicho ya en todas las instancias presupuestales que hemos tenido– se endeuda en forma creciente y peligrosa, llevando el déficit acumulado a cifras que seguirán batiendo los récords históricos.

En el artículo 3 –nos queremos detener también–, en el 3.3, se establece el fundamento de la siguiente observación y habla del tema déficit, que es también un tema reiterado desde la bancada del Frente Amplio, que hemos puesto continua y claramente –de manera que no admite cuestionamiento, porque son números de la Intendencia y del Tribunal de Cuentas de la República, no hay números puestos por De los Santos ni por Guerra ni por a quien se les ocurra inventar– y que dice así: con el déficit acumulado presentado por la Intendencia Departamental de Maldonado al 31 de diciembre de 2017 el mismo asciende a $2.167.280.802. No están aprobados aún por el Tribunal –tenemos acá– los ingresos presupuestados para los años 2018 y 2020. Estos no son suficientes –aclaramos lo que hemos dicho en reiteradas oportunidades– para financiar el déficit acumulado en el quinquenio, contraviniéndose, en consecuencia, lo dispuesto en el artículo 225 de la Constitución de la República.

Decíamos en los informes en minoría, cuando tratábamos en sesiones pasadas este Proyecto de Modificación Presupuestal, analizando las cifras globales –remitíamos el Mensaje del Ejecutivo–: corregidas algunas de estas cifras, los importes correspondientes son para los años –como dijimos– 2018 y 2020. Los ingresos totales ‒la recaudación de origen nacional y departamental, las dos recaudaciones– son $20.549.000 aproximadamente. Los egresos son 18.000.842.

Hay una cuestión muy interesante que se describe en el informe en minoría porque siempre han existido y nos han tratado de hacer creer algo que es absolutamente imposible a cómo viene siendo dirigida la parte de los dineros de Maldonado desde la Intendencia.

Dice así el informe en minoría: en síntesis, si se cumple con lo presupuestado en esos tres años, se generará un superávit de $1.707.000.000 y que por lo tanto cuando llega la Rendición de Cuentas correspondiente el déficit acumulado ‒que al cierre de 2017 era $2.167.000.000‒ se va a reducir a 460.000.000. O sea que nos quieren hacer creer –esto es lo notable– que el Gobierno del Partido Nacional, que en dos años llevó el déficit de $1.450.000.000 ‒al cierre de 2015‒ a 2.167.000.000 al cierre de 2017, con dos Ejercicios que suman un resultado negativo corriente de $717.000.000... (g.t.d.)

Y que para financiarlo aumentó el endeudamiento bancario autorizado a más de U$S72.000.000, equivalente a $2.103.000.000; ahora va a lograr ‒y esto es notable‒ en los tres Ejercicios seguidos un superávit total de $1.707.000.000 ¿El Gobierno del Partido Nacional y algún socio concertante nos quieren hacer creer que con el modo de administrar ‒que lo decíamos hace un momento‒ que ha demostrado el Partido Nacional en estos tres años de gobierno, realmente piensa bajar el déficit en $460.000.000? Nosotros no lo creemos y lo hemos marcado en cada una de las intervenciones que hemos tenido desde esta bancada.

La pregunta surgía sola y supongo que la tendrían que contestar todos los Ediles del Partido Nacional que están sentados ahí. Si estos números son ciertos, si van a bajar el déficit en los términos que se declaran, si van a generar este superávit de $1.707.000.000, entre 2018 y 2020, ¿para qué solicitaron una nueva anuencia adicional de U$S20.000.000? ¿Por qué están pidiendo, en el mismo mensaje, aumentar el tope de endeudamiento? Autorizado este en $677.000.000 y llevando a más de $3.057.000.000, lo que son más de U$S90.000.000, que también lo hemos denunciado reiteradamente en cada una de nuestras intervenciones cuando tocamos los temas presupuestales. La respuesta también es obvia; no es creíble lo que están diciendo, no es creíble por el lado que se mire, lo que no hicieron en dos años y lo hicieron invertido lo van a solucionar en tres años... No, es mentira y mucho menos ‒como decíamos hace un momento‒ con el criterio que se está manejando la Hacienda pública en la Intendencia de Maldonado.

En el punto 2 y en el 4.3 ‒el que refiere al dictamen del Tribunal de Cuentas de la República‒ dice: "Artículos de 12 a 15 que regulan la Tasa de higiene y salubridad creada por el artículo 11; si bien determinan el sujeto pasivo y el monto, no precisan cuál es el servicio que prestará la Intendencia, lo que constituye un elemento esencial para determinar la naturaleza jurídica del tributo y si se trata efectivamente de una tasa, por lo cual en tanto se encomienda al Ejecutivo departamental la reglamentación de la tasa en definitiva que se crea. Se expedirá respecto de su legalidad el Tribunal en el momento que le sea remitida la misma".

O sea que el Tribunal de Cuentas de la República está diciendo, ni más ni menos, que carece de información para determinar lo que es esto, que indudablemente es la modificación que se está presentando sobre el tema de la Tasa de higiene y salubridad.

En el informe que nosotros hacemos se dice esto, señor Presidente: "Corresponde que seamos muy claros al respecto antes de cualquier evaluación del impacto en los ingresos que pueden llegar a producir estos cambios de normativa; debemos afirmar con absoluta claridad que no debe de haber peor momento ‒este semestre del año que corre‒ para instrumentar una medida de este tipo". Esto también lo decíamos en las instancias presupuestales que hemos estado discutiendo anteriormente.

"En efecto, conociendo la situación de la región más cercana..." No olvidemos que sobre todo nuestro departamento tratando...

(Aviso de tiempo).

EDIL DELGADO.- Prórroga de tiempo.

PRESIDENTE.- Se le terminó su tiempo, señor Edil...

EDIL GARLO.- Prórroga...

EDIL DE LOS SANTOS.- ¡Sí, prórroga…!

PRESIDENTE.- Solicitan prórroga.

EDIL DE LOS SANTOS.- Si me la da, me la da, si no me la da...

PRESIDENTE.- Momentito...

EDIL DE LOS SANTOS.- No, porque está dudando y mirando al Edil Garlo...

PRESIDENTE.- No, estoy viendo quién me pidió la prórroga, no miré a nadie; usted no me va a decir a quién puedo mirar...

EDIL DE LOS SANTOS.- Está bien...

PRESIDENTE.- Diríjame la mirada... ¿Quiere que lo mire a usted? Es bravo mirarlo a usted...

(Hilaridad).

EDIL DE LOS SANTOS.- No fui tan agraciado...

PRESIDENTE.- Bueno; no, obvio.

Solicitan prórroga; que se vote...

SE VOTA: 13 en 29, negativo.

Tiene la palabra el señor Edil Enrique González. (m.g.g.)

EDIL ENRIQUE GONZÁLEZ.- Gracias, Presidente.

Cuando se dio la discusión de la Ampliación presupuestal, planteábamos un análisis sobre algo que medianamente manejamos: el Rubro 0 y el acuerdo de ADEOM con la Intendencia Departamental. Por supuesto, el análisis por nuestra parte fue bastante pesimista en términos de lo que se presupuestaba y, también, en términos de lo que se acordaba, por lo que algunos Ediles nos plantearon: “No hagan terrorismo verbal; no hagan un análisis tan pesimista de la situación”. Y, de alguna manera, nos quedamos pensando ‒esto es un intercambio en el marco de un debate de ideas y, por supuesto, también en el marco de un debate sobre distintas formas de gestionar‒ particularmente en el tema Rubro 0 ‒que implica ni más ni menos que el salario de los trabajadores y de las trabajadoras de la Intendencia‒ y, por supuesto, en lo que implicaba el acuerdo que se había firmado en este caso ‒decíamos en su momento y lo repetimos: lejos estaba de las promesas que se hicieron por parte de la anterior Dirección de ADEOM y del Intendente‒: aseguraba a los trabajadores que de aquí en adelante iban a saber con claridad de qué forma se iban a ajustar sus salarios.

También planteábamos el hecho de que se reajustaba el presupuesto del Rubro 0 en montos que no se entendían, porque lo que significaba el convenio salarial más el aumento por IPC de los años siguientes era mucho menor que lo que se le adjudicaba de aquí para adelante al Rubro 0, que andaba en el entorno de los $330.000.000, cuando el convenio salarial más el ajuste por IPC no llegaba a los 90.

Entonces, con objetividad y transparencia, de acuerdo a lo que nosotros pensábamos, planteamos que el hecho de que esos dineros no tuvieran destinos específicos ‒es decir, que no estuviera establecido con claridad en qué se iba a gastar‒ llevaba a interpretar dos cosas. La primera es que, sin duda, se aumentaba el presupuesto de Rubro 0 para los ingresos en términos generales pero, particularmente, para el 30% que tiene asignado el Intendente para designación directa porque, aumenta en términos generales, y también aumenta la posibilidad de esos ingresos. Después, veremos si lo hacen o no. Y, dicho sea de paso, también veremos si contestan los pedidos de informes, ya que hemos hecho varios y no nos han contestado.

Pero también planteábamos el hecho de que, en estos dos últimos años de gestión del Gobierno del Partido Nacional, se marcaba una clara intención al modificar una de las herramientas fundamentales para organizar la tarea a través de los distintos escalafones y grados, como es el pago de la compensación por tarea diferente al cargo. En su momento lo planteamos con claridad y sigue planteado en esos términos: al modificar esa herramienta la transformaron en una cuestión tan discrecional como la voluntad o la intención que tenga cada Director General, el Director de Recursos Humanos o el propio Intendente, porque se le da a cualquiera, en cualquier condición, sin medir ninguna cosa y, además, con el plazo de los cinco años. Es decir, se la dan al principio del Gobierno y termina al finalizar el período, y no hay ninguna reglamentación que contemple el hecho de que esos cargos, que generalmente son jerárquicos ‒a nadie le van a dar una subrogación para el Grado 3 o 4; son para los Grados 10, 11 y 12‒, sean cubiertos por este tipo de herramientas y de esta forma, dejando, como decíamos en su momento, al resto de los funcionarios ‒que tienen derecho a la carrera funcional, que tienen derecho a concursar por esos lugares‒ mirando como gato la fiambrera. Entonces, este tipo de designaciones… (a.t.)

Así lo está manejando el Gobierno del Partido Nacional y nosotros entendemos que así se está lesionando la carrera funcional de los trabajadores y las trabajadoras de la Intendencia. Este tipo de asignaciones, sin ningún tipo de destino previamente estipulado, aumentan esas posibilidades, porque aumenta la posibilidad de seguir gastando en subrogaciones y en ingresos de forma totalmente discrecional porque ‒repito‒ es lo que han hecho hasta ahora. Algunos podrán decir que no es así, bueno, que lo demuestren ‒en todo caso‒, porque lo que han hecho hasta ahora es transformar algunas herramientas de buena administración que había en una herramienta totalmente discrecional y ‒yo diría‒, en el fondo, hasta clientelística.

Entonces, el Tribunal de Cuentas en su informe lo observa. Observa claramente al Rubro 0 y estipula que, si bien hubo detalles en el cálculo general, no hubo detalles de los programas, tanto para funcionarios presupuestados como contratados. Eso quiere decir que no hay un destino específico para la plata de más que se está pidiendo en el Rubro 0.

Con respecto al tema del convenio, también hacíamos mención a dos cosas. La primera era esta partida de fortalecimiento de la que hablábamos, que está establecida en el convenio. Decíamos a priori que tenía un grado tal de exigencia ‒un grado tal de exigencia‒ que creíamos seriamente que iba a haber pocos trabajadores o trabajadoras que la fueran a cobrar. Pero, sinceramente, a la hora de establecerse la Ampliación presupuestal, luego de establecerse todos esos requisitos y todo lo demás, no tuvimos en cuenta el hecho de que dice lo que planteaban los compañeros: “La Intendencia reglamentará todos aquellos casos que queden por fuera de esta”...

Sin duda, nuevamente se establece una herramienta, se establece un criterio y después se plantea esa puertita de discrecionalidad, seguramente para poder resolver algunas cuestiones fundamentadas, algunas cuestiones con una visión humanista, pero sabemos que ese tipo de herramientas también se prestan para otras cuestiones.

Por lo tanto, comparto lo que decía algún compañero sobre el hecho de ver rápidamente, a través de la Comisión de Presupuesto, en contacto con ADEOM y la Intendencia, la posibilidad de reglamentarlo. Es decir, hay formas de reglamentar este tipo de cuestiones previendo excepciones, sin dejarlo a discrecionalidad de la intención del Director General de Recursos Humanos o, eventualmente, de algún otro Director.

Reitero: no es terrorismo, pero de alguna manera, del debate con respecto a la situación de déficit, del planteo que se viene haciendo sobre el endeudamiento, se está desprendiendo ‒además de que en el punto del acuerdo lo menciona‒ que el ajuste del año 2019 se va a hacer a año vencido; lo dije en el debate anterior y lo reitero: si en este momento fuera trabajador de la Intendencia estaría cuestionando ese punto totalmente, porque, de acuerdo a cómo se viene manejando esto, nada asegura que ese año la Intendencia pueda cumplir con los trabajadores en lo que respecta al ajuste por IPC de su convenio salarial. Es un año entero. Estamos hablando del entorno del 8% como mínimo, más todas las partidas.

Algunos podrán decir “tenés una visión muy pesimista de la cosa”, pero la historia nos demuestra otra realidad. La historia nos demuestra que, lamentablemente, el Gobierno del Partido Nacional, en ese concepto, ha tenido ‒para mi gusto‒ una mirada demasiado pragmática de los números con respecto al salario de los trabajadores y las trabajadoras.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE.- Gracias, señor Edil.

Tiene la palabra el señor Edil Joaquín Garlo Alonsopérez.

EDIL GARLO.- Gracias, señor Presidente.

El informe remitido por el Tribunal de Cuentas de la República a esta Junta, conforme al artículo 225 de la Constitución, confirma lo que expresáramos en la discusión del proyecto de Modificación presupuestal enviado por el Intendente. (a.g.b.)

Esas afirmaciones que hicimos con total certeza sobre la desprolijidad a la hora de presentar este proyecto de Modificación presupuestal, un proyecto que estaba plagado de desprolijidades, de irregularidades en cuanto a su forma y también en cuanto a su contenido.

Esta Modificación, como se viene diciendo, no corrige los malos pasos que la Administración del Partido Nacional viene transitando en lo que respecta a la Hacienda pública, en lo que respecta a la administración de los fondos del Gobierno departamental, de la Intendencia Departamental, lo que, inclusive, fuese reconocido por el propio oficialismo en sesiones pasadas del Cuerpo.

A nosotros nos preocupa mucho, justamente, que teniendo la oportunidad de plantear una Modificación presupuestal, no se hubiesen previsto correcciones a esos malos caminos y no se hayan buscado alternativas para poder, en definitiva juntos, conversando, con mayor diálogo ‒hubiésemos querido un mayor diálogo‒, corregir estos malos caminos que se vienen transitando.

El informe del Tribunal realiza una serie de observaciones a lo que fuese aprobado por la Junta. En el punto 4, "Cumplimiento de normas constitucionales, legales y reglamentarias", apartado 3º, el Tribunal expresa que los artículos 12 al 15, que regulan la Tasa de higiene y salubridad creada por el artículo 11, si bien determinan el sujeto pasivo y el monto, no precisan cuál es el servicio que prestará la Intendencia, lo cual constituye un elemento esencial para determinar la naturaleza jurídica del tributo y si se trata, efectivamente, de una tasa.

Esto lo planteamos en la discusión y es nuestra mayor preocupación, y también lo es del Tribunal. ¿Esto es una tasa o es un impuesto encubierto? De no aprobar esta observación o solicitarle a la Intendencia que lo tenga en cuenta para la reglamentación, la Junta, aprobando en su momento el artículo 11 y siguientes, está aprobando la creación de un tributo inconstitucional. Es una flagrante inconstitucionalidad respecto al artículo 297 de la Constitución de la República, donde se establece claramente cuáles son los impuestos que son propios de la materia departamental y ni hablar de los artículos 11 y 12 del Código Tributario de la República, que se aplican también para los tributos departamentales.

Entonces, ¿somos responsables a la hora de desarrollar nuestra actividad legislativa? Lo comentábamos el martes pasado. ¿Somos conscientes de lo que estamos haciendo como órgano legislativo? De crear esta tasa, la Intendencia va a afrontar procesos jurisdiccionales por inconstitucionalidad; y hay vastos antecedentes en la materia.

Por nombrar algunos casos, nada más, Sentencia Nº 139 de la Suprema Corte de Justicia, del año 2009, F S.A. contra Intendencia Municipal de Montevideo. Dice la Corte: "La tasa referida no es en realidad una tasa sino que constituye un impuesto creado al margen de lo que la Constitución permite a los Gobiernos departamentales, vulnerándose así el artículo 297 de la Constitución. Del concepto de tasa del Código Tributario, aplicable por analogía a los Gobiernos departamentales, se desprenden los caracteres básicos que la definen y que no cumple el tributo establecido por la normativa impugnada".

Por analogía podemos aplicar esta sentencia a posibles casos que va a afrontar el Gobierno departamental de Maldonado frente a la creación de esta falsa Tasa de higiene y salubridad a los espacios comunes de las propiedades horizontales, con las características determinadas que el proyecto establecía.

“Las exoneraciones previstas”, dice la Corte, “respecto al pago del tributo, nada tienen que ver con el servicio sino que ponen en evidencia la existencia de fines ajenos a dicho servicio”. Se aplica también al artículo 14 de la Modificación presupuestal, donde se establece la exoneración del cobro de la tasa para determinadas propiedades horizontales ‒las que están en el casco urbano de Maldonado y San Carlos, con la indefinición de estos cascos urbanos y sin la remisión a las normas que pueden llegar a establecerlos‒ y para las viviendas construidas en el régimen legal de vivienda social. (dp)

La exoneración de este tributo ‒en este caso, esta Tasa de higiene y salubridad‒ no tiene nada que ver con el servicio que se va a prestar; porque si el objetivo es preservar la salubridad y la higiene de los espacios comunes de las propiedades horizontales de determinadas características, no se establecería una exoneración para determinadas zonas del departamento.

Eso demuestra que el fin es solamente la recaudación y no cumplir con el servicio que corresponde. Por lo tanto, es un elemento ‒en función de lo que dice la Suprema Corte de Justicia en su jurisprudencia‒ para empezar a determinar que esto no es una tasa sino un impuesto encubierto.

Tampoco se cumple con la regla de la razonable equivalencia entre lo que se recauda por el tributo y el costo del servicio que al Gobierno departamental le insume prestarlo. Acá no hay una relación entre el servicio que se presta y el monto que se establece para el cobro de la tasa.

Es un impuesto encubierto y no una tasa, ya que teniendo en cuenta que no se encuentra dentro del elenco de impuestos que integran la potestad tributaria departamental, el mismo es violatorio del artículo 297, numeral 5, de la Constitución y será pasible, en consecuencia, de posibles declaraciones de inconstitucionalidad por parte de la Suprema Corte de Justicia.

La Sentencia Nº 363 de 2013 ‒también una tasa falsa, creada por el Gobierno departamental de Cerro Largo‒ dice: “La actividad desarrollada por el Estado ‒el supuesto servicio prestado‒ no tiene ninguna complejidad ni fue realizada a través de diversas prestaciones. Esa realidad torna absolutamente inconstitucional al tributo, ya que vincula su recaudación en base al cálculo exclusivo del metraje cuadrado del lugar, en lugar de hacerlo en función del número de controles que corresponden”. Acá es lo mismo: ¿cómo se calcula la alícuota para el cobro de la tasa? En función del metraje cuadrado de los espacios comunes de las propiedades horizontales y no por el servicio que se presta. Ese es un elemento constitutivo del tributo impuesto y no del tributo tasa. Más elementos para determinar que esto no es una tasa sino un impuesto.

“De ahí por qué la fijación del monto no puede tomar en cuenta circunstancias inherentes a la persona o a los bienes del obligado ‒que son hipótesis de incidencia de impuestos‒, sino solo circunstancias atinentes a la actividad vinculante en sí misma, por ser ella, y no otra cosa, la hipótesis de incidencia de la obligación correspondiente a las tasas. Resulta, por lo tanto, indiscutible que la base imponible de las tasas debe estar relacionada con su hipótesis de incidencia ‒la actividad vinculante‒, así como en los impuestos tal base de medición se conecta con una situación relativa al sujeto pasivo, a sus bienes o actividades, que son consideradas hipótesis de incidencia por la ley”, dice Villegas en un artículo de la revista La Información ‒Buenos Aires, año 1972‒. Más elementos para determinar que esto no es una tasa sino un impuesto encubierto creado por el Partido Nacional en su desesperación por recaudar; es clarísimo.

Por otro lado, no acompañamos la observación del Tribunal de Cuentas en lo que refiere a las facilidades para el pago de adeudos en materia de contribución inmobiliaria. Esperábamos que el Partido Nacional tampoco la aceptara, porque dentro de la bancada de dicho partido hay muchos miembros del movimiento “Un Solo Uruguay”, por ejemplo, movimiento que reclama facilidades para la industria agropecuaria y para la zona rural. Bueno, justamente hay un artículo ‒que está previsto en el Presupuesto quinquenal del año 2011‒ impulsado por el Frente Amplio ‒en su momento por el Diputado Pablo Pérez‒ que permite a los Gobiernos departamentales, solicitando autorización al Ministerio de Economía y Finanzas, incluir a las contribuciones rurales dentro de las facilidades del pago de adeudos que se apliquen a las contribuciones urbanas y suburbanas. Por lo tanto, ¿por qué el Partido Nacional no desaprueba esta observación y le permite al Gobierno departamental establecer facilidades para el pago de adeudos de contribución inmobiliaria rural?

Lamentablemente, se nos termina el tiempo y no nos van a permitir hacer uso de los diez minutos de prórroga que nos corresponderían; así que dejamos por acá, Presidente.

(Aviso de tiempo).

Gracias.

PRESIDENTE.- Tiene la palabra el Edil Rodrigo Blás. (m.r.c.)

EDIL BLÁS.- Gracias, señor Presidente.

Tres o cuatro cosas, nada más.

En primer lugar, se ha afirmado que es un hecho inédito que haya un Presupuesto deficitario y que el Tribunal de Cuentas observa esto que es poco menos que grave y nunca sucedió. Sin embargo, en el Presupuesto del año 2006 dice el Tribunal de Cuentas, en la observación 5.7: “Por lo expresado en los numerales anteriores, el déficit acumulado al 31/12/05 no se encuentra financiado en el presente proyecto”. Está prohibido tener presupuestos deficitarios, por eso lo señala el Tribunal, porque si los déficits existen, existen, y nadie lo va a negar, no cumplen con la norma. Pero sucedió en el 2006, sucedió en el 2008, Ampliación presupuestal.

Dicho sea de paso, que hablábamos de las desprolijidades, en 2006, catorce observaciones; en 2008, once observaciones; en 2011, doce observaciones. Tenemos cuatro menos. A desprolijo, más cuatro.

Acá también, deficitario, ¿deficitario en cuánto? Según el Intendente De los Santos ‒el Exintendente‒, en el año 2016, en declaraciones a Maldonado Noticias, $1.300.000.000; es reconocido por De los Santos. Después cambió, pero está acá; lo dijo en el mismo momento que dijo que era una decisión política no pagar el déficit.

Y a los que hablan de los sueldos, aquel déficit y este déficit significa que la plata no alcanza para cubrir el año, entonces se generan instrumentos de préstamos para cubrirlo, antes y después, siempre que hay un dinero menor al que se precisa, en el Gobierno de tres colores, en el Gobierno blanco, en el colorado y en el Gobierno de Pirulo. Vamos a no agitar miedos; que Maldonado no recauda lo que gasta, lo sabemos. Lo que sí hay es una diferencia política clara, que declara el Exintendente De los Santos a Maldonado Noticias en una entrevista del 2016, que políticamente, pudiendo haberlo pagado ‒no son mis palabras, las pueden leer‒, la fuerza política decidió no pagar e invertir; déficit voluntario, no déficit generado.

Pero no estamos discutiendo la Ampliación presupuestal, estamos discutiendo las observaciones del Tribunal de Cuentas, que es lo que corresponde, porque como no se acepta lo que corresponde y hoy se decía con error que se sanciona definitivamente… No se sanciona nada hoy, al no aceptar las observaciones se remite al Poder Legislativo, y es cuando el Poder Legislativo conteste o no conteste, como hizo en 2006, en 2008 y en 2011, y recién ahí ‒según el artículo 226 de la Constitución, que es uno solo y se aplica en todos los Gobiernos porque nunca se modificó, por más que se lea novelmente por aquellos que no lo conocen o lo están descubriendo hoy‒ se va a sancionar en definitiva el Presupuesto, como hizo esta Junta hace dos años, y hace cinco, y hace diez, y hace cincuenta. No se aceptan observaciones, entonces no se sanciona nada, va al Poder Legislativo y el Poder Legislativo es el que lo va a modificar o no lo va a tocar, y recién, cuando vuelva de ahí, dentro de cuarenta días o antes, viene la sanción definitiva. Por lo tanto, se votan los informes en mayoría y en minoría. Tanto se votan los informes que hasta el informe en minoría dice: “Acéptese o no acéptese”. Si no lo voto no puedo ni aceptar ni no aceptar, o sea que se vote el informe. Es una discusión banal, al santo botón, que está bien establecida pero simplemente para marcar a los que se equivocan y tienen tiempo para corregirse, porque son jóvenes, para que no se atropellen en la discusión.

Que no se atropellen en la discusión al decir que una tasa, sobre la que el Tribunal dice: “Cuando tenga la reglamentación me voy a manifestar”, es anticonstitucional. Lo va a decir el Tribunal cuando esté la reglamentación, no lo dice ahora el Tribunal. Y que es por metros..., sí, como la Tasa de higiene, tasa por metro. (k.f.)

¿Por qué? Porque el servicio –que es la inspección y el control– se realiza en función de los metros que se van a inspeccionar; legal la Tasa de higiene, legal la Tasa de salubridad. El Tribunal lo que dice –la quiero ver–… después pueden estar de acuerdo o no, pero no agitar.

(Interrupciones).

EDIL GARLO.- Por alusión.

EDIL BLÁS.- No he aludido a nadie, estoy hablando de las cosas y de las observaciones del Tribunal; si aludo al Tribunal, que venga alguien de ellos a contestar.

PRESIDENTE.- Continúe, señor Edil.

EDIL DE LOS SANTOS.- ¿Quién es el Edil joven?

EDIL BLÁS.- Yo, con mis jóvenes 49 años; todo depende al lado de quién. Al lado de algunos soy muy joven y tengo más pelo...

(Hilaridad).

Aunque no parezca en este momento por un error técnico.

En fin… Me hiciste perder.

Otra picardía –a mí me encantan las picardías políticas–, pero tampoco se puede rayar –no voy a usar un epíteto–… La contribución inmobiliaria rural no se puede sancionar en el Presupuesto porque la ley no lo permite, lo que sí se hace –como se hizo en el Presupuesto quinquenal y en la amnistía– es que una vez que sancionas el marco –primero sancionado el marco sobre el impuesto departamental– se pide al Ministerio de Economía que nos permita incluirla. El Ministerio dice que sí o que no –lo digo con mayúsculas–, entonces, una vez sancionado, el Gobierno del Partido Nacional va a pedir que la contribución inmobiliaria rural integre las exoneraciones y el Ministro de Economía será el que dirá que sí o que no. ¿Por qué vamos a hacer eso? Porque es como se tiene que hacer. Por eso aceptamos la observación, porque no podemos sancionar una amnistía sobre un impuesto que es nacional, que solo cobra las Intendencias. Sí podemos, por la ley vigente, pedirlo después y lo vamos a hacer, pero primero tenemos que esperar a que salga, así se hizo en el Presupuesto quinquenal, se hizo en la amnistía, se hizo en el Gobierno del Frente Amplio.

Es el procedimiento, entonces que no venga a nadie a señalar que estamos contra los rurales que no pueden pagar la contribución. Dicho sea de paso, sería bueno saber también que la morosidad de la contribución inmobiliaria rural en Maldonado es el 0,1. O sea que tampoco nos quita mucho el sueño porque no hay morosidad de la contribución inmobiliaria rural en Maldonado. Quédense tranquilos que se va a pedir.

El resto de las observaciones son las de trámite. Hay una en la que sí me quiero detener porque se equivoca el Tribunal por dos lados y se equivoca el informe en minoría por dos lados. La Adecuación presupuestal decía respecto al Impuesto general municipal que se ascendía y se determinaba para los complejos edilicios. ¿Qué hizo la Junta Departamental? Achicó el objeto; no lo agrandó, lo achicó. El mensaje era mayor, lo achicó dentro de las facultades de la Junta. Tanto lo achicó que los ingresos –según el Tribunal– son menores, es la observación que sigue. El Tribunal dice –el informe en minoría repite–: es ilegal haber aumentado. Ahora, resulta que ese aumento de sujeto pasivo genera una disminución en los ingresos. Si lo leyeron parcialmente, apurados, el Tribunal tenía veinte días, lo leyó apurado y le erró porque el punto cinco es contradictorio al que sigue. Lo sabemos los miembros de la Comisión de Presupuesto, lo que pasa es que a veces no bajan a los que redactan los informes. El mensaje era sobre todos los complejos edilicios de propiedad horizontal y la Comisión ‒no inventando sino poniendo los términos con los cuales los decretos departamentales definen a los complejos hoteleros‒ se lo aplicó, simplemente, a apart-hotel o similares, como define la norma, que son menos que los complejos edilicios; dejamos afuera a todos los edificios de propiedad horizontal, dejamos afuera a los hoteles, dejamos afuera a los restaurantes, entonces leyó mal el Tribunal, no entendió. Es menor, mantuvimos la iniciativa del Intendente porque nuestra facultad es disminuir. Respecto a que al disminuir bajan los ingresos, cuando se votó el Presupuesto se dejó la constancia: no se modifican los ingresos porque advertimos…

(Aviso de tiempo).

Voy a hacer uso de los diez minutos que tengo como miembro informante.

PRESIDENTE.- Tiene prórroga de todas formas.(g.t.d)

(Hilaridad).

EDIL BLÁS.- Creo que no es prórroga. Según dice el Reglamento los informantes tienen diez más diez. No hay prórroga, es un error que comete la Mesa reiteradamente...

EDIL ANDRÉS DE LEÓN.- Dale treinta...

EDIL BLÁS.- La quieren votar...

EDIL DE LOS SANTOS.- ¿Pueden leer el artículo que dice que son diez más diez, por favor?

PRESIDENTE.- Se puede...

EDIL ANDRÉS DE LEÓN.- El 23 es...

PRESIDENTE.- Se puede sí...

EDIL BLÁS.- Diez, más diez, más cinco...

SECRETARIA.- Artículo 62, inciso 1: "El miembro informante y uno de los autores del proyecto dispondrán también de diez minutos y además...".

EDIL DE LOS SANTOS.- ¿Qué artículo es? Perdón...

SECRETARIA.- Artículo 62, inciso 1.

PRESIDENTE.- Continúe.

SECRETARIA.- “El miembro informante y uno de los autores del proyecto dispondrán también” ‒además de los diez primeros‒ “de diez minutos y además podrán hacer uso de la palabra cada vez que se les requiera alguna explicación o aclaración del asunto. Dispondrá para ello de tres minutos cada vez”.

EDIL BLÁS.- El que dispone no precisa votación...

EDIL DE LOS SANTOS.- ¿Y dónde dice...?

PRESIDENTE.- Haga uso de los diez minutos, señor Edil Blás.

(Dialogados).

EDIL GARLO.- En el caso de Guerra que es el miembro informante...

EDIL BLÁS.- Para mí equivocadamente...

EDIL GARLO.- Les parece si por una cuestión de igualdad...

PRESIDENTE.- Pero Guerra, cuando pida...

(Dialogados).

EDIL BLÁS.- Por mí que se vote, pero yo les hago una pregunta: ¿Qué pasa el día que salga negativo? Es el derecho del informante, por eso es que no se debe votar...

EDIL GARLO.- Estoy de acuerdo...

EDIL BLÁS.- No se vota...

EDIL DE LOS SANTOS.- Pero ¿dónde dice que son diez más diez?

PRESIDENTE.- En el artículo, se lo acaban de leer...

EDIL BLÁS.- En el Reglamento...

PRESIDENTE.- ...señor Edil Fermín de los Santos.

EDIL JACINTO MARTÍNEZ.- ¿Podemos continuar, señor Presidente?

PRESIDENTE.- Momentito que esto no es un abasto...

(Hilaridad).

Se lo acaban de leer por la Mesa...

¿Quieren que se lo expliquemos de nuevo?

Artículo 62, inciso 1.

Espere un momentito que Fermín está haciendo trabajar a...

¿Se lo explicamos nuevamente?

Sí, nuevamente se lo van a aclarar por la Mesa, señor Edil de los Santos.

SECRETARIA.- El artículo 61 en el inciso 2 establece que los Ediles podrán hablar desde tres minutos hasta diez. El artículo 62, inciso 1, especifica que para los miembros informantes además hay diez minutos más.

PRESIDENTE.- Exacto.

SECRETARIA.- Es el resumen de lo que estoy leyendo...

EDIL DELGADO.- Son diez de debate. ¿No? ¿Más diez como miembro informante? ¿Es así?

PRESIDENTE.- Exacto.

EDIL BLÁS.- Esto no es nuevo, usted fue Presidente y se aplica siempre: todos los Ediles tienen diez más diez, todos los Ediles ‒en el artículo anterior‒; después hay un artículo específico que dice: que como todos los Ediles el informante tiene diez, además tiene diez...

EDIL DE LOS SANTOS.- ¿Y dónde está eso?

EDIL BLÁS.- En el 62, inciso 1, tendrá diez...

PRESIDENTE.- Se lo acaba de leer...

EDIL BLÁS.- ...después tiene tres las veces que quiera y después cinco finales.

(Dialogados).

PRESIDENTE.- Bueno, señores Ediles...

EDIL BLÁS.- Por favor...

PRESIDENTE.- ...vamos a hacer silencio.

Tiene la palabra el señor Edil Blás...

EDIL BLÁS.- Si usted quiere yo no hablo más, no tengo problema, si estoy repitiendo cosas...

PRESIDENTE.- Blás, tiene la palabra, puede hacer uso de los diez minutos...

EDIL BLÁS.- Diez tengo. ¿No?

PRESIDENTE.- Sí, señor, diez minutos.

EDIL BLÁS.- Ah, menos mal.

EDIL GUERRA.- Dice de cinco minutos...

PRESIDENTE.- Señor Guerra...

EDIL JACINTO MARTÍNEZ.- Que se le descuente...

PRESIDENTE.- Señor Edil Jacinto Martínez...

EDIL JACINTO MARTÍNEZ.- ...está corriendo el tiempo...

PRESIDENTE.- Si no ha empezado todavía, como se le va descontar si no ha empezado...

EDIL VARELA.- Que hable menos de diez...

(Hilaridad).

PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Edil Rodrigo Blás, continúe.

EDIL BLÁS.- Adivinar dónde estaba, es bravísimo...

PRESIDENTE.- Pitoniso...

EDIL BLÁS.- Decíamos que ahí se comete un error cuando ‒y por eso no se acepta la observación‒ no se amplió el objeto, se disminuyó. Lo discutimos en la Comisión, lo discutimos en el Presupuesto y es clarísimo, el Tribunal se equivoca y también se equivoca cuando dice: "No previeron los ingresos". ¿Por qué? Porque le dijimos en la votación que no se bajaban los ingresos porque había un cálculo mal, pero se equivocan los dos cuando dicen: "Aumentaron los sujetos y bajaron los ingresos". Vamos a ponernos de acuerdo ‒vamos a ponernos de acuerdo‒, una observación no va con la otra, una de las dos está mal, las podemos discutir, pero una de las dos está mal, las dos no, así que a corregir el informe, porque está mal, porque el Tribunal se equivoca también, por algo hasta el informe en minoría dice: "Esta la acepto y esta no". El Tribunal no es la Biblia, se equivocan reiteradas veces.

Entonces, en función de eso es que se ha hecho un informe que determina qué se acepta y qué no, que es lo que corresponde en esta circunstancia. (m.g.g.)

Respecto a la observación en cuanto a viviendas, no la aceptamos, no porque esté mal ‒está bien‒, sino porque no vamos a dejar de hacer viviendas para la gente porque una ley hecha en determinado momento determina que la legalidad es medio dudosa. La rechazamos en el Gobierno anterior, cuando no gobernábamos nosotros, y la seguimos rechazando en este momento.

Respecto a la observación de los cuadros de los funcionarios, lo que observa el Tribunal es que falta un cuadro; vamos a no mezclarlo con la discrecionalidad o con la falta de no sé qué. Falta un cuadro; cuadro que no se incluyó porque no modifica el Presupuesto quinquenal, donde sí se incluyó. Entonces, falta ese cuadro como faltan quinientos, porque esto es una Adecuación presupuestal, no un Presupuesto quinquenal; solo debe presentarse lo que sufre modificación. Como no sufre modificación, no se presenta el cuadro. Eso es lo que observa el Tribunal; no observa ni la subrogación ni la falta de previsión ni que no van a cobrar el sueldo ni todos esos cucos que están trayendo permanentemente. No observa eso; observa que le falta un cuadro. Y lo observa tan claramente que, cuando lo va a observar, dice: “Falta un cuadro”. Pero sobre que falta un cuadro escriben cincuenta y tres renglones, pero, en vez de hacer referencia a lo que dice el Tribunal, dicen lo que quieren decir.

Lo más grave de todo esto es marcar como gravísima la falta del artículo 226, la del déficit, y dicen: “¡Hay un Presupuesto deficitario!”, como si eso fuera la gran novedad. Eso confirma que se encontró la piedra filosofal. Muchachos ‒ya se los dije‒: los Presupuestos de 2006, 2008 y 2011 fueron todos deficitarios. Para no tener un Presupuesto deficitario tenés dos opciones: o mentís y decís “Voy a pagar” y te da cero ‒que, en definitiva, es dibujar un número‒, o presentás los números reales y es deficitario. La Intendencia de Maldonado es deficitaria hace veinticinco años y todos los Presupuestos sancionados desde el segundo mandato de Burgueño hasta acá han sido deficitarios. Entonces, a no agitar.

Lo que sí deberíamos hacer es sentarnos a pensar cómo logramos que dejen de ser deficitarios o cómo convivimos mejor con un déficit; eso es lo que deberíamos hacer, porque lo demás son decisiones válidas. No lo comparto, pero no puedo decir que no sea válido que el Exintendente De los Santos haya decidido mantener el déficit ‒como lo declaró su fuerza política‒ y aumentarlo. Fue una decisión política; lo ha dicho veinte veces. $1.300.000.000 con una Intendencia que recaudaba U$S150.000.000 es una cosa; ahora, con una Intendencia que recauda U$S210.000.000, 2.400.000 debe andar en esa cosa a la que le dicen “peso constante” y no sé qué. En función de los ingresos y de las cuentas que saca Pedro, debe dar muy parecido, salvo que lo queramos disfrazar.

¿Que preocupa? Sí, a mí me preocupa. Si nos preocupará, que hace años que estamos buscando soluciones sin que nadie nos escuche. Nos preocupa, pero tampoco es para rasgarse las vestiduras ni para señalar como un hecho único y sin precedentes lo mismo que señaló el Tribunal en 2006, en 2008 y en 2011. Eso sí, el de 2006 era único y sin precedentes: primer Presupuesto deficitario en la historia del departamento de Maldonado. A partir de ahí, siguieron presentándose así y vino la misma observación en cada una de las distintas oportunidades.

En función de eso, señor Presidente, es que vamos a acompañar el informe en mayoría, vamos a remitir estas actuaciones al Poder Legislativo y vamos a esperar la respuesta de este para la sanción definitiva de esta Adecuación presupuestal. (a.t.)

Adecuación que, entre los hechos realmente significativos ‒si no el más significativo que tiene‒ está, precisamente, el de incluir un convenio colectivo con ADEOM, histórico, firmado por ADEOM, aunque parece que ‒más allá de que lo votan‒, una vez más, este ADEOM ha firmado sin saber, porque hay una fuerza política que se pasa diciendo: “Lo están engañando”, “Están mintiendo”. Bueno, está bien: eran bobos los de ADEOM de ayer y son bobos los de ADEOM de hoy. Habrá que seguir corrigiéndoles la plana, porque firman todos ‒esto pasó en el Presupuesto de la Junta también‒, pero parece que la gran capacidad del Partido Nacional es engañar a los representantes gremiales de la Junta y de la Intendencia para que firmen cosas que no les convienen y en las que no están de acuerdo, aunque no saben que no están de acuerdo. Será una nueva capacidad de este viejo partido.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE.- Gracias, señor Edil.

Tiene la palabra el Edil Noguera.

EDIL NOGUERA.- Gracias, señor Presidente.

Voy a intentar ser más breve…

PRESIDENTE.- Le pide una interrupción el señor Edil Guerra.

EDIL GUERRA.- No, no…

PRESIDENTE.- ¿No? ¿No estaba levantando la mano cuando estaba hablando él?

Discúlpeme, señor Edil Noguera.

EDIL NOGUERA.- Gracias, señor Presidente.

Analizando los dichos, las diferentes interpretaciones que esta noche se han manifestado acá, voy a engancharme.

¿Cómo no iba a ser deficitaria la situación en 2006, si el déficit o la situación deficitaria al 30 de junio de 2005 era de U$S29.000.000? ¿Quién gobernaba ahí?

¿Cómo no iba a ser deficitaria si, aparte de este déficit, había un juicio con los funcionarios municipales, a quienes se les habían rebajado los salarios? Además, no había plata en la caja. Y, además, nosotros sí tuvimos que pedir un préstamo en 2005 para pagar los sueldos. ¿Cómo no iba a ser deficitaria? Comparto totalmente que era deficitaria.

Ahora, ¿sabe qué, señor Presidente? En 2005, cuando yo entré acá, decían: “Tienen ojos en la nuca” y el Tribunal de Cuentas era lo mejor que había, era infalible. Obviamente, yo puedo compartir también que el Tribunal de Cuentas no sea la Biblia, pero tampoco es la Biblia la forma de gasto del Gobierno departamental del Partido Nacional. ¿Por qué yo me tengo que comer la pastilla si sé y asumo que somos diferentes?

Además, ¿cómo no voy a compartir una decisión política del Gobierno de Óscar De los Santos ‒o del Frente Amplio‒, cuando mejoró la calidad de vida de la gente haciendo la obra más grande de saneamiento del interior del país y haciendo un montón de obras de infraestructura? Entonces, para saber si una decisión política es correcta o no, ¡vaya si podremos comparar lo que ha hecho el Partido Nacional en materia de inversión en lo que lleva de gobierno y el déficit que existe hoy!

Entonces, ¿qué pastilla me tengo que comer, si yo ya sé cuánto es dos más dos? ¿Que somos diferentes? Lo tengo asumido. Ahora, que me quieran hacer creer una cosa que no es, que ahora intentemos mirar para atrás o queramos ver quién tiene más observaciones… Bueno, agarremos todas las observaciones ‒ahora que existe esa decisión de archivarlas y de encarpetarlas‒ del Tribunal de Cuentas durante los diez años del Gobierno del Partido Nacional previo a 2005 y agarremos todas las observaciones durante los diez años del Frente Amplio y veamos cuántas más hay en uno o en otro. Veamos cuántas más hay, con mucho gusto.

Pero nos debemos una discusión, no solamente esa, sino también en materia de inversión en infraestructura en Maldonado, de inversión social, de inversión en saneamiento, aquel negocio de URAGUA, aquella inversión de saneamiento que tendría que haber hecho URAGUA, que se le prometió a Maldonado y que nunca se hizo. Ya nos fallaron una vez.

Nos fallaron también ‒tanta memoria que se tiene‒ cuando el Gobierno nacional del Partido Nacional tenía que mandar la plata del Estadio Domingo Burgueño Miguel y, al propio Partido Nacional, no se la mandó. ¿Quién lo pagó? Lo pagó la ciudadanía de Maldonado. (a.g.b.)

Claro que hay que tener memoria: nunca vino la plata del Gobierno nacional a Maldonado, jamás. Y los invito también, están los papelitos guardados..., yo quiero saber cuándo vino. Por más que me digan que no, yo sé que no vino y no hay documentación de que haya venido esa plata.

Entonces, es obvio que no lo vamos a acompañar, es obvio que somos diferentes ‒por más que nos traten de lo que nos quieran tratar‒, porque pensamos diferente; no lo vamos a acompañar porque se reduce la inversión, porque no vemos el beneficio a los ciudadanos de Maldonado y porque además se les siguen agregando, como bien decían algunos compañeros, impuestos encubiertos.

Ahora sí le voy a ceder la interrupción al compañero Garlo, allá, que me la está pidiendo.

Gracias.

PRESIDENTE.- ¿Terminó el uso de la palabra, señor Edil?

(Dialogados en la Mesa).

EDIL NOGUERA.- Le estoy cediendo una interrupción.

PRESIDENTE.- Pero primero la tiene que pedir a la Mesa, por eso.

EDIL GARLO.- Estoy pidiendo una interrupción.

PRESIDENTE.- Por una interrupción, tiene la palabra el Edil Garlo.

EDIL NOGUERA.- Bueno, ¿usted me autoriza a darle una interrupción al Edil Garlo?

PRESIDENTE.- Ya se la autorizamos. Tiene tres minutos.

EDIL NOGUERA.- Gracias.

EDIL GARLO.- Gracias, Presidente; gracias, compañero Noguera.

Respecto al tema de la creación de esta tasa de higiene y salubridad para los espacios comunes de determinadas propiedades horizontales, la determinación que se hace en cuanto a la base de cálculo para el pago de esta tasa contrapone la naturaleza misma de este tributo que se está creando, en tanto la forma típica de establecer la cuantía de las obligaciones es la de relacionarla con los caracteres de la actividad que se va a desarrollar, en función de la importancia del servicio prestado, apreciada a través de la cantidad y complejidad de las prestaciones efectuadas. Y como decíamos, en reiteradas sentencias de la Suprema Corte de Justicia ‒no estoy hablando de tres, cuatro, cinco, estoy hablando de más de quince‒ y de una serie de Gobiernos departamentales de todos los partidos, se establece, justamente, este punto.

Artículo 78 del Decreto Nº 8/2011 de la Junta Departamental de Cerro Largo: "Créase la tasa de inspección de las grandes superficies"; declarado inconstitucional por la Corte en el año 2013 ‒justamente por lo que va a pasar con esta tasa‒, por la determinación de la alícuota en función del metraje cuadrado de los espacios comunes.

No hay duda respecto a eso, Presidente, la jurisprudencia de la Corte es clara, a pesar de que se lo quiera disfrazar, no pasa lo mismo, por ejemplo, con la tasa de edificación, donde se toma el metraje cuadrado para generar categorías, para categorizar. Ahí sí, ahí sería correcto, porque es un criterio que se va a aplicar, pero en este caso la norma no lo establece como un criterio de categorización sino directamente para que se fije el monto de esta falsa tasa, que termina siendo un impuesto encubierto y que contraviene, claramente, el artículo 297 de la Constitución de la República y que va a ser pasible de declaraciones de inconstitucionalidad por parte de la Suprema Corte de Justicia cuando administradores de edificios o asambleas de copropietarios de las propiedades horizontales afectadas presenten recursos de inconstitucionalidad.

Eso va a ser así, pero no porque lo digamos nosotros, sino porque la jurisprudencia de la Corte, en sus distintas conformaciones, así lo ha determinado. Entonces, no tratemos de disfrazar dándole vueltas que la norma no establece y no le demos la competencia excesiva al Poder Ejecutivo departamental para que la reglamentación establezca los puntos. El Tribunal de Cuentas claramente en su observación no se excede en este punto porque la norma no es clara y, de alguna forma, lo está diciendo, la norma no es clara, hay que esperar a la reglamentación, cuando en realidad no debe ser así.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Edil Delgado.

EDIL DELGADO.- Gracias, Presidente.

Presidente, la discusión ‒más allá del informe del Tribunal de Cuentas, de lo que se plantea por el Partido Nacional‒ se dio también antes de que esto fuera al Tribunal y en la misma planteábamos los temas de fondo por los que estábamos en contra de esta Adecuación presupuestal.

En primer lugar, nosotros creíamos que había que cambiar el rumbo de lo que hoy hace el Gobierno departamental del Partido Nacional, ese rumbo que, indudablemente, cuando se plantea acá... Y lo decía muy bien el compañero Noguera, endeudarse no es malo, el tema es para qué nos endeudamos: si nos endeudamos, justamente, para construir obra de infraestructura, para llevar servicios a los diferentes barrios y a las diferentes localidades de Maldonado o nos endeudamos exclusivamente para mantener el gasto del Rubro 0 y no hablamos del acuerdo con ADEOM, porque no podemos recordar lo que fue el acuerdo anterior. (dp)

Este acuerdo se había firmado con una Comisión Directiva que fue beneficiada con el dedo del Intendente departamental, pasando por encima a sus propios compañeros, a los que supuestamente debían defender; lo que menos hicieron fue defenderlos, más bien se beneficiaron en provecho propio.

Porque en su momento vinieron a la bancada del Frente Amplio a presionar y a decirnos que votáramos el fideicomiso que había propuesto el Gobierno del Intendente Antía para que ellos pudieran cumplir con ese convenio. Pero nosotros, a través de una resolución de la bancada del Frente Amplio, con firmeza dijimos: “No nos pueden responsabilizar de algo con lo que nosotros no tenemos nada que ver”. ¿Cómo se nos va a responsabilizar de algo que el Gobierno departamental, la Administración, firmó con la Directiva del sindicato, planteando algo que no tenían, planteando que se iba a cumplir con un convenio, si tenían algo, y que precisaban los votos de esta bancada? Querían que lo votáramos.

Ahora sí se firmó un convenio con ADEOM, y nosotros justamente planteamos que estábamos de acuerdo con el mismo, más allá de que haya algunas diferencias ‒hoy lo planteó el compañero Enrique González, haciendo referencia a algunos puntos de ese convenio‒. Pero en líneas generales estamos de acuerdo, porque es un acuerdo con los trabajadores municipales, y así se lo planteamos al gremio y a la Directiva actual.

Ahora, además de eso está el aumento excesivo en el gasto de Funcionamiento. Ahí lo que se plantea es cómo se gasta: se gasta mal, se gasta más de lo que se podría gastar. Dentro de Funcionamiento hay rubros en los que se gasta muchísimo; creemos que se puede gastar de otra manera, y así lo presentamos en un informe ‒un documento‒ al Intendente, por el cual seguimos esperando.

Si nosotros vemos que en el año 2016 se ejecutaron U$S71.000.000 en el Rubro 0, U$S77.000.000 en 2017, U$S64.000.000 en Funcionamiento en 2016 y U$S76.000.000 en 2017, podríamos decir: “Se acompaña de la inversión por parte del Gobierno departamental”. Sin embargo, no: “No se acompaña de la inversión”, porque en el año 2016 la inversión fue de U$S38.000.000, y en el año 2017 bajó a U$S37.000.000. Todo distinto y de forma contraria a lo que se venía haciendo.

Y claro que hubo una decisión política del Gobierno del Frente Amplio en los períodos 2005-2010 y 2010-2015, que era no bajar el déficit acumulado. ¿Por qué? Porque bajar el déficit acumulado implicaba bajar la inversión pública. Ahí hubo una decisión política de aumentar la inversión pública, bajar el gasto del Rubro 0 y mantener el gasto de Funcionamiento. Se cumplió ‒no pueden decir que no se cumplió‒, y el déficit acumulado en valores constantes se mantuvo de acuerdo a lo que heredamos en el año 2005, además de todo eso que habláramos en sesiones anteriores: de no tener plata para los sueldos, de tener juicios millonarios con los trabajadores municipales, etc.

El otro día un Edil decía: “Pasamos la peor crisis, se dejó de recaudar”, pero casualmente esa crisis ‒nuevamente, como nos tiene acostumbrados el Partido Nacional‒ la pagan los trabajadores cuando gobiernan ellos. ¿Por qué? Porque si miramos esa reducción, si miramos esa quita del salario de los trabajadores municipales, en ese momento no pasó lo mismo con los cargos de confianza: los cargos de confianza se mantuvieron, fueron intocables, y los que pagaron ‒sí‒ fueron los trabajadores, a quienes se les bajó el sueldo; esos sí pagaron la crisis de 2002.

Eso ya es moneda corriente cuando gobierna el Partido Nacional: si la economía crece, crece el capital de los empresarios y no crece el salario de los trabajadores; y si la economía baja, lo pagan los trabajadores. Eso es lo que hace el Partido Nacional.

Fíjese lo siguiente: el 14 abril de 2015, con el Intendente De los Santos, el déficit acumulado de la Intendencia fue de $1.400.000.000 ‒no $1.300.000.000, sino $1.400.000.000, que fue lo que dejamos y lo que nos comprometimos a dejar‒, y el 15 de abril el déficit acumulado fue de $1.400.000.000 ‒fue lo que nos comprometimos a dejar, porque hubo una decisión política‒. (m.r.c.)

¿Y qué da la Auditoría del Tribunal de Cuentas, esa auditoría que solicitó la bancada del Frente Amplio, cuando informa? $1.480.000.000 de déficit acumulado. ¿Y quién decía la verdad, nosotros desde la fuerza política o el Intendente de Maldonado que salía a decir que el déficit era de más de 90.000.000?

Pero fíjese algo: dice el Intendente departamental el otro día, la semana pasada: “Es mentira que el déficit acumulado de la Intendencia aumentó de acuerdo a lo que lo recibimos”. Lo dice el informe del Tribunal de Cuentas: “Con relación al déficit acumulado presentado por la Intendencia al 31 de diciembre de 2017, el mismo asciende a 2.167.280.000”. Una clara mentira del Intendente departamental; si recibió 1.480.000.000 y estamos hablando que al cierre de diciembre del 2017 es de 2.167, ¿cómo puede salir a decir que el déficit no aumentó, que mentimos, que estamos generando terrorismo, que estamos generando alarma pública? O miente, o se equivoca, o está mal asesorado por su Director de Hacienda o por el Economista Isaac Alfie. Es claro, el déficit aumentó.

Y cuando hablamos de ese déficit que plantean bajar por parte del Gobierno del Partido Nacional, ¿cómo les podemos creer, si en dos años casi que lo duplicaron, de acuerdo a lo que heredaron? Y nos podrían hacer responsables de forma exclusiva del déficit, como quieren hacerlo, si cuando asumimos en el año 2005 no hubiera habido déficit, no hubiera habido deudas, no hubiera habido obras que había que asumir la responsabilidad o no de hacer, porque cuando se habla de obras comprometidas o de compromiso del Gobierno departamental, hay decisiones políticas que se toman, y el Gobierno departamental se puede hacer cargo o no.

Nosotros en 2005 no nos hicimos cargo de las subrogaciones que había, cayeron todas las subrogaciones, un compromiso que había del Gobierno del Partido Nacional. Y no nos hicimos cargo de otras obras que también estaban previstas porque entendíamos que no eran necesarias y que aumentaban también el endeudamiento de la Intendencia.

Ahora, si el Gobierno del Partido Nacional se hace cargo de todo lo que no habíamos hecho porque supuestamente no habíamos hecho obras, no habíamos generado desarrollo en el departamento de Maldonado y después salen a decirnos que el gasto de funcionamiento aumenta por todas las obras de infraestructura que se construyeron o todos los servicios que hay que llevar a los barrios, es una contradicción absoluta. Si por un lado salen y dicen: “En tres años hemos hecho esto, aquello, lo otro, en mantenimiento”, y por otro lado dicen: “No había camiones y no había máquinas”, ¿y con qué lo hicieron, iban en carretilla los funcionarios municipales, iban con las palas al hombro a recorrer los diferentes barrios de Maldonado para mantener los espacios públicos o hacer otras obras?

Mienten, es claro que el Gobierno del Partido Nacional le sigue mintiendo a la población. Y no es lo que planteamos nosotros y lo que plantea el Partido Nacional, son documentos, informes que están al servicio de quien los quiera ver, son datos que reflejan la realidad que vive el departamento.

Ahora, ¿vamos a esperar, cuando se termine de votar el martes que viene ‒cuando vamos a discutir nuevamente‒, la Auditoría del Tribunal de Cuentas, y ahí veremos si nuevamente volvemos a tener razón, como la hemos tenido hasta el momento.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE.- Gracias, señor Edil Delgado.

No teniendo más anotados…

Guerra tiene cinco minutos como miembro informante.

EDIL GUERRA.- Perfecto. Vamos a pedir un cuarto intermedio de cinco minutos.

PRESIDENTE.- ¿Cinco minutos?

EDIL GUERRA.- Exactamente.

PRESIDENTE.- Es de orden. Que se vote un cuarto intermedio de cinco minutos.

SE VOTA: 28 en 29, afirmativo.

(Siendo la hora 20:54 minutos se inicia un cuarto intermedio, el que es levantado a la hora 21:01 minutos) (k.f.)

Asisten los Ediles Titulares: Darwin Correa, Damián Tort, Jacinto Martínez, Rodrigo Blás, Eva Abal, Adolfo Varela, Francisco Olivera, Washington Martínez, Enrique Triñanes, Leonardo Delgado, Fermín de los Santos, María de los Ángeles Fernández Chávez, Andrés de León, José L. Noguera, Susana De Armas y los Ediles Suplentes: Maia González, Américo Lima, Alejandra Scasso, Nicolás Sosa, Florencia Acosta, Natalia Freire, Nelson Balladares, María José Mafio, Gabriela Camacho, Enrique González, Federico Guerra, Joaquín Garlo, Teresa Rivero, Daniel Ancheta y Cristina Rodríguez. Preside el acto: Darwin Correa. Actúa en Secretaría: Susana Hualde.

PRESIDENTE.- Estando en número, continuamos.

Estamos votando el informe…

EDIL WASHINGTON MARTÍNEZ.- Señor Presidente, vamos a pedir el desglose punto a punto de este informe, ya que es un derecho que tenemos. Vamos a pedir votación nominal.

PRESIDENTE.- Señor Edil, usted está pidiendo el desglose del Aconseja del informe en mayoría , que son siete puntos.

EDIL WASHINGTON MARTÍNEZ.- Es lo que se vota, lo aclaró…

EDIL GUERRA.- Es lo que se vota.

PRESIDENTE.- Estoy hablando con el señor Edil Martínez, espere un momentito Guerra, después hablo con usted.

Es un derecho que tiene el Edil, así que vamos a votar desglosado el punto 1 del Aconseja del informe en mayoría. La Secretaria va a leer el primer punto.

SECRETARIA.- Acéptase la observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República en el numeral 3.1 de su dictamen constitucional del 24 de octubre de 2018 encomendando al Ejecutivo departamental la realización de los ajustes pertinentes.

PRESIDENTE.- Solicitaron votación nominal.

(Se inicia la votación nominal).

Andrés de León (afirmativo), María Cristina Rodríguez (afirmativo), María Fernández Chávez (afirmativo), Daniel Ancheta (afirmativo), José Luis Noguera (afirmativo), Washington Martínez (afirmativo), Federico Guerra (afirmativo), Fermín de los Santos (afirmativo), Enrique Triñanes (afirmativo), Leonardo Delgado (afirmativo), Joaquín Garlo (afirmativo y solicita fundamentar el voto).

EDIL GARLO.- Votamos afirmativo este punto del informe en mayoría en función de que el informe en minoría presentado por el Frente Amplio establece en su Considerando I, apartado 1, que acepta la observación planteada en el punto 3.1 del informe del Tribunal de Cuentas de la República.

Gracias Presidente. (g.t.d.)

(Continúa la votación nominal).

Teresa Rivero (afirmativo), Enrique González (afirmativo), Susana De Armas (afirmativo), Natalia Freire (afirmativo), Adolfo Varela (afirmativo), Jacinto Martínez (afirmativo), Damián Tort (afirmativo), Maia González (afirmativo), Américo Lima (afirmativo), María José Mafio (afirmativo), Eva Abal (afirmativo), Florencia Acosta (afirmativo), Francisco Olivera (afirmativo), Alejandra Scasso (afirmativo), Gabriela Camacho (afirmativo), Nelson Balladares (afirmativo), Nicolás Sosa (afirmativo), Rodrigo Blás (afirmativo) y Presidencia (afirmativo).

SE VOTA: unanimidad, 30 votos.

2º punto.

SECRETARIA.- “Acéptase la observación expresada en el párrafo 4.6, del dictamen antes referido, adecuándose el artículo 17 del proyecto, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 17: 'Autorízase al Ejecutivo departamental a otorgar las siguientes facilidades para los deudores de tributos, precios y otros ingresos públicos, excluidos impuestos creados y fijados por Ley nacional, contribución inmobiliaria rural e impuesto a los remates y semovientes'”.

PRESIDENTE.- Que se vote....

EDIL DELGADO.- Nominal...

PRESIDENTE.- Tiene que pedirlo en cada punto...

EDIL DELGADO.- Ya está nominal...

PRESIDENTE.- Vamos a ser claros, porque pedís un punto, cambiamos y cambia...

(Se inicia la votación nominal).

Andrés de León (negativo), Cristina Rodríguez (negativo), María de los Ángeles Fernández Chávez (negativo), Daniel Ancheta (negativo), José Luis Noguera (negativo), Washington Martínez (negativo), Enrique Triñanes (negativo), Federico Guerra (negativo), Fermín de los Santos (negativo y solicita fundamentar).

EDIL DE LOS SANTOS.- Aquí es claro que desde el Partido Nacional se está aplicando una política distinta a los criterios que se aplican, de pronto, en la parte urbana.

Acá estamos dejando sin más ni menos... Como decía el Edil Blás hace un rato, es mínimo el porcentaje de la...

PRESIDENTE.- Señor Edil en la fundamentación de voto usted no puede aludir...

EDIL DE LOS SANTOS.- Lo aludo y que conteste...

PRESIDENTE.- Pero no puede aludir, no se lo permite el Reglamento.

EDIL DE LOS SANTOS.- Está bien...

PRESIDENTE.- No puede pasar por arriba del Reglamento...

EDIL DE LOS SANTOS.- No sé dónde está eso, después capaz que lo leen...

PRESIDENTE.- Sí, está, en la alusión no se puede aludir... Usted no puede aludir...

EDIL DE LOS SANTOS.- Está bien.

¿Puedo continuar?

PRESIDENTE.- Si no alude puede continuar, si no, va a seguir el otro Edil.

EDIL DE LOS SANTOS.- Entonces le decía que me parece que es absolutamente contradictorio que donde se puede beneficiar, en alguna medida, con una refinanciación a un pequeño o mediano establecimiento o propietario de algún establecimiento, no se le permita una refinanciación y sí se le permite, de pronto, refinanciar con otro criterio en lo que es la parte urbana o suburbana.

Aquí hay una dualidad de criterios en la aplicación de estas ‒muchas veces‒ tan necesarias refinanciaciones, entonces me parece que es criterioso no llevar adelante este artículo.

Gracias.

(Continúa la votación nominal).

Leonardo Delgado (negativo), Joaquín Garlo (negativo y solicita fundamentar). (m.g.g.)

EDIL GARLO.- Votamos en forma negativa ya que no compartimos la redacción propuesta en el apartado 2 del informe en mayoría. Esa expresión que dice “excluidos impuestos creados y fijados por ley nacional ‒contribución inmobiliaria rural e impuesto a los remates y semovientes” genera un conflicto entre la ley departamental en este caso, este decreto departamental y la ley nacional porque, como decíamos en el debate, el artículo 775 de la Ley Nº 18.719 establece la posibilidad de que el Gobierno departamental aplique las facilidades para el pago de adeudos a la contribución inmobiliaria rural solicitando anuencia para ello al Ministerio de Economía y Finanzas.

Por lo tanto, este conflicto entre ley departamental y ley nacional puede significar que, por la expresión utilizada en la modificación del artículo 17 de la Modificación presupuestal, no se pueda solicitar la autorización al Ministerio de Economía y Finanzas por parte de la Intendencia. Es un tema de redacción. Si se hubiese establecido “excluidos impuestos creados y fijados por ley nacional, teniendo presente el artículo 775 de la Ley Nº 18.719”... De esta forma se genera un conflicto entre la ley departamental y la ley nacional; conflicto que se podría haber subsanado contemplando en la Modificación presupuestal en este artículo 17 lo que establece la Ley de Presupuesto del año 2011 en ese artículo que fue promovido por el entonces Diputado del Frente Amplio Pablo Pérez.

Gracias, Presidente.

(Continúa la votación nominal).

Teresa Rivero (negativo), Enrique González (negativo), Susana De Armas (afirmativo), Maia González (afirmativo), Damián Tort (afirmativo), Natalia Freire (afirmativo), Adolfo Varela (afirmativo), Jacinto Martínez (afirmativo), Américo Lima (afirmativo), María José Mafio (afirmativo), Eva Abal (afirmativo), Florencia Acosta (afirmativo), Francisco Olivera (afirmativo), Nelson Balladares (afirmativo y solicita fundamentar el voto).

EDIL BALLADARES.- Presidente: solo quiero dejar constancia de que hoy, en la fundamentación, se hacía alusión a que son los productores chicos los que están endeudados se reconocía por la fuerza de Gobierno que eran los productores chicos los que estaban endeudados en el sector rural‒. Quería dejar esa constancia porque a nivel nacional el discurso es otro; a nivel nacional se dice que son los grandes productores, los grandes hacendados, los dueños de las 4x4, y por eso no se toma en cuenta, por ejemplo, a USU hoy se lo nombró acá, Un Solo Uruguay.

Gracias, Presidente; solo quería dejar constancia de eso.

(Continúa la votación nominal).

Nicolás Sosa (afirmativo), Alejandra Scasso (afirmativo), Gabriela Camacho (afirmativo), Rodrigo Blás (afirmativo y solicita fundamentar el voto).

EDIL BLÁS.- La ley autoriza al Gobierno departamental a solicitar al Ministerio de Economía y Finanzas que se incluya la contribución rural en los regímenes municipales o departamentales. O sea que para un simple lector para incluir a alguien en algo, primero tiene que estar ese algo, y ese algo es lo que se está votando hoy. Y no puede estar en algo la contribución rural porque es de origen nacional. Entonces reitero lo que ya dijimos, el procedimiento que se hace es el correcto: se excluye y después se pide; se vota y después se pide.

Tiene que quedar claro que el que no acompaña esta observación lo que no está acompañando es el establecimiento de un régimen de pago distinto. Eso es lo que tiene que quedar claro: se está sancionando en segunda instancia, por diecisiete votos, un régimen de facilidades. El que no vota, por hache o por be, no está apoyando el régimen de facilidades.

O sea que el Partido Nacional establece hoy para los deudores de Maldonado, todos ellos, y mañana para los de la pequeña contribución rural un régimen de facilidades para todos los tributos departamentales que se deben; lo hace el Partido Nacional con el Partido Colorado. Ese es el resultado de la votación del otro día y de la votación de hoy. Es bueno que quede claro que en los momentos difíciles estamos los que ayudamos y están los que dan la espalda.

Gracias, señor Presidente.

(Continúa la votación nominal).

Presidencia (afirmativo).

SE VOTA: 17 en 30, afirmativo.

Pasamos a votar el tercer punto.

EDIL DE LOS SANTOS.- Votación nominal, por favor.

(Siendo la hora 21:15 minutos, asume la Presidencia su titular, el Edil Luis Artola). (a.t.)

SECRETARIA.- “3º) Dispónese no aceptar las observaciones formuladas en los párrafos citados a continuación del dictamen de referencia 3.2, 4.2, 4.4 y 4.7, por los fundamentos expuestos en los Considerandos II, IV, V y VI”.

EDIL DE LOS SANTOS.- Votación nominal, por favor.

(Se inicia la votación nominal).

Andrés de León (negativo), Cristina Rodríguez (negativo), María de los Ángeles Fernández Chávez (negativo), Daniel Ancheta (negativo), José Luis Noguera (negativo), Federico Guerra (negativo y solicita fundamentar el voto).

EDIL GUERRA.- Señor Presidente, más que fundamentación, voy a hacer una breve aclaración.

Lamentablemente, no podemos pedir desglosar un artículo. Al estar vinculados en este artículo los dictámenes de referencia 3.2, 4.2, 4.4 y 4.7, no lo podemos votar, pese a que coincidimos en no aceptar la observación referente al 4.7, como lo manifestáramos en la intervención que realizamos. Pero no estamos de acuerdo en lo que hace al 3.2, 4.2 y 4.4.

Simplemente queríamos dejar esa constancia, que no estamos de acuerdo con lo que se hace referente a vivienda, pero sí con las otras observaciones formuladas. Por lo tanto, al estar en el mismo paquete y no poder discriminar, nos vemos obligados a votarlo negativamente.

Gracias.

(Continúa la votación nominal).

Fermín de los Santos (negativo), Leonardo Delgado (negativo), Washington Martínez (negativo).

EDIL WASHINGTON MARTÍNEZ.- ¿No se puede desglosar? ¿Dónde dice que no se puede desglosar?

EDIL BLÁS.- No se puede desglosar porque no se pidió.

EDIL WASHINGTON MARTÍNEZ.- Pero se podía…

EDIL BLÁS.- Sí.

(Continúa la votación nominal).

Enrique Triñanes (negativo), Joaquín Garlo (negativo y solicita fundamentar el voto).

EDIL GARLO.- En el sentido de lo que planteaba el compañero Guerra, de las puntualizadas aquí, en el apartado 3 del informe en mayoría, la única observación que nosotros no aceptaríamos ‒y así lo manifestamos en el informe en minoría‒ es la identificada en el párrafo 4.7, en función de que, si bien la Constitución de la República establece que los temas relativos a la vivienda no son función propia de los Gobiernos departamentales, consideramos ‒y así lo hicimos cuando fuimos Gobierno‒ que, por la sensibilidad del tema, y por el marco de competencias que tienen los Gobiernos departamentales, hay temas relativos a la vivienda que sí deben ser atendidos por los Gobiernos departamentales.

Por lo tanto, por una cuestión de coherencia, no aceptamos esta observación. No obstante ello, sí aceptamos las observaciones identificadas en los párrafos 3.2, 4.2 y 4.4.

Por eso es nuestro voto negativo.

(Continúa la votación nominal).

Susana De Armas (afirmativo), Teresa Rivero (negativo), Enrique González (negativo), Maia González (afirmativo), Damián Tort (afirmativo), Natalia Freire (afirmativo), Adolfo Varela (afirmativo), Jacinto Martínez (afirmativo), Américo Lima (afirmativo), María José Mafio (afirmativo), Eva Abal (afirmativo), Florencia Acosta (afirmativo), Francisco Olivera (afirmativo), Nelson Balladares (afirmativo), Darwin Correa (afirmativo), Alejandra Scasso (afirmativo), Gabriela Camacho (afirmativo), Rodrigo Blás (afirmativo), Presidencia (afirmativo).

SE VOTA: 17 en 30, afirmativo.

EDIL WASHINGTON MARTÍNEZ.- Rectificación de votación y el desglose en esta ocasión.

EDIL BLÁS.- No se puede cambiar el régimen de votación una vez establecido.

PRESIDENTE.- Punto Nº 4.

SECRETARIA.- “Téngase presente e instrúyase al Ejecutivo en lo pertinente al párrafo 3.3”.

(Se inicia la votación nominal).

Andrés de León (afirmativo), Cristina Rodríguez (afirmativo)…

EDIL CORREA.- Espere. No pidieron… (a.g.b.)

EDIL ANDRÉS DE LEÓN.- Estamos votando, no interrumpa la votación.

(Dialogados).

(Continúa la votación nominal).

María de los Ángeles Fernández Chávez (afirmativo), Daniel Ancheta (afirmativo), José Luis Noguera (afirmativo), Federico Guerra (afirmativo), Fermín de los Santos (afirmativo), Leonardo Delgado (afirmativo), Washington Martínez (afirmativo), Enrique Triñanes (afirmativo), Joaquín Garlo (afirmativo y solicita fundamentar el voto).

EDIL GARLO.- Votamos afirmativo en función de que el informe en minoría presentado por el Frente Amplio establece aceptar la observación identificada en el párrafo 3.3, por lo cual, por una cuestión de coherencia, votamos afirmativo al apartado 4 del informe en mayoría.

(Continúa la votación nominal).

Susana De Armas (afirmativo), Teresa Rivero (afirmativo), Enrique González (afirmativo), Maia González (afirmativo), Damián Tort (afirmativo), Natalia Freire (afirmativo), Adolfo Varela (afirmativo), Jacinto Martínez (afirmativo), Américo Lima (afirmativo), María Mafio (afirmativo), Eva Abal (afirmativo), Florencia Acosta (afirmativo), Francisco Olivera (afirmativo), Nelson Balladares (afirmativo), Darwin Correa (afirmativo), Alejandra Scasso (afirmativo), Gabriela Camacho (afirmativo), Rodrigo Blás (negativo) y Presidencia (afirmativo).

SE VOTA: 29 en 30, afirmativo.

Punto Nº 5.

EDIL CORREA.- ¿Podemos votar juntos los últimos tres?

EDIL BLÁS.- No se puede cambiar el régimen.

SECRETARIA.- "Recomiéndase a la Intendencia Departamental de Maldonado tener presente lo edictado en los párrafos 4.3, 4.5 y 4.8".

PRESIDENTE.- Votamos.

VARIOS EDILES.- Nominal.

(Se inicia la votación nominal).

Andrés de León (afirmativo), Cristina Rodríguez (afirmativo), María de los Ángeles Fernández Chávez (afirmativo), Daniel Ancheta (afirmativo), José Luis Noguera (afirmativo), Federico Guerra (afirmativo), Fermín de los Santos (afirmativo), Leonardo Delgado (afirmativo), Washington Martínez (afirmativo), Enrique Triñanes (afirmativo), Joaquín Garlo (afirmativo y solicita fundamentar el voto).

EDIL GARLO.- Votamos afirmativamente porque así lo establece el informe en minoría presentado por el Frente Amplio y queríamos hacer una aclaración respecto al punto 4.3, al párrafo 4,3, que ya habíamos mencionado en el debate, en lo que respecta a la inconstitucionalidad de la falsa tasa creada por el Partido Nacional y parte del Partido Colorado en la aprobación de la Modificación Presupuestal. El informe del Tribunal de Cuentas tiende a observar estas cuestiones, pero lamentablemente la reglamentación queda en poder del Ejecutivo departamental y no quedan claras algunas cuestiones relativas a la creación de este nuevo tributo en la norma creada.

En este sentido, dejamos constancia, para el futuro, de la inconstitucionalidad de lo aprobado por este órgano legislativo.

Gracias, Presidente.

(Continúa la votación nominal).

Susana De Armas (afirmativo), Teresa Rivero (afirmativo), Enrique González (afirmativo), Maia González (afirmativo), Damián Tort (afirmativo), Natalia Freire (afirmativo), Adolfo Varela (afirmativo), Jacinto Martínez (afirmativo), Américo Lima (afirmativo), María Mafio (afirmativo), Eva Abal (afirmativo), Florencia Acosta (afirmativo), Francisco Olivera (afirmativo), Nelson Balladares (afirmativo), Darwin Correa (afirmativo), Alejandra Scasso (afirmativo), Gabriela Camacho (afirmativo), Rodrigo Blás (afirmativo) y Presidencia (afirmativo).

SE VOTA: unanimidad, 30 votos.

Punto Nº 6.

EDIL WASHINGTON MARTÍNEZ.- Votación nominal, porque dice que no aclaramos...

(Murmullos). (dp)

SECRETARIA.- “Remítase el proyecto de Modificación presupuestal con lo actuado a consideración de la Asamblea General, conforme a lo establecido en el artículo 225 de la Constitución de la República”.

(Se inicia la votación nominal).

Andrés de León (negativo), Cristina Rodríguez (negativo), María Fernández Chávez (negativo), Daniel Ancheta (negativo), José Luis Noguera (negativo), Federico Guerra (afirmativo), Fermín de los Santos (afirmativo), Leonardo Delgado (afirmativo), Washington Martínez (afirmativo), Enrique Triñanes (afirmativo), Joaquín Garlo (afirmativo y solicita fundamentar el voto).

EDIL GARLO.- Corresponde aprobar este punto porque, naturalmente, es el procedimiento constitucionalmente previsto, y por eso votamos en forma afirmativa. Asimismo, hacemos un llamado a todos los partidos políticos con representación en esta Junta...

(Murmullos).

¿Me ampara en el uso de la palabra, Presidente?

PRESIDENTE.- ¿Podemos amparar al Edil Garlo en el uso de la palabra? Se lo pido a sus propios compañeros...

EDIL GARLO.- Decíamos que hacemos un llamado a todos los partidos políticos con representación en esta Junta y con representación en el Parlamento para que las actuaciones que van a ser remitidas a la Asamblea General sean consideradas y no duerman en los cajones del Poder Legislativo.

Gracias.

(Continúa la votación nominal).

Susana De Armas (afirmativo), Teresa Rivero (afirmativo), Enrique González (afirmativo), Maia González (afirmativo), Damián Tort (afirmativo), Natalia Freire (afirmativo), Adolfo Varela (afirmativo), Jacinto Martínez (afirmativo), Américo Lima (afirmativo), María José Mafio (afirmativo), Eva Abal (afirmativo), Florencia Acosta (afirmativo), Francisco Olivera (afirmativo), Nelson Balladares (afirmativo), Darwin Correa (afirmativo), Alejandra Scasso (afirmativo), Gabriela Camacho (afirmativo), Rodrigo Blás (afirmativo y solicita fundamentar el voto).

EDIL BLÁS.- Voy a fundamentar, lamentando las diferencias internas del Frente Amplio en esta votación.

Gracias, señor Presidente.

(Dialogados, hilaridad).

(Continúa la votación nominal).

Presidencia (afirmativo).

SE VOTA: 25 en 30, afirmativo.

EDIL ANCHETA.- Vamos a pedir rectificación de votación, Presidente.

(Dialogados).

PRESIDENTE.- Rectificamos.

(Se inicia la votación nominal).

Cristina Rodríguez (afirmativo), María Fernández Chávez (afirmativo), Daniel Ancheta (afirmativo), José Luis Noguera (afirmativo), Federico Guerra (afirmativo), Fermín de los Santos (afirmativo), Leonardo Delgado (afirmativo y solicita fundamentar el voto).

EDIL DELGADO.- No es que la bancada esté dividida, ni mucho menos, sino que simplemente hubo un error por parte de algunos compañeros, porque si hay algo que ha quedado demostrado en varias sesiones de esta Junta es que la bancada vota en bloque.

Gracias.

(Continúa la votación nominal).

Washington Martínez (afirmativo), Enrique Triñanes (afirmativo), Joaquín Garlo (afirmativo y solicita fundamentar el voto).

EDIL GARLO.- En el mismo sentido de...

(Dialogados).

PRESIDENTE.- ¿Podemos amparar al Edil en el uso de la palabra, por favor?

EDIL CORREA.- Se dijo que no...

EDIL GARLO.- ¿Quién dijo que no?

EDIL CORREA.- Martínez, el coordinador, dijo que seguíamos de largo...

(Dialogados).

PRESIDENTE.- Adelante, Garlo.

EDIL GARLO.- Gracias, Presidente.

En el mismo sentido de lo planteado por el compañero Delgado, no hay una cuestión de fragmentación interna de la bancada del Frente Amplio sino que se trató de un simple error. Y vuelvo a recalcar el llamado a los partidos políticos con representación en esta Junta y con representación en el Parlamento para que estas actuaciones no sean demoradas y sean tratadas por la Asamblea General, para que se puedan subsanar las contradicciones en cuanto a las observaciones planteadas por el Tribunal de Cuentas.

Gracias, Presidente.

(Continúa la votación nominal).

Susana De Armas (afirmativo), Teresa Rivero (afirmativo), Enrique González (afirmativo y solicita fundamentar el voto).

EDIL ENRIQUE GONZÁLEZ.- Vamos a dejar para lo último la argumentación en cuanto a los puntos 3.2 y 4.2, donde nosotros aceptamos la observación del Tribunal.

Se argumentó por ahí que faltaba un cuadrito. Todos sabemos lo que significa el Rubro 0 y cómo se maneja desde el punto de vista administrativo: que no se puede modificar, que no se puede inyectarle ni sacarle dinero al Presupuesto si no se hace una ampliación. Ese cuadrito del que se habla del Presupuesto inicial no sirve para esto, como se dijo, porque justamente tiene que hacer lo que pide el Tribunal de Cuentas: tiene que argumentar para qué pidió plata de más para el Rubro 0, o para qué presupuestó de más para el Rubro 0. (m.r.c.)

Entonces, con esa lógica de tratar de achicar las cositas, los “itos”, cuando son temas realmente importantes..., porque esta Adecuación presupuestal tiene más que ver con el Rubro 0 y con el Rubro Funcionamiento que con los otros temas, además del impuesto a los parrilleros ‒como se le dio en llamar‒; lo fundamental y central de esta Adecuación presupuestal es el Rubro 0 y el Rubro Funcionamiento, lo tenemos más que claro.

Entonces, con esa lógica de minimizar con cuadritos, el cuadrito falta…, era como los cien pesitos de la cámara o los 300 pesitos del impuesto a los parrilleros. Dentro de esa lógica de “itos”, chiquititos, se va haciendo una cosa grande como esta Junta Departamental, un impuesto grande como esta Junta Departamental y una discrecionalidad con la plata para los sueldos y de cómo se va a utilizar..., grande como esta Junta Departamental.

Eso significa ese cuadrito que falta.

Gracias, Presidente.

(Continúa la votación nominal).

Natalia Freire (afirmativo), Adolfo Varela (afirmativo), Jacinto Martínez (afirmativo), Maia González (afirmativo), Damián Tort (afirmativo), Américo Lima (afirmativo), María José Mafio (afirmativo), Eva Abal (afirmativo), Florencia Acosta (afirmativo), Francisco Olivera (afirmativo), Nelson Balladares (afirmativo y solicita fundamentar el voto).

EDIL BALLADARES.- Se dijo textualmente, Presidente, que nada asegura que se pueda cumplir con los trabajadores. Se desconoce una decisión gremial que asegure que se pueda cumplir con los trabajadores ya que hay un convenio firmado.

Y después, Presidente, el reconocimiento al Frente Amplio que vino a la legalidad traído por el Partido Nacional.

Gracias, Presidente.

(Continúa la votación nominal).

Darwin Correa (afirmativo), Alejandra Scasso (afirmativo), Gabriela Camacho (afirmativo), Rodrigo Blás (afirmativo y solicita fundamentar el voto).

EDIL BLÁS.- Fundamento en función de que el cuadrito que falta es un cuadrito que es muy distinto a cuando, respecto a las normas funcionales, en 2008 se decía: “Los créditos presupuestales no fueron presentados en forma corporativa respecto a lo que eran los ingresos de los funcionarios”, o cuando en 2011, se decía: “No está proyectada ni aclarada en el Rubro 0 la modificación planteada respecto al total departamental del Rubro 0”… observaciones constitucionales… O no se cumple… “la fijación y modificación de dotaciones deben realizarse en la norma presupuestal”. Fíjese usted: “fijación y modificación de dotaciones”, que quedaron libradas en el Presupuesto de 2011 a la discrecionalidad del jerarca de turno, porque no se aceptó esta observación.

Si hablamos de discrecionalidad y no de cuadritos, tenemos ‒como he dicho en las últimas reuniones‒: “Si no me acuerdo no pasó”, pero sí pasó. Tenemos historia; podemos no conocerla porque estábamos ocupados, podemos no saberla porque estábamos ocupados, pero sucedió y sucedió peor.

Esto no es mi Gobierno y no es un cuadrito, son ocho violaciones a las normas nacionales de funcionarios, según el Tribunal de Cuentas ‒no las juzgo, las juzgué en su momento, ahora no me acuerdo‒, en la Adecuación de 2011. Seis violaciones a los artículos sobre los funcionarios en 2006 y catorce, respecto a los funcionarios ‒del 4.1 al 4.14‒, en 2011. “Si no me acuerdo no pasó”, pero sí pasó.

En cambio, esta observación simplemente hace referencia a la falta del cuadrito, que se contesta, cuando no se acepta, diciendo que el Tribunal tiene el cuadrito a su disposición y no modificado en el Presupuesto quinquenal vigente, porque esto es una aprobación.

Se equivoca el Tribunal y se equivoca quien presupone, en ausencia de un cuadrito, que se está escondiendo algo; ese cuco que quieren alentar… Y yo lo entiendo, porque los funcionarios municipales les dieron la espalda ‒fue una de las razones fundamentales por las cuales el Partido Nacional ganó‒, porque hicieron las cosas mal, entre ellas, estas cosas. Por algo hoy se preocupan en tratar de inventarles cucos a los funcionarios departamentales que, por suerte, no están para nada asustados y que dentro de cuarenta días van a contar con un convenio colectivo que satisface sus pretensiones y que, además, termina de devolverles los puntos del convenio colectivo anterior que se les negaron durante el Gobierno del Frente Amplio, cuatro puntos que les robaron a los bolsillos de los funcionarios y que fueron devueltos en este Presupuesto quinquenal y en esta Adecuación, según lo dijeron las directivas de ADEOM: la anterior y la actual. (k.f.)

(Aviso de tiempo).

(Continúa la votación nominal).

Presidencia (afirmativo).

SE VOTA: unanimidad, 29 votos.

Punto N° 7.

SECRETARIA.- “Declárase urgente”.

PRESIDENTE.- Votamos…

SE VOTA: 28 en 30, afirmativo.

(Expediente N° 0408/2018) RESOLUCIÓN N° 387/2018 Visto: Lo informado por la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Adjudicaciones, en mayoría, que este Cuerpo comparte con respecto al dictamen del Tribunal de Cuentas de la República, recaída en autos, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA, RESUELVE 1º) Acéptase la observación formulada por el Tribunal de Cuentas de la República en el numeral 3.1) de su dictamen constitucional de 24/10/2018, encomendando al Ejecutivo Departamental la realización de los ajustes pertinentes (unanimidad 30 votos). 2º) Acéptase la observación expresada en el párrafo 4.6) del dictamen antes referido, adecuándose el Artículo 17º del Proyecto, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 17º. Autorízase al Ejecutivo Departamental a otorgar las siguientes facilidades para los deudores de tributos, precios y otros ingresos públicos, excluidos impuestos creados y fijados por Ley Nacional (Contribución Inmobiliaria Rural e Impuesto a los Remates y Semovientes”.(17 votos en 30). 3º) Dispónese no aceptar las observaciones formuladas en los párrafos citados a continuación, del dictamen de referencia: 3.2), 4.2), 4.4) y 4.7), por los fundamentos expuestos en los Considerando II, IV, V y VI.(17 votos en 30). 4º) Atento a lo resuelto en el Numeral 3º) y a lo dispuesto por el Art. 225º de la Constitución de la República, remítanse estas actuaciones a consideración de la Asamblea General, para que resuelva las discrepancias de acuerdo a lo previsto en la nombrada norma.(unanimidad 29 votos). 5º) Declárase urgente.

PRESIDENTE.- Siendo la hora 21:36 minutos, se levanta la sesión.(g.t.d.)

 

Asisten los Ediles Titulares: Luis Artola, Jacinto Martínez, Damián Tort, Francisco Olivera, Eva Abal, Rodrigo Blás, Darwin Correa, Adolfo Varela, Andrés de León, Diego Astiazarán, Washington Martínez, María de los Ángeles Fernández Chávez, José L. Noguera, Enrique Triñanes, Fermín de los Santos, Leonardo Delgado y Susana De Armas.

Asisten los Ediles Suplentes: Maia González, Natalia Freire, Oscar Freire, Américo Lima, Ana María Fernández, Florencia Acosta, Nicolás Sosa, María José Mafio, Marta Torres, Gabriela Camacho, Adolfo González, Nelson Balladares, Wilma Noguez, Alejandra Scasso, Carlos Corujo, Graciela Ferrari, Cristina Rodríguez, Daniel Ancheta, María Servetto, Federico Guerra, Cristina Pérez, Walter Plada, Leonardo Corujo, Andrea Magallanes, María Laurenzena, Robinson García, Christian Berna, Teresa Rivero, Milton Hernández, Joaquín Garlo, Lilia Muniz, Fernando Borges, Enrique González y Marcelo Galván.

Edil con Licencia Reglamentaria: Alexandro Infante.

Ediles con Licencia Médica: Magdalena S. de Zumarán, Lourdes Ontaneda y José Hualde.

Ediles inasistentes: Stephanie Braga, Santiago Pérez, Nario Palomino, José L. Sánchez, Osvaldo Matteu, Efraín Acuña, Liliana Berna, Sergio Duclosson, Eduardo Antonini y María del Rosario Borges.

 

Siendo la hora 21:36, el Sr. Presidente levanta la sesión, labrándose para su debida constancia la presente, que se firma en el lugar y fecha indicados ut supra.

 

 

 

Luis Artola

Presidente

 

Darwin Correa

Segundo Vicepresidente

 

Susana Hualde

Secretaria General

 

María Desanttis de Pérez

Directora de Departamento Reproducción Testimonial